Opinión |14 Ago 2008 - 9:24 pm

Yesid Reyes Alvarado

La paradoja de la tutela

Por: Yesid Reyes Alvarado

LA TUTELA ENCIERRA UNA GRAN paradoja: cuanto mejores sean sus resultados, peores son los de la administración de justicia.

Es algo parecido a lo que ocurre con el derecho penal, porque cuando se expiden normas que castigan como delito algunas conductas se aspira a que la ciudadanía jamás se comporte de esa manera; pero si esa finalidad se consiguiera, entonces el derecho penal desaparecería, conduciendo a la misma curiosa contradicción: sólo la existencia del delito que combate, mantiene vivo al derecho penal.

La tutela se creó como un mecanismo excepcional para solucionar asuntos que requieren una rápida y efectiva intervención de la administración de justicia. En términos generales, opera frente a casos en los que el peligro para un derecho fundamental es tan apremiante que la persona no puede esperar a que se tramite un proceso judicial, o cuando en desarrollo de este último se ha vulnerado por los propios operadores de justicia alguna garantía constitucional.

Si los procesos no fueran tan demorados y complejos como ahora son en las distintas jurisdicciones, el número de tutelas se reduciría considerablemente porque la gente dispondría de mecanismos eficientes para resolver sus controversias. La enorme cantidad de tutelas que se presentan a diario muestra que la ciudadanía confía mucho en ese mecanismo de aplicación de justicia y por contraste indica que tiene mucho menos confianza en la forma como funcionan los procesos civiles, penales laborales y administrativos.

Sin embargo, como no hay juzgados exclusivos para tramitar las acciones de tutela, sino que su estudio y solución está confiada a los mismos jueces que se ocupan de los procesos que componen todo el aparato jurisdiccional, parece claro que la desconfianza no es tanto hacia el funcionario judicial como hacia la forma en que opera la justicia ordinaria. Una ojeada a lo que podría llamarse una “tutela promedio” muestra que son escritos muy simples, desprovistos de formalidades y en muchos casos elaborados por gente del común sin la ayuda de abogados. Si se observa el trámite de la acción de tutela, se podrá apreciar que las discusiones probatorias son muy específicas, que las posibilidades de debate son pocas, pero puntuales tanto para quien pide la tutela como para quien es objeto de la misma, y que los términos para resolverla son notablemente reducidos y, sobre todo, se cumplen. Esto indica que la gente está dispuesta a someterse a procesos más breves, con menores niveles de formalidad, con reglas mucho más estrictas en cuanto a utilización y valoración de pruebas, a cambio de que los conflictos tengan una solución rápida y susceptible de ser revisada tanto en una segunda instancia igualmente ágil como por la Corte Constitucional en casos excepcionales.

La alarma que de vez en cuando causa la enorme cantidad de tutelas que inundan los despachos judiciales no debe conducir a que se pongan trabas a su ejercicio, sino a modificar la manera en que funciona la administración de justicia. La mejor forma de desestimular el uso de la tutela es brindándole a los ciudadanos la posibilidad de conseguir resultados similares a través de procedimientos ágiles en las jurisdicciones ordinarias; el creciente recurso a la acción de tutela es en realidad un mensaje muy claro de la comunidad hacia el Estado sobre la forma en que espera que sus conflictos sean tratados y solucionados por la rama judicial.

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