Cadena de firmas por niños

Nace comité promotor de referendo para aprobar prisión de por vida para asesinos y violadores de niños.  En últimas décadas, la máxima pena ha sido propuesta para secuestradores y terroristas.

El Espectador
25 de junio de 2008 - 11:29 p. m.

Vuelve y juega el debate para promover la cadena perpetua en Colombia. Esta vez a través de un referendo para imponer la máxima pena a los asesinos y violadores de niños. Por iniciativa de la concejal de Bogotá Gilma Jiménez, y el apoyo de un comité promotor integrado por el Fiscal, el Procurador, la Directora del ICBF, dos representantes a la Cámara y un grupo de directores de medios de comunicación, se busca que se reforme la Constitución vigente que prohíbe la prisión de por vida. La idea es que se consagre esta figura para ponerle fin a las escandalosas estadísticas de atropellos, violaciones y otros excesos cometidos contra los menores de edad.

Según estadísticas de Medicina Legal, en un solo año en que se practicaron más de 13.000 dictámenes sexológicos por abuso o violencia, el 86% de ellos se practicó en menores de 18 años, cifra que demuestra la vulnerabilidad de dicha población frente a conductas de abuso y ultraje sexual.

 Con un hecho aún más preocupante: en el 85% de los casos evaluados, los abusadores sexuales o agresores eran familiares o conocidos de las víctimas, especialmente padres y padrastros. Un dictamen al que se le suma el hecho de que más de 35.000 menores  son explotados sexualmente.

Estas evidencias de una preocupante criminalidad llevaron a  los promotores del referendo a unirse para recolectar tres millones de firmas, que permitan promover la modificación del artículo 34 de la Constitución, a fin de que se consagre la cadena perpetua a responsables de secuestro, violación y maltrato severo en menores de 14 años o en condición de discapacidad.

El citado artículo 34 de la Carta prohíbe las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación en Colombia. El propósito es que la iniciativa ciudadana pueda modificar este texto y que el castigo a los violadores y asesinos de niños entre a regir a partir de 2010.

Los promotores de la cadena perpetua tienen argumentos para apoyar el referendo. La directora del ICBF, Elvira Forero, cree que “ningún colombiano puede ser insensible ante un caso de violación de un niño o de una niña, y que todos debemos unirnos para rechazar este crimen atroz que afecta a los menores víctimas de este abuso por el resto de sus días”.

A su vez, el representante a la Cámara Simón Gaviria considera que los aumentos de pena en este caso específico no disuaden a los violadores y, en cambio, está comprobado que éstos siempre reinciden. En consecuencia, liberar a un delincuente de esta naturaleza es permitir que otro niño sea violado.

Se abre el debate

La principal gestora de la iniciativa, la concejal Gilma Jiménez, la misma que sacó adelante los denominados “muros de la infamia” para mostrar los rostros de los violadores de niños en vallas públicas, sostiene que el Congreso tiene que atender este mandato para que los infantes se conviertan en el capital social más importante de nuestro país. Y agregó: “Es el mejor


regalo de Navidad que el próximo diciembre se les puede dar a los niños que han sido y son víctimas de violación, explotación sexual y maltrato”. A su causa se sumaron, el director de la revista Semana, Alejandro Santos; el director de El Tiempo, Rafael Santos; el director de CM&, Yamid Amat, y el director de la revista Cambio, Rafael Pardo.

Sin embargo, la propuesta de la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños, no tanto por el tema sino por sus consideraciones constitucionales, también tiene reparos. Por ejemplo, el ex magistrado de la Corte Constitucional y ex defensor del Pueblo, Eduardo Cifuentes Muñoz, cree que aunque pueda resultar viable el proyecto, desde el punto de vista de la política criminal es muy cuestionable sostener que sólo a través de una pena drástica se pueda enfrentar un problema social de las dimensiones del analizado. “Estimo que podría ser más eficaz promover una política dirigida a inculcar valores en el seno de la familia y de la sociedad”, agregó el jurista.

Otro ex magistrado de la Corte Constitucional, Alfredo Beltrán Sierra, opina de manera análoga: “De trecho en trecho en Colombia se opta por endurecer las penas mientras otros piden la cadena perpetua. Sin embargo, lo realmente importante no es la duración de la condena sino que ella resulte efectivamente aplicada al autor del delito. Es más importante la certeza de que se va a imponer la pena que una duración teórica que en la realidad no se aplica”. Por su parte, el ex vicefiscal, Francisco José Sintura, manifiesta que la solución no está en la cadena perpetua sino en la revisión de la enorme cantidad de rebajas de pena que consagra nuestra legislación.

En la práctica, este comentario guarda concordancia con lo que hoy sucede en el Código de Procedimiento Penal. Existen demasiadas rebajas y beneficios y las penas realmente se cumplen por mucho menos tiempo que lo que señalan las sentencias. Sobre el particular, el senador Héctor Elí Rojas, expresa: “Acabamos de aprobar una ley, en la cual yo fui ponente, y se subieron las penas para el abuso y maltrato infantil. Promover ahora la cadena perpetua no corresponde al derecho penal liberal, que además de castigar y buscar que el delincuente pague una condena, también busca que se reeduque y se reinserte en la sociedad”.

En contraste, el penalista Yesid Reyes señala que los párvulos deben ser la prioridad de todos y que el Estado tiene que protegerlos porque ellos son vulnerables por su edad y por su tamaño. Y añade: “Bienvenido sea el debate, pero desde ya sostengo que muchos connotados juristas hoy se preocupan más por los delincuentes que por las víctimas. Anuncio que con mucho entusiasmo, saldré a la calle a buscar las firmas para apoyar este referendo”. Con anterioridad, el representante Simón Gaviria presentó dos proyectos en el Congreso para promover este castigo, pero ninguna de las dos iniciativas fue aprobada.

Controversia histórica

En términos generales, el debate sobre la pena de muerte o la prisión perpetua para castigar los delitos graves ha sido una constante en la historia de Colombia, pero también el denominador común ha sido extirparla de sus Constituciones. Así se impuso en general a lo largo del siglo XIX. La Constitución de 1886 incluyó la pena de muerte pero volvió a ser abolida en el acto legislativo de 1910. Hacia 1925, un grupo de congresistas alcanzó a promover un proyecto para restablecer la pena de muerte y también incluir la pena de prisión perpetua, pero tampoco prosperaron estas iniciativas de reforma.

Ya en tiempos más recientes, el tema ha vuelto a abrir el debate  sin los resultados esperados. En noviembre de 1988, durante el cuatrienio del presidente Virgilio Barco, cuando la sociedad comenzaba a vivir los horrores del narcoterrorismo y las matanzas de la guerrilla y el paramilitarismo, por decreto de Estado de Sitio, el Ejecutivo estableció la pena de prisión perpetua. La norma quedó incluida en el decreto 2490 de 1988 y decía: “Cuando el homicidio se realice por personas que


pertenezcan a grupo armado no autorizado legalmente, incurrirán en pena de prisión perpetua”. La idea era aplicarles la máxima pena a los terroristas.

Cuatro meses después, en marzo de 1989, la Corte Suprema de Justicia tumbó el decreto, por errores de forma y de fondo. En cuanto a estos últimos, argumentó que la prisión perpetua contrariaba abiertamente el espíritu de la Constitución de 1886, que permitía a toda persona que hubiera perdido la ciudadanía en virtud de una decisión judicial, solicitarla a través de su rehabilitación. Previamente, el procurador Horacio Serpa había dicho en su concepto de inexequibilidad que la cadena perpetua era un castigo contrario a la dignidad humana y, además, tan poco práctico como la pena de muerte.

Tampoco ha faltado quien pida  pena de muerte o prisión perpetua para secuestradores. Lo hizo el arzobispo de Medellín Tulio Botero Salazar a finales de los años 70; y 20 años después volvió a reclamarlo el director de la Policía, general Rosso José Serrano. Tampoco prosperaron sus deseos. En síntesis, no es la primera vez que vuelve a invocarse cadena perpetua para enfrentar a los violentos en sus distintas expresiones. Pero el ritmo de las violaciones sexuales a menores de edad crece tanto como las violaciones al más preciado de los derechos, el derecho a la vida. Y nadie invoca ese referendo. Lo que en cambio crecen son los esguinces para abreviar las penas.

E.U. no permite pena capital a pederastas

El Tribunal Supremo de Estados Unidos dictaminó ayer que la pena de muerte no se puede imponer a condenados por abuso sexual a menores, porque en su criterio este castigo viola la Constitución. La decisión fue tomada para anular una ley del estado de Lousiana que autorizó la ejecución de criminales condenados por la violación de un menor de edad.

Es la segunda ocasión en que el Tribunal Supremo sostiene que la pena de muerte para los pederastas viola las protecciones de la Constitución estadounidense contra las ejecuciones.

En los últimos 44 años todas las registradas en Estados Unidos han sido a condenados por asesinato. En 1977, el Tribunal Supremo había prohibido aplicar la pena capital por violación de adultos.

La decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos fue dividida: cinco votos a favor y cuatro en contra. En Colombia hoy el Código Penal contempla penas entre cuatro y ocho años de prisión a quien acceda carnalmente a un menor de 14 años. Las penas fueron incrementadas recientemente por estos delitos.

La cadena perpetua en el mundo

La pena de prisión perpetua es una alternativa a la pena de muerte que aún se aplica en algunos países. En Canadá es obligatoria por asesinato, aunque se admite la libertad condicional en caso de primero y segundo grados. En Chile existe la prisión perpetua calificada, que no permite al condenado acceder a beneficios por el plazo de 40 años, y éste sólo con la aprobación de la mayoría de los miembros de la Corte Suprema.

En Argentina se practica la figura de la reclusión por tiempo indeterminado que deja al arbitrio de los jueces, de acuerdo con informes de prisión y evaluaciones de peritos, contemplar si el reo está o no en condiciones de ser liberado. En España el límite es de 80 años de prisión, con la puerta abierta para la posibilidad de reinsertar al condenado.

En Holanda la cadena perpetua existe, pero también la opción de que la reina conceda un indulto. En México y Venezuela está abolida esta figura. En el primer caso la máxima pena es de 50 años de prisión y en el segundo de 30.

En 26 estados de Estados Unidos se aplica la cadena perpetua a responsables de homicidio premeditado. En Israel se hace para los delitos de terrorismo. En China para violaciones contra la administración pública. En Bélgica, para los secuestradores, violadores y asesinos de menores de 18 años y, en Perú, existe una reciente reforma que aprobó esta pena para violadores de menores de 7 años.

Por El Espectador

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