Acta del acuerdo entre Gobierno y camioneros

Acta de acuerdo entre el Ministerio de Transporte y la Asociación Colombiana de Camioneros (ACC) que desconocen algunos transportadores.

El Espectador
03 de mayo de 2009 - 12:04 a. m.

1. El Gobierno Nacional conseguirá inmediatamente un grupo de abogados que conciliará entre el sector financiero y los pequeños propietarios de camiones que están en mora en el pago de cuotas, de tal manera que se busquen soluciones que protejan los intereses de ambos sectores.

2. El Ministerio de Transporte acoge lo dispuesto en la decisión 491 de la Comunidad Andina de Naciones, estableciendo como peso bruto vehicular para los vehículos C- 2, diecisiete (17) toneladas, con pesos máximos por eje de once (11) toneladas en el eje trasero y seis (6) toneladas en el eje delantero.

3. Conformación de un equipo interinstitucional entre la DIAN, la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, la SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE y el MINISTERIO DE TRANSPORTE para hacer seguimiento a las posibles irregularidades denunciadas, en relación con el manifiesto de carga.

4. Se acelerará la desintegración de camiones durante el trimestre comprendido entre los meses de Mayo y Julio de 2009 y como resultado se equilibrará la relación de vehículos que ingresen con los vehículos que sean desintegrados físicamente.
Trimestralmente se hará una revisión conjunta con las agremiaciones representantes de los propietarios de camiones, con el fin de verificar el cumplimiento de este compromiso y garantizar la ejecución del programa por el monto de los recursos disponibles para este año (86.000 millones), de tal forma que al final del año el número de vehículos que ingresen sea inferior al número de vehículos desintegrados.
Los pagos por desintegración física y los montos de la póliza continuarán de acuerdo con lo establecido en el decreto 2450 de 2008.

5. Requerir al DANE para que agilice la publicación del Índice de Costos de Transporte de Carga para las diferentes configuraciones de vehículos de carga. Con base en este índice se adelantará el análisis para el transporte de contenedores vacíos.

6. El Ministerio de Transporte enviará circular a las empresas de servicio público de transporte de carga en el sentido de que no pueden exigir requisitos a los conductores, adicionales a los que la normatividad establece.

7. El Ministerio de Transporte adelantará gestiones para resolver irregularidades en el cabotaje realizado por vehículos de servicio público de placa extranjera.  El Ministerio de Transporte expedirá los actos administrativos pertinentes para gestionar lo aquí referido.

Por El Espectador

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar