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“El senador Montes tenía un conflicto moral de intereses”

Polémica por la sentencia del Consejo de Estado en la que se decide que el senador William Montes mantenga su investidura. El magistrado que lideró el bloque opositor a esa decisión, Jaime Moreno, afirma que una certificación del DAS es "sospechosa" y que hay contradicciones en constancias del Senado.

Cecilia Orozco Tascón / Especial para El Espectador
29 de noviembre de 2007 - 06:12 p. m.

Aunque ya se oían rumores periodísticos sobre la intención del Consejo de Estado de conservarle la investidura al senador William Montes, quien se encuentra detenido en La Picota por las investigaciones de la parapolítica, había incredulidad en los medios judiciales. Parecía poco posible que unos jueces entraran en contradicción, así fuera en apariencia, con el tribunal más respetado del país: la Corte Suprema. No obstante, sucedió lo pronosticado y hubo sentencia favorable al congresista.

Este fallo ha confundido porque mientras en la Corte se decidía llamar a juicio a Montes por el delito de concierto para delinquir agravado, en el Consejo recibía la bendición para conservar su investidura. En efecto, los consejeros, en opinión dividida e inusualmente controvertida -12 votos a favor, 9 en contra-, consideraron que, pese a haber firmado el pacto de Ralito con otros servidores públicos y cuatro jefes paramilitares, no entró en conflicto de interés cuando participó en el Senado en las discusiones sobre la Ley de Justicia y Paz, que justo beneficiaba a sus compañeros firmantes.

William Montes es el primer senador al que se le resuelve su situación en el Consejo, de un grupo de diez u once políticos que han sido demandados en ese tribunal con la pretensión de que pierdan su categoría de parlamentarios por haber presuntamente influido en decisiones que coincidían con sus propios intereses. Por eso, tal fallo podrá ser tomado como un precedente para los procesos que aún están pendientes y, con seguridad, será aprovechado en la Corte Suprema por los penalistas defensores de los políticos presos.

Con independencia de que la sentencia se ajuste a derecho y no a presiones externas, como se supone que debe ser, la fama de Montes no le ayuda. Ha militado en el oficialismo conservador y es un veterano del Congreso, elegido desde hace varios años por el departamento de Bolívar. Ha sido señalado como un político tradicional dispuesto a aliarse con quien sea con tal de conseguir triunfos electorales. Por ejemplo, cuando en su calidad de presidente del directorio departamental de su partido avaló la candidatura a la Cámara de Héctor Julio Alfonso, el hijo de la Gata, Enilse López.

Pero una cosa son los dimes y diretes y otra, las pruebas judiciales. Al parecer eso fue lo que terminó ayudándole en el Consejo. Sin embargo, la decisión no estuvo exenta de tropiezos: un primer ponente, el magistrado Jaime Moreno, propuso quitarle la investidura. Fue derrotado en sala. El segundo encargado de estudiar el tema, el magistrado Alejandro Ordóñez, concluyó que no había pruebas de que Montes hubiera incurrido en algo censurable.

Para que explicaran sus posiciones, llamé a los dos consejeros. Ordóñez prefirió no hablar y en cambio envió párrafos sustanciales del fallo (ver recuadro). Moreno, en cambio, dio sus puntos de vista y reveló detalles relevantes para el juicio público que se hará, de cualquier manera, sobre la decisión jurídica.

Cecilia Orozco Tascón.- ¿Cuál fue la causal que adujo el demandante para quitarle la investidura al senador William Montes?

Jaime Moreno.- El demandante adujo que el senador Montes firmó en 2001 el pacto de Ralito junto con otros servidores públicos y varios jefes del paramilitarismo. Y que en 2005 participó en el debate para la expedición de la Ley de Justicia y Paz. Según la demanda, el senador violó el régimen de conflicto de interés porque dicha ley favorecía a quienes firmaron el documento con él.

C.O.T.- Por el sentido de su ponencia derrotada, favorable a la pérdida de investidura de Montes, usted coincide con esa interpretación...

J. M.- Le explico: aunque el senador no vino a la audiencia, sí mandó un escrito en el que sostenía que fue obligado a ir a Ralito porque, si no lo hacía, se ponía la lápida en el cuello y no hubiera podido ejercer actividades políticas en su región. Primero, él no probó en el proceso que hubiera sido obligado a ir a Ralito. Segundo, aunque lo hubiera probado, él ha debido declararse impedido durante la discusión del proyecto de la Ley de Justicia y Paz, porque siendo conocedor de la existencia de un documento que él había firmado con cuatro delincuentes confesos (Mancuso, Jorge 40, Diego Vecino y Don Berna), también sabía que ellos eran los beneficiarios de la ley. Como nunca manifestó su impedimento y por el contrario participó en las discusiones, incurrió, a mi juicio, en conflicto de interés.

