Editorial |12 Nov 2008 - 11:00 pm

La despenalización de la injuria y la calumnia

UN PROYECTO DE LEY QUE HA PREparado el representante a la Cámara de Cambio Radical Roy Barreras, para despenalizar la injuria y la calumnia, junto con las varias demandas que por esos delitos cursan por estos días en contra de periodistas y columnistas de opinión del país, motivaron el pasado martes la realización de un interesante debate en la Universidad de los Andes, a instancias del programa de Justicia Global de ese centro educativo y El Espectador.

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En medio de los testimonios que sobre sus casos particulares hicieron los columnistas Alfredo Molano —demandado por miembros de la familia Araújo, uno de los cuales se hizo presente en la discusión— y Pascual Gaviria —demandado por el ex alcalde de Medellín Luis Pérez Gutiérrez en plena campaña—, el representante Barreras explicó el alcance de su proyecto, que en esencia busca que las condenas por injuria y calumnia no sean en adelante castigadas con cárcel, sino que se tramiten a través de acciones de rectificación, indemnización o reparación simbólica. Además, la relatora para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Catalina Botero, explicó cómo se ve el espinoso asunto desde la legislación internacional.

No es fácil asumir posiciones definitivas cuando se contraponen dos derechos fundamentales como, en este caso, el derecho a la honra y el buen nombre, por un lado, y el derecho a la información y la libre expresión, del otro. Tanto menos en un momento de alta y creciente polarización como el que vive Colombia, cuando los intentos por acallar la opinión y la información libres son una tentación permanente. “¿Por qué tanto interés en proteger a los medios de comunicación si son tan parcializados?”, dijo con profunda convicción uno de los asistentes.

Con todo, del debate surgen elementos que permiten pensar que se pueden proteger los dos derechos de manera proporcional y, como dijo otro de los presentes, con la meta de enriquecer el debate público antes que quedarse en la sola salida punitiva.

La primera conclusión evidente es que, si bien los periodistas no tienen por qué tener carta blanca ni ser inmunes a la acción de la justicia que opera para todos los demás ciudadanos, sí es claro que en caso de excesos debe existir la sanción menos restrictiva al ejercicio de su labor. Sanciones como la rectificación, la publicación de la visión contraria, la reparación simbólica o incluso la indemnización monetaria —pero proporcional— deben resultar suficientes para proteger los derechos que están en juego.

Una segunda conclusión del debate es que resulta necesario establecer una diferencia de tratamiento para la injuria y la calumnia. Para la primera parece importante establecer la despenalización total, incluso si se hace de manera intencionada y con el objetivo de hacer daño. El insulto, pues, hace parte de la libertad de expresión. La calumnia, en cambio, sí parece requerir de una sanción, pero debe ser proporcional. La mentira como medio para hacer daño no hace parte de la libertad de expresión.

Una tercera conclusión para este caso es que, como dijo la relatora Botero, para llegar a una condena se debe aplicar “el test más estricto”, es decir, debe comprobarse en el caso de la calumnia la intención real de ir en contra de la verdad para hacer daño, la real malicia que contempla la legislación estadounidense para dichos casos. Y, además, la carga de la prueba de esa real malicia debe estar en el demandante del periodista.

Bienvenido el debate, tanto como la intención del representante Barreras de ajustar la protección de la libertad de expresión a las normas continentales. Aunque, como él mismo lo aceptó, el ambiente en el Congreso de la República, donde se habrá de discutir, es más proclive a la restricción de este derecho. Nada que extrañar.

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