Lo que los bancos no podrían hacer al momento de cobrarle

Informar a terceros sobre su deuda, llamarlo en horarios inoportunos y abusar de su posición dominante hacen parte de las cosas que van en contra de las buenas prácticas de cobranza que la Superfinanciera exigirá a las entidades bancarias.

Redacción Económia
14 de septiembre de 2017 - 07:14 p. m.
Imagen de referencia / /Pixabay
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El superintendente financiero, Jorge Castaño Gutiérrez, anunció el lanzamiento de una guía de buenas prácticas de cobranza con la que se  busca controlar la manera en la que los bancos realizan la gestión de cobro a sus deudores.

“La guía de buenas prácticas de cobranza es un documento que recopila todo el listado de los estándares que deberían hacer las entidades financieras que directa o indirectamente se relacionan con sus clientes para cobrar los créditos que se encuentran en mora”, explicó Castaño al hablar de este nuevo documento que entrará en marcha a partir del próximo mes.

El superintendente explicó que la industria se ha mostrado receptiva a este nuevo documento y que el lanzamiento se hará de la mano con ellos.

 

Esto es lo que los bancos no podrán hacer

La Superfinanciera explicó que son cuatro las premisas de buena cobranza que han establecido, por lo que las acciones que realicen las entidades bancarias deben ir encaminadas al cumplimiento de estas: respetar al consumidor financiero, atender su perfil de riesgos, utilizar mecanismos no invasivos en la gestión de cobro y no abusar de su posición dominante.

Bajo esas premisas la entidad elaboró un listado de criterios que apuntan a la garantía de buenas prácticas de cobranza, por lo que la Superfinanciera determinó que los bancos deben brindar alternativas de pago idóneas para el consumidor, además de que la gestión de cobranza solo pueda realizarla personal capacitado.

1. Los bancos no podrán informar sobre el retraso en los pagos del deudor y el desarrollo de la gestión de cobranza a terceros que no tienen nada que ver con el crédito, además de abstenerse de utilizar datos personales de personas ajenas con el fin de obtener información del deudor.

2. Los bancos no deberán basar la remuneración de la actividad únicamente en el nivel de recaudo, además de que los gastos generados por la cobranza deben responder a una gestión efectiva en el recaudo de la obligación.

3. Las entidades bancarias no podrán fijar avisos en zonas comunes del lugar de residencia del deudor o en diarios de amplia circulación en los que se informe la condición de su deuda, de igual forma no se les permite enviar correos a terceros que tengan relaciones comerciales con el deudor.

4. Tienen que respetar los tratos de pago y plazos de cumplimiento acordados con el deudor. Para el caso de abonos y acuerdos deben reflejarse de inmediato en el estado de cuenta de la persona responsable de la deuda.

 

Estas son en su gran mayoría son las conductas que establece la guía de buenas prácticas de gestión de cobranza que comenzará a circular desde el próximo mes. Los deudores que consideren que en su caso se está incumpliendo lo establecido en el documento, pueden extender su reclamo a la Superintendencia Financiera por medio de los diferentes canales que tienen a disposición. (Lea: Superfinanciera le pondrá ‘tatequieto’ a bancos por cobro abusivo de deudas)

Por Redacción Económia

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