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Corte Constitucional tumbó captura contra exmagistrado condenado por desfalco a DNE

Se trata del exmagistrado Luis Fernando Sáchica, condenado a 23 años por los delitos de peculado, prevaricato, interés indebido en la celebración de contratos y falsedad ideológica en documento público por la entrega irregular de 12 estaciones de servicio en 2010, cuando hacía parte de la subdirección de Bienes de la Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE).

19 de abril de 2023 - 02:25 p. m.
Sáchica hizo parte de la subdirección de Bienes de la Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE).
Sáchica hizo parte de la subdirección de Bienes de la Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE).

Luis Fernando Sáchica, el exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, condenado a 23 años de prisión por el desfalco a la extinta Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE), logró que la Corte Constitucional dejara sin piso la orden de captura que pesaba en