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La ley de los muertos

Según la investigación realizada a los campos santos del Distrito, muchos incumplen con la legislación vigente. La Secretaría del Hábitat responde que todo está en regla.

El Espectador
01 de octubre de 2008 - 10:11 p. m.

No son suficientes cuatro años para que un cadáver se descomponga en una bóveda, como lo establecen los cementerios del Distrito. No son suficientes, argumenta un informe de la Defensoría del Pueblo, porque en ese tiempo “no ha alcanzado la reducción esquelética y se hace imposible la colocación en un osario”.

Entonces, dice el mismo informe, el problema es para los familiares, quienes, además de cancelar el valor de la exhumación, deben pagar el servicio de cremación, alquilar o comprar una bóveda o un lote. “En el año 2007, de 4.747 exhumaciones, el 84,5% requirieron cremación, por no haber alcanzado la reducción esquelética”, reza el estudio.

Ésta es sólo una de las irregularidades que encontró la Personería en la veeduría a cementerios y hornos crematorios en la ciudad. A este primer planteamiento, la Secretaría del Hábitat, responde de manera concreta: “Este período fue establecido mediante el Decreto 201 de 1996, con base en conceptos emitidos por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses”.

Pero las anomalías, según la Personería, no paran ahí. Dice el informe que las tarifas en los cementerios que maneja la Administración son excesivamente altas. “De 84 personas que mueren en Bogotá cada día, 38 acuden por economía a los campos santos del Distrito. La Uaesp (Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos), responsable de la administración de esos lugares, aumentó sin justificación, en un 83%, la tarifa de inhumación para párvulos en el Serafín. Los niños en esa necrópolis pagan el mismo valor establecido para adultos, y de $95.600 pasó a $176.000”.

En este caso, la Secretaría del Hábitat también salió a la defensa. Dijo, a través de un comunicado de prensa, que no era cierto que en ese cementerio se cobrara ese precio por la inhumación de párvulos. “Si bien la Resolución de Tarifas N°. 212 del 8 de noviembre de 2005 no establece una tarifa para esa actividad, el concesionario en la actualidad ofrece el servicio con un valor de $95.600 en bóvedas para adultos”.

 Sin embargo, El Espectador pudo establecer que los datos que argumenta la Personería son correctos. En el cementerio Serafín (localizado en la Avenida Boyacá con Calle 90 Sur), cuesta lo mismo enterrar a un párvulo —un niño hasta los 5 años de edad según el decreto  201/96—  que a un adulto: $176.000.


Por otra parte, dice el informe de la Personería que el Distrito no sabe con exactitud qué predios le pertenecen. “Hace más de 20 años la antigua entidad administradora de estos cementerios, conocida como Edis, realizó ventas parciales de bóvedas y mausoleos a particulares, sin registrar las escrituras públicas. El levantamiento y saneamiento de la titularidad le corresponde desde 2007 al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (Dadep), pero aún no se conocen los resultados. La Uaesp no tiene el inventario actualizado”.

El problema, explica la Pesonería, es que al no existir claridad en la titularidad de los predios, no se les puede exigir a los propietarios que mantengan en buen estado las bóvedas, lo cual es su responsabilidad. “En el caso del Cementerio Central, que tiene 7.8 hectáreas y más de 30 mil bóvedas, sólo se conoce el 20% de sus propietarios. Un alto porcentaje de bóvedas está sin lápida. Abandonadas. No tienen doliente”.

 Los de Hábitat dicen que el Cementerio Central sí tiene doliente. Que ellos, junto con el Ministerio de Cultura y el Instituto de Patrimonio Cultural, han realizado los estudios para definir a cuáles áreas se les va a realizar mantenimiento y que están tramitando cuál será el presupuesto para el 2009.

También hay una queja de la Personería por la presencia de falsos sacerdotes en los cementerios distritales. “El Decreto 201 prohíbe su ingreso, pero la Sentencia T-602 del 6 de noviembre de 1996, emitida por la Corte Constitucional, tuteló el derecho a la libertad de cultos”, explica Hábitat. Sin embargo, la Uaesp establece unas condiciones para aquellos que deseen oficiar ceremonias religiosas en estos lugares. Una de ellas, “abstenerse de la práctica de actos religiosos que estén en contra de las buenas costumbres y la moral”.

Por El Espectador

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