C.O.T.- Pero entiendo que quedaron dudas de la participación del senador en las discusiones sobre la ley, porque hay constancias en el Senado de que estaba ausente.

J.M.- Él participó en las discusiones del proyecto de ley en la Comisión de Conciliación, cuando se debatía la aplicabilidad del delito de sedición y la rebaja de penas para los paramilitares. Y además votó. Aunque hay excusas consignadas en La Gaceta del Senado para otras sesiones, el día de la plenaria, cuando se aprobó la ley, aparece registrada su asistencia. Sin embargo, él afirmó aquí que para esa fecha había salido del país con el fin de no estar en la votación. Es más, dice que viajó para no votar "en contra" del proyecto. Yo sostuve que esa sola afirmación demostraba el ánimo que él tenía frente a la ley.

C.O.T.- Entonces existe una contradicción evidente: ¿el senador Montes estuvo en la plenaria o estaba fuera del país? ¿Cuál de las dos afirmaciones es verdadera?

J.M.- En La Gaceta del Congreso de la época de las discusiones, año 2005, figura como asistiendo y contestando a lista. Pero cuando se presentó la demanda de pérdida de investidura en marzo de este año, editaron un ejemplar de La Gaceta corrigiendo la de hace dos años. En esta nueva versión se afirma que "por un error" se había escrito que el congresista asistió a la plenaria, pero que en realidad estaba en el exterior. Le pedimos entonces a Extranjería del DAS que certificara si en esas fechas existía registro de salidas e ingresos del senador. El DAS mandó una certificación que a mi juicio es de contenido sospechoso. Por eso en mi ponencia pedí que se compulsaran copias para determinar si esa entidad había cometido falsedad.

C.O.T.- ¿Por qué duda de la certificación del DAS?

J.M.- Porque en la primera parte de su certificación, el DAS afirma que si la inquietud del Consejo se refiere al señor William Alfonso Montes Medina, se permite manifestar que en Extranjería no figura ninguna salida del país. Pero en el párrafo siguiente dice que si nos referimos a "Montes Medina William Alfonso, sin establecer si se trata de la misma persona", ese ciudadano registra seis movimientos migratorios. Por eso califico esa certificación como espuria, extraña y sospechosa.

C.O.T.- No entiendo. ¿Lo que quiere dejar entrever el DAS es que hay dos personas con el mismo nombre y que no saben por cuál de ellas preguntan ustedes?

J.M.- Sí. Lo que me parece delicado es que se trata de una certificación del organismo oficial encargado, que le remite información a una alta corte. La pregunta es si con esa certificación quisieron confundir a la justicia y desviar el curso del proceso.

C.O.T.- ¿El hecho preciso que lo hace incurrir en conflicto de interés, según usted, es su compromiso, mediante la firma de Ralito, con los beneficiarios de la ley?

J.M.- Sí. La firma del senador Montes en ese papel es la demostración fehaciente de que él tenía un conflicto moral de intereses porque se había comprometido con anterioridad.

C.O.T.- Sin embargo, la sentencia del Consejo acoge la tesis de que él no se favorecía a sí mismo con la ley.

J.M.- Ese también fue el argumento del senador. Sostuvo que la Ley de Justicia y Paz no lo favorecía porque no era él quien iba a desmovilizarse, pues nunca estuvo alzado en armas. No obstante, creo que en los grupos ilegales opera un sector armado y uno político. En todo caso, si él no se favorecía personalmente, sí lo hacían sus "socios". Para mí, el pacto de Ralito es la prueba de que existía una sociedad de hecho.


C.O.T.- Hago de abogado del diablo: me parece improbable que los políticos hubieran tenido la intención de crear una sociedad para delinquir. ¿No le parece aventurada esa afirmación?

J.M.- Está demostrado en las investigaciones que la combinación de las formas de lucha que le endilgan a las Farc también ha sido practicada por los grupos paramilitares. Adicionalmente, recuerde que estamos refiriéndonos a un senador de la República, que tiene estipuladas prohibiciones expresas por ser servidor público. Ante la existencia del documento de Ralito, el congresista no podía quedarse callado cinco años sin denunciar lo que pasó.

C.O.T.- La sentencia aprobada finalmente por el Consejo sorprendió a muchos, porque es contradictoria con lo que ha dicho la Sala Penal de la Corte. ¿Qué pasó para que se fuera por la vía contraria?

