La opción que desaprovechan los deudores

Aunque en Colombia existe la alternativa de declararse en insolvencia económica, pocos acuden a esta figura: sólo 1.710 personas lo han hecho desde el 2013.

María Mercedes García Perdomo
22 de septiembre de 2017 - 03:43 a. m.
Hoy termina en Cali el III Congreso Nacional de Insolvencia Económica de Persona Natural no Comerciante. / iStock
Hoy termina en Cali el III Congreso Nacional de Insolvencia Económica de Persona Natural no Comerciante. / iStock
Foto: Getty Images/iStockphoto - vDraw

A sus 32 años, Sandra ha superado varias crisis. A pesar de la enfermedad de su hijo de 7, de su separación y de todas sus deudas, esta docente del sector público va saliendo adelante y hoy sueña con terminar su licenciatura en lenguas castellanas.

A finales del 2016, Sandra llegó a tener 13 acreedores, por lo que con su sueldo de $2’600.000 sólo cubría la libranza que tenía con el BBVA por un millón de pesos, y al resto de las entidades financieras no podía cumplirles. Adquirió nuevas deudas con cooperativas para pagarles a los demás acreedores; entonces quedó atrapada en un círculo vicioso: más deudas para tapar los nuevos huecos financieros.

Después de mucha angustia y de noches enteras sin dormir, Sandra se dio cuenta de que su única opción era declararse en insolvencia, porque sus deudas ascendían a 66 millones de pesos y las cuotas mensuales eran mucho más altas que sus ingresos brutos. Fue así como en junio presentó su solicitud en la Fundación Liborio Mejía de Barranquilla. Durante el mes de julio se dieron las negociaciones y en agosto llegaron a un acuerdo de pago en el que los acreedores le condonaron los intereses, lo que le permitirá saldar su deuda en cinco años, con cuotas de un millón de pesos mensuales. Esta cuota sí se ajusta a su realidad financiera, teniendo en cuenta que tiene gastos de aproximadamente un millón seiscientos mil pesos mensuales.

Sandra explica que “el proceso se dio en dos audiencias, y fue mucho menos complicado de lo que esperaba. Ahora estoy haciendo cumplidamente los pagos, aunque dos cooperativas que no asistieron a las audiencias se niegan a aceptar el acuerdo y no entienden que en los procesos concursales todos los acreedores se someten a la decisión de la mayoría”.

Hoy en día esta mujer reconoce que su crisis fue en parte resultado del manejo inadecuado de sus finanzas, pero también por la reducción de sus ingresos, producto de la separación. Hoy Sandra prioriza muy bien sus gastos, respondiendo a sus necesidades más importantes. Contando su experiencia, Sandra recomienda a otras personas acogerse a la ley de insolvencia, para que tengan, como ella, la posibilidad de reorganizar su vida financiera.

¿Quién puede declararse en insolvencia en Colombia? Todas las personas naturales que tengan obligaciones incumplidas por al menos 90 días, en favor de dos o más acreedores, que pueden ser entidades financieras o particulares.

Las estadísticas

Según los reportes del Ministerio de Justicia y del Derecho, Sandra sería una de las 1.710 personas que desde el 2013 se han declarado en situación de insolvencia económica en Colombia. El régimen de insolvencia se encuentra en vigencia desde el 2012, año en que se aprobó la Ley 1564, en la cual se incluyó un capítulo especial para el régimen de personas naturales no comerciantes.

A pesar de los cinco años de vigencia de esta ley, los resultados están lejos de ser los esperados, si se tiene en cuenta que las estadísticas de la Superfinanciera reportan a 9’784.283 colombianos con deudas a junio de 2017, de los cuales, 768.713 se encuentran con obligaciones incumplidas.

Minjusticia reporta 1.197 procesos del 2016 al 2017, lo que por cuantías representa un total de $184 mil millones de pesos. Estas cifras siguen siendo bastante bajas si se tiene en cuenta que la cartera vencida del país es de 18,8 billones de pesos.

El proceso de insolvencia se puede realizar en una notaría o en un centro de conciliación avalado por Minjusticia. Sin embargo, de los 384 centros de conciliación que existen en el país, 40 están autorizados para realizar trámites de insolvencia. Y si bien existen 904 notarías facultadas para tramitar estos procesos, muy pocas los llevan a cabo. De hecho, según los datos de Minjusticia, el 15 % de los casos llevados a cabo entre el 2016 y el 2017 fue realizado ante una notaría.

A pesar de los limitados resultados, es importante resaltar la efectividad del proceso, debido a que en el 40 % de los casos, los deudores y acreedores llegan a un acuerdo y el 17 % se va a liquidación patrimonial.

Según las estadísticas de la Fundación Liborio Mejía, del total de los casos tramitados, el 38 % corresponde a mujeres y el 62 % a hombres. La causa más común por la que las personas se declaran en insolvencia es la pérdida de empleo o la disminución de los ingresos. Otras razones son las causas de fuerza mayor, como enfermedades y situaciones accidentales, malas inversiones del dinero, gastos innecesarios y, finalmente, la mala cultura de pago.

El caso chileno

En Chile, uno de los países en donde se ha implementado este sistema con éxito, el tema está a cargo de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, entidad que concentra sus esfuerzos en el desarrollo económico del país, velando por la efectividad de los procedimientos concursales y de quiebras, promoviendo el reemprendimiento mediante la superación de la situación de insolvencia y sobreendeudamiento de personas y empresas.

Andrés Pennycook, anterior superintendente, explica que “el fracaso económico es normal, por lo que es importante no considerarlo como una sepultura financiera. Este fracaso se puede convertir en una oportunidad de aprendizaje. La ley en Chile cambia el paradigma y trata de darles a las personas las herramientas para que vuelvan a recuperarse y reemprender; consideramos el reemprendimiento y el desarrollo económico parte nuestra responsabilidad”. En este país, sólo en el 2017, se han recibido 1.040 solicitudes de personas naturales no comerciantes: 766 para trámites de negociación de deudas y 1.274 procesos de liquidación de bienes.

En Argentina, a diferencia de Chile y Colombia, no existe una legislación específica que atienda el fenómeno de la insolvencia o el sobreendeudamiento. El experto argentino Marcelo Barreiro explica que “ha habido diversos intentos y proyectos, que no han prosperado por falta de voluntad política”. En Estados Unidos, la Ley de Bancarrota tiene amplia difusión y es un procedimiento legal que les permite a las personas recomenzar financieramente, aunque este procedimiento tiene consecuencias de largo plazo, como quedar registrado en un informe de crédito por un período de 10 años, lo cual puede causar dificultades para obtener un crédito, comprar una casa o conseguir un empleo.

*Periodista y directora de la Fundación Liborio Mejía.

 

Por María Mercedes García Perdomo

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