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Corte ordena acabar con discriminación en el POS

Esta Alta Corte pidió a la Comisión de Regulación de Salud que en un plazo máximo de un año y seis meses unifique los planes de beneficios para los menores de edad en los planes contributivo y subsidiado, acabando con cualquier tipo de discriminación.

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El Espectador
22 de agosto de 2008 - 12:01 p. m.
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La Corte Constitucional ordena al Consejo Nacional de Regulación en Salud ser claros con los usuarios y corregir las fallas en los sistemas de salud, que han causado una avalancha de tutelas.

La sentencia del alto tribunal se da después de un análisis, durante 2 años, de más de 20 tutelas enfocadas a la salud.El tribunal decidió pedirle a las entidades encargadas de regular la salud en el país que tomen las medidas necesarias para evitar una serie de tutelas, de las cuales más del 50 por ciento de los casos van enfocadas a los servicios que si están dentro del Plan Obligatorio de Salud (POS).La principal petición por parte del tribunal, va enfocada a acabar con la discriminación en el plan contributivo, donde los usuarios tienen acceso a menos medicamentos y servicios que los usuarios que tienen más recursos económicos. La Comisión de Regulación en Salud deberá presentar en seis meses un cronograma claro que indique cómo y cuándo se irán unificando los sistemas contributivo y subsidiado.

También al Consejo Nacional de Regulación en Salud le pidió que sea claro sobre cuáles medicamentos y procedimientos hacen parte del POS.

"Una de las causas que encontró la Corte Constitucional para que se interpongan tutelas es la ambigüedad sobre lo que está incluido o no en el POS. Por eso ordenamos que se haga un informe claro sobre esto", indicó el magistrado Manuel Cepeda.

Adicionalmente, pidió que actualice el Plan Obligatorio de Salud de manera que sea flexible a los cambios que puedan ocurrir en la forma como se están enfermando los colombianos, de acuerdo a los avances científicos y la evolución de las enfermedades. Una de las principales razones para que las Entidades Promotoras de Salud negaran los servicios a los usuarios, es que el Fosyga se atrasaba en los pagos por reembolso.

La Corte Constitucional ordenó al Fosyga que implemente un sistema de reembolso más efectivo a las EPS.

El magistrado Cepeda aseguró igualmente que el Comité Técnico Científico si tiene competencia para autorizar servicios médicos no pos, el Fosyga debe rembolsar el 100 por ciento de ese servicio, mientras que si obligan al usuario a acudir a la acción de tutela, sólo se le reembolsa un 50 por ciento.

“Por lo menos es una decisión que busca asegurar que todos los colombianos tengan un acceso efectivo al derecho a la salud, por lo tanto se atacan las causas del problema que han impedido que eso sea así”, indicó el magistrado Cepeda.

Por El Espectador

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