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POT, o el orden del caos

Un artículo del Plan de Desarrollo, más un decreto del Gobierno Nacional, podrían obstaculizar la forma como la capital debe crecer en el futuro. Ambas iniciativas contradicen lo estipulado en la normatividad del Distrito.

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El Espectador
21 de noviembre de 2009 - 10:00 p. m.
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El Plan de Ordenamiento Territorial (POT) es la herramienta que permite planear a futuro el crecimiento de una ciudad, estructurar la manera como la urbe ensancha sus fronteras. El sentido de la norma es evitar que, en este caso Bogotá, se desarrolle en todas las direcciones, como si se tratara de una enfermedad que todo lo copa. Dentro de esta estrategia se estipularon dos zonas principales sobre las que se proyecta el mayor crecimiento; norte y sur, hacia Chía y hacia Usme.

Sin embargo, según el concejal Carlos Vicente de Roux, hay varios asuntos que amenazan la correcta planeación de la ciudad, tal como está trazada en el POT. “Bogotá no puede seguir expandiéndose como una mancha de aceite, como es el caso de Ciudad de México, porque esto genera grandes costos urbanísticos y un impacto muy alto en la calidad de vida de las personas, el medio ambiente y, en general, complica todo mucho más”, afirma el concejal.

El primero de estos tropiezos lo constituyen los Macroproyectos de Interés Social Nacional, que están incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1151 de 2007, artículo 79) y que, según lo establece la norma, pueden ser creados en cualquier momento por el Gobierno Nacional en el lugar que lo considere y, jerárquicamente hablando, están por encima de las normas municipales o distritales que regulan el uso y desarrollo del suelo, como el POT y los planes de expansión del norte y del sur.

Como su nombre lo indica, los Macroproyectos son iniciativas de gran envergadura. En la actualidad se encuentra programado uno en Soacha (en un área de 325 hectáreas) y otro en Mosquera (que tendrá 250 hectáreas). El mayor peligro que señala De Roux al respecto es que la inclusión obligada de éstos no sólo es una violación a la autonomía de los municipios, sino que crea un modelo de expansión regional desordenado que, a la larga, genera grandes cargas en construcción de infraestructura y servicios, que necesariamente deben suplir a los Macroproyectos, para las ciudades.

Los planes parciales

La Ley 388 de 1997 creó una figura que se denominó Plan Parcial, el cual, en palabras sencillas, es una herramienta para redistribuir las cargas que se generan al crear grandes proyectos de urbanización. Por ejemplo, al urbanizarse una zona alejada, la ciudad es la que debe asumir los costos de la infraestructura vial que debe llegar hasta ésta, además de otras cosas. El Plan Parcial les transfiere algunos porcentajes de estas obligaciones al propietario y al constructor para que no sólo se lucren, sino contribuyan al desarrollo de la ciudad.

En Bogotá, el Plan Parcial aplica para terrenos que tienen un área superior a 10 hectáreas y su expedición es un requisito que debe cumplirse antes de obtener una licencia de urbanización y posterior construcción por parte de una curaduría urbana.

Sin embargo, el año pasado el Gobierno Nacional expidió el decreto 4065, en el cual quedó consignado que, para aquel predio urbano “cuya área supere las diez (10) hectáreas netas urbanizables, que para su desarrollo no requiera de gestión asociada y se apruebe como un solo proyecto urbanístico”, el Plan Parcial no era un requisito para acceder a las licencias de urbanismo y construcción; gestión asociada, en otras palabras, significa que sea de un único dueño. Al parecer de algunos, esta es una norma diseñada para torpedear otra, una táctica que pone en entredicho la expansión organizada de Bogotá, al menos hacia el norte.

La hacienda El Bosque, ubicada en la avenida calle 235 Nº 52-90, es un predio de poco más de 70 hectáreas que reúne las condiciones que establece el decreto 4065 y que ya cuenta con una licencia de urbanización, expedida por Nohora Cortés, curadora urbana número cuatro. La curadora explicó que su decisión se basó en lo estipulado en esta norma, además de una circular de la Procuraduría, expedida el 3 de marzo de este año, en la que se lee: “Las autoridades municipales o distritales de planeación y los curadores urbanos deberán aplicar y acatar las disposiciones del decreto 4065 de 2008 (…)”. La Personería Distrital interpuso un recurso de reposición en contra de esta licencia.

Para De Roux, el daño intrínseco que establece el 4065 es que los constructores pueden urbanizar libremente sin tener en cuenta lo estipulado en el POT o en el Plan Zonal del Norte, que aún no ha sido expedido por razones que no han terminado de esclarecerse. Esto, según el concejal, puede tener efectos nefastos en el desarrollo de la ciudad en la sabana, pues, como ha sucedido con otras zonas de Bogotá, se construye sin orden alguno y el resultado, a largo plazo, es la gran mancha de aceite que se extiende hasta el infinito, arrasándolo todo.

Fuentes que pidieron la reserva de su nombre señalaron que, además, el decreto, con sus particulares condiciones para eximir de la aplicación de Plan Parcial, parece diseñado para el caso específico del norte de Bogotá pues, en su gran mayoría, los suelos contemplados como de posible urbanización son de más de 10 hectáreas y, claro está, de único dueño.

Por El Espectador

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