Sanción por caso Invercolsa

Las acciones que inicialmente fueron de Fernando Londoño quedarán registradas a nombre de otras compañías.

Redacción Judicial
01 de octubre de 2009 - 11:23 p. m.

Seis años después de que el Consejo de Estado hubiera fallado una acción popular que obligaba al abogado y ex ministro del Interior Fernando Londoño Hoyos a devolver el millonario paquete de  acciones que de manera irregular adquirió de la firma Invercolsa, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca acaba de sancionar con el pago de 20 salarios mínimos a José Antonio Franco Reyes, representante legal de esa empresa, al considerar que desacató el fallo judicial.

En su decisión, el tribunal se abstuvo de enviar a la cárcel a Franco Reyes por considerar que lo que se busca es el cumplimiento efectivo de la decisión del Consejo de Estado y no seguir dilatando la devolución de las acciones, que ya no están en manos de Londoño, sino que se encuentran embargadas por parte de un juzgado de Bogotá y que son objeto de reclamo por parte de la firma panameña Arrendadora Financiera Internacional Bolivariana (AFIB).

Por eso, en virtud del fallo Invercolsa deberá inscribir como accionistas a Ecopetrol, Explotaciones Cóndor S.A. y a South American Gulf Oil Company como si las acciones nunca hubieran pertenecido al ex ministro. La historia se inició en 1997 cuando Fernando Londoño, haciéndose pasar como empleado, adquirió 145 millones de acciones por  $9.000 millones. Pero en concepto de Ecopetrol, esas acciones sólo podían venderse al sector solidario o a ex trabajadores de la compañía.

En julio de 2002 dos particulares interpusieron una acción popular que buscaba corregir la compra irregular y, aunque inicialmente rechazó el recurso, el 9 de diciembre de 2003 la sala plena del Consejo de Estado declaró nula la compra hecha por Londoño Hoyos. Incluso, el 27 de octubre de 2004 la sección cuarta de ese mismo tribunal negó una acción de tutela interpuesta por AFIB, que consideraba vulnerados sus derechos debido a que señaló que era acreedora de Londoño en el negocio y al ser devueltas las acciones se le causaría un considerable detrimento patrimonial.

Pero curiosamente el 3 de noviembre de 2005 la sección quinta del Consejo de Estado, a la que le correspondió revisar la impugnación de AFIB, decidió revocar el fallo de la sección cuarta y de paso echó para atrás todas las actuaciones que habían sido adoptadas por el mismo tribunal desde el principio. Sin embargo, aún faltaba un capítulo más en este largo litigio. Al entrar a revisar la última decisión del Consejo de Estado, la Corte Constitucional, el 30 de mayo de 2007, ordenó de nuevo devolver las acciones, pero le dio una gabela a AFIB, la cual consistió en que no tenía que devolver las utilidades a Ecopetrol de los dividendos que logró mientras los papeles bursátiles estuvieron en su poder.            

Para mayo de 2008, según la Procuraduría, el precio de las acciones originalmente adquiridas por Londoño ya había subido a $87 mil millones y correspondían sólo al 20% del paquete accionario, que pasó de 145 millones en 1997 a 324’391.099 en los años posteriores por concepto de dividendos.

Preocupado por el incumplimiento de la decisión de la Corte Constitucional, el Ministerio Público, en respuesta a un derecho de petición de Invercolsa en diciembre del año pasado, fue categórico en afirmar que se le debía dar inmediato cumplimiento al fallo debido a que el mismo Consejo de Estado dejó claro que ni Fernando Londoño ni la empresa panameña tienen propiedad accionaria en Invercolsa, y en cualquier caso AFIB, de sentirse perjudicada, debe ejercer las acciones legales correspondientes en contra del ex ministro, como efectivamente lo hizo, lo que redundó en el embargo de las acciones. Por eso el Tribunal Administrativo de Cundinamarca puso punto final a la continua dilación del fallo.

Por Redacción Judicial

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