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La crisis social y económica generada en gran parte del país por el derrumbe de las denominadas empresas captadoras de dinero, conocidas como pirámides, y que tiene en vilo los capitales de miles de ahorradores, obligó al Gobierno Nacional a decretar el estado de emergencia social, amparado en el artículo 215 de la Constitución Política, con el fin de buscar fórmulas que permitan expedir una legislación especial para poder intervenir administrativamente a esas empresas.
El presidente Álvaro Uribe presidía un consejo de ministros al que no asistieron los titulares de las carteras de Transporte, Andrés Uriel Gallego, y el de Medio Ambiente, Juan Lozano, quienes se dedicaron a atender a las comunidades damnificadas por la ola invernal en varias regiones del país.
En el encuentro, el Primer Mandatario, los miembros del gabinete y el equipo jurídico de la Casa de Nariño trabajaron desde las cinco de la tarde para ajustar el contenido de los decretos.
Previo a la reunión, a la que concurrió el comandante de la policía Nacional, general Óscar Naranjo, el presidente Álvaro Uribe Vélez precisó que la legislación especial que sea expedida en vigencia de la emergencia social, velará por los intereses de los estratos más pobres, con el fin de encontrar el proceso más ágil de devolución de dineros. Recomendó a los promotores de esas pirámides —cuanto antes—, hacer las devoluciones con vigilancia policiva.
“El Gobierno tendrá toda la consideración con los estratos 1 y 2, con los pobres. Una vez se hagan las devoluciones de lo que se alcance a intervenir, de lo que se decomise, miraremos cómo queda la situación de los estratos 1, 2”, señaló el Presidente en el Consejo Comunal de Gobierno sobre educación, que se realizó el sábado en Bogotá.
Uribe Vélez advirtió que la legislación especial sobre el tema permitirá que el delito de captación ilegal de dinero tenga una pena elevada y no sea excarcelable.
“Porque así hubiera captado antes, si llega la nueva legislación y no lo ha devuelto todo (el dinero), se tiene que ir para la cárcel con un delito no excarcelable, con una pena que no permite la excarcelación”, explicó el Mandatario.
La medida de emergencia social permitirá al Ejecutivo expedir una serie de decretos de carácter penal, administrativo y financiero.
El primero de ellos implica retomar un proyecto de ley que había sido presentado al Congreso en septiembre pasado y que no hizo trámite. La iniciativa, que consta de dos artículos, modifica el Código Penal en cuanto a la “captación masiva y habitual de dineros” y la “omisión de reportes sobre transacciones y almacenamiento de dinero en efectivo”.
En este sentido, se duplican las penas de cárcel (de 34 meses de prisión, pasarían a entre 61 y 144 meses) y se establecen multas hasta por 50 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes a los captadores ilegales. Además, se eleva a entre 32 y 108 meses de prisión, y multa de 15 mil salarios mínimos, que serán aplicadas contra quienes omitan el cumplimiento de los reportes de operaciones en efectivo a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).
Otra de las medidas estudiada por el Gobierno, era la de otorgarle a la Superintendencia Financiera facultades judiciales para intervenir administrativamente y liquidar aquellas entidades que tienen constitución legal, pero que se desviaron hacia actos ilícitos, como la captación de fondos. Según la actual legislación, un proceso de esta naturaleza puede demorar como mínimo seis meses y ahora, con el decreto gubernamental, se convierte prácticamente en un proceso sumario, que demora máximo un mes.
La emergencia social fue considerada como innecesaria por parte de algunos expertos que aseguran que las leyes necesarias para controlar la situación ya existen. Uno de ellos es César Caballero, ex director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), quien teme que el Gobierno, por querer demostrar que está haciendo algo frente a la crisis, termine improvisando y perjudique al resto de los colombianos . “Yo como contribuyente no estoy de acuerdo con que los impuestos que pago se gasten en indemnizar a personas que estaban conscientes del riesgo que corrían”.
El proyecto fracasado
En septiembre pasado, los ministerios del Interior y de Justicia y de Hacienda radicaron en el Congreso un proyecto que buscaba aumentar las penas a las empresas informales que han utilizado mecanismos de captación de dinero de los ciudadanos con la promesa de aumentarla en un corto tiempo.
Según el senador Jorge Visbal Martelo, ponente de la iniciativa, se alcanzó a hacer en octubre una audiencia pública en la Comisión Primera, pero todo quedó en el congelador. El congresista del Polo Democrático Parmenio Cuéllar, otro de los ponentes, se opuso en ese entonces al proyecto argumentando que tenía “muchas falencias” y que “no servía para nada”.
Cuéllar expresó que el aumento de penas no aporta para disminuir el problema y lo que se necesitan son controles más estrictos para evitar el surgimiento de las denominadas pirámides.
Con la declaratoria del estado de emergencia social, el Gobierno descartó acudir a la fórmula de la emergencia económica que algunos expertos alcanzaron a plantear en el transcurso.
Al respecto, algunos funcionarios gubernamentales, como la directora del Departamento Nacional de Planeación, Carolina Rentería, expresaron su desacuerdo frente a la iniciativa por considerarla innecesaria.
Asimismo, Mauricio Santa María, director adjunto de Fedesarrollo, calificó dicha posibilidad como “totalmente salida de proporción. Es cierto que se trata de un problema gravísimo de orden legal, pero lo que hay que hacer es ver cómo se garantiza que las pirámides no sigan funcionando y cómo se les va a solucionar el tema a los ahorradores”. Y en esa línea actuó el Gobierno.
Lo que dice la Constitución
Según el artículo 215 de la Constitución, el estado de emergencia puede ser declarado por un período de hasta 30 días, prorrogables hasta un máximo de 90. Durante los días siguientes, el Ejecutivo debe presentarle al Congreso un informe sobre las causales que determinaron la decisión y las medidas adoptadas. El Legislativo, a su vez, se pronunciará expresamente sobre la conveniencia y la oportunidad de las mismas.
Asimismo, la norma constitucional establece que el Gobierno debe enviarle, al día siguiente de su expedición, los decretos legislativos que dicte en uso de las facultades adquiridas dentro del estado de emergencia para que ésta decida sobre su constitucionalidad.
Cronología La caída de las pirámides
Noviembre 12,
Intervienen DRFE
El Gobierno, a través de la Superintendencia Financiera, intervino a DRFE (Dinero Rápido, Efectivo y Fácil), una de las empresas captadoras. La Resolución 1778 ordenó la suspensión inmediata de operaciones de las 66 agencias de esa firma en 10 departamentos y la posesión de sus bienes para restituir el dinero de los inversionistas. Ese mismo día los alcaldes de Popayán, Pasto, Túquerres, Ipiales y Santander de Quilichao, decretaron el toque de queda para controlar el orden público en sus ciudades.
Noviembre 13
Ratifican multa a DMG
El presidente Álvaro Uribe admitió que las autoridades se demoraron en tomar medidas para controlar la captación de dinero. Mientras tanto, la Superintendencia Financiera confirmó la multa por 142 millones contra DMG, por irregularidades jurídicas, contables y administrativas.
Noviembre 14
Renuncia el Superintendente Financiero
Debido a la crisis, César Prado renunció a su cargo de Superintendente Financiero. En su reemplazo, el Gobierno designó temporalmente a Roberto Borrás Polanía, actual director de regulación financiera del Ministerio de Hacienda.
Noviembre 15
A la caza de las otras pirámides
Durante el consejo comunal sobre educación, el presidente Álvaro Uribe pidió al ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, y al director de la Policía, general Óscar Naranjo, emprender una campaña con gobernadores y alcaldes de todo el país, para que ayuden a identificar las pirámides y posibilitar así la inmediata intervención. El Primer Mandatario se declaró ofuscado por no haber intervenido en la labor de la Superintendencia Financiera frente a la captación ilegal.