J.M.- En mi opinión, hubo un excesivo apego al texto de la jurisprudencia.

C.O.T.- Si este congresista es condenado por la Corte ¿Qué hará entonces el Consejo?

J.M.- Recuerde que el campo penal es diferente al nuestro y tiene otros procedimientos.

C.O.T.- En la sentencia se dice que "la reunión del congresista con grupos al margen de la ley... resulta censurable". ¿No le parece muy suave el calificativo de "censurable"?

J.M.- Le confieso que a mí también el término me pareció liviano. Opino que ese comportamiento, más que censurable, es condenable. ¿Qué diremos el día de mañana si Garavito, el violador de niños, les propone a unos senadores que se asocien con él para la expedición del Código del Menor?

C.O.T.- Lo que molesta es que queda la sensación de que el Consejo minimiza la gravedad de la conducta. ¿Cree que hubo interferencias de otro tipo, por ejemplo, políticas?

J.M.- Respeto a mis compañeros del Consejo y creo que cuando el país mire la providencia, podrá establecer si subyace, como usted lo sugiere, la apología de cierto tipo de actividades. Aunque salvé mi voto, debo decirle que no lo creo. De lo que se trata es de diferentes posturas jurídicas. No son políticas.

C.O.T.- ¿Los doce votos con los que se aprobó la decisión de mantenerle la investidura al senador Montes constituyen un bloque ideológico?

J.M.- No lo creo. En la calle se oye decir que en el Consejo de Estado sigue operando una especie de Frente Nacional, pero no es así.

C.O.T.- Voy a serle franca: en la calle lo que se dice es que el Consejo está muy politizado. Significa que se nombran magistrados que representan intereses políticos.

J.M.- Es posible que en los procesos de pérdida de investidura haya intentos de influir en las decisiones, porque los partidos defienden a sus parlamentarios. Pero no creo que sea un fenómeno generalizado ni que tengan éxito en esas gestiones.

C.O.T.- Las diez u once demandas que todavía están pendientes por pérdida de investidura, ¿ya tienen las cartas marcadas?

J.M.- No. Como le dije, no hay nada malicioso entre quienes aprobaron esta sentencia, sino más bien un exceso de formalismo legal que le permitió al congresista conservar su investidura, lo que no le quita gravedad a su conducta. Para volver al comienzo, cuando uno firma un pacto es porque va a beneficiarse de él. Y si no, ¿para qué lo suscribe? Por lo demás, la firma es vinculante.

C.O.T.- ¿Se puede decir que usted representa un ala ideológica en el Consejo y el magistrado Ordóñez la otra?

J.M.- No. Quienes votaron conmigo, lo han hecho también en contra de otros proyectos míos en el pasado. En este caso, los argumentos que expuse convencieron a nueve magistrados y ellos defendieron sus posiciones hasta el final, e incluso estaban preocupados de que no se interpretara esta sentencia como un intento de deslegitimar las investigaciones de la Corte Suprema.

C.O.T.- De todas maneras así quedó. Y le aseguro que será un buen argumento de los defensores de los detenidos.

J.M.- Puede ser. En cualquier caso hay que contextualizar la sentencia.

C.O.T.- ¿Usted ha pertenecido a algún partido político?

J.M.- Nunca he militado en ningún partido. Tengo una posición frente a la concepción del Derecho y mis providencias reflejan un criterio democrático y social. Eso es todo.

Argumentos en la sentencia sobre el senador Montes

" "...La firma del pacto de marras ( Ralito)... aunada a la efectiva participación del congresista (Montes) en el trámite de la Ley de Justicia y Paz, no configura por sí sola, dentro de este proceso constitucional de pérdida de investidura, causal alguna que determine el levantamiento de ella...".

" "Sobre la acusación del actor (demandante) contra el senador investigado por tener vínculos con los grupos paramilitares, debe el Consejo de Estado concluir que no obran en el proceso suficientes elementos probatorios que permitan afirmar la pertenencia del congresista a los mismos".

" "Por tanto, si el congresista no hacía parte de ellos (paramilitares), jamás se beneficiaría de la ley y al no beneficiarse, podía participar en la discusión de la misma sin que fuera necesaria manifestación de impedimento alguno".

" "(Sin embargo) la reunión del congresista con grupos al margen de la ley para refundar la patria y firmar un nuevo contrato social, resulta censurable no sólo por la investidura ostentada... sino por el desbordamiento institucional que ello supone...".

Por Cecilia Orozco Tascón / Especial para El Espectador

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