Opinión| 11 Sep 2008 - 8:52 pm
¿El derecho penal para qué?
Por: Yesid Reyes Alvarado
Si un gobierno no tuviera límites para convertir cualquier conducta en delictiva, se abriría la posibilidad de que el derecho penal quedara al servicio de intereses particulares. La historia nos enseña que algunos grupos étnicos han sido perseguidos como delincuentes por su sola condición, y también que en Colombia se ha llegado a penalizar a los vagos por el simple hecho de serlo y hasta a las personas que portaran máscaras o antifaces.
Para evitar estos abusos, la libertad de crear delitos debe tener límites; uno de ellos es la existencia de un derecho que deba ser objeto de protección frente a conductas que lo pueden lesionar en forma grave. En estos días, cuando de nuevo se discute la penalización del consumo de drogas, la pregunta más básica que debe responderse para saber si esa prohibición tiene o no sentido, es la de cuál es el derecho que se pretende proteger con la imposición de una pena a quien consuma esas sustancias.
Si se afirma que con la creación de ese delito se protege la vida e integridad de los consumidores, la pregunta obvia es si el Estado debe penalizar a quienes de manera libre y voluntaria se ocasionan daños a su propia integridad personal. Porque si así fuera, entonces también debería ser castigado como delito el intento de suicidio, que es la forma más grave de atentar contra la salud personal. Pero si una persona es libre de quitarse la vida mediante un disparo, debe ser igualmente libre para perjudicar su salud mediante la periódica ingestión de sustancias nocivas; lo único que en esas dos hipótesis cambia es la forma de hacerse daño.
Podría decirse que la implantación de este delito busca evitar que cunda el mal ejemplo en la sociedad; pero como las personas adultas siguen siendo libres de asumir riesgos que afecten su integridad personal, el derecho penal no puede penalizar los malos ejemplos, pues por esa vía también merecerían sanción los intentos de suicidio o el consumo de cigarrillos y de licor. Y si lo que se pretende es evitar que con esa clase de comportamientos se induzca a menores de edad a ingresar al mundo de las drogas, lo que debería prohibirse es su consumo delante de niños o incluso en lugares abiertos al público no sólo para evitar que imiten esa conducta, sino para proteger la salud de ellos.
La penalización del consumo de drogas es una clara muestra de la forma en que el derecho penal no debe usarse. El Estado no tiene derecho a cuidar la salud de las personas responsables aun en contra de su voluntad, sancionando a quien de manera libre cause daño a su propia integridad. Eso no significa, desde luego, que se deba permanecer indiferente ante el incremento en el consumo de drogas, como tampoco conviene estarlo frente a los elevados índices de consumo de alcohol y cigarrillo, ni ante el preocupante aumento del número de suicidios. Se deben investigar las causas de esos comportamientos y buscar la mejor forma de desestimularlos mediante campañas profilácticas, pero sin llegar al extremo de sancionar penalmente a quien ingiere sustancias peligrosas para su propia salud. Y para quienes ya están inmersos en ese mundo, lo adecuado es ayudarlos con programas de desintoxicación, en lugar de enviarlos a prisiones donde tampoco es infrecuente el uso de las drogas.
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Yesid Reyes Alvarado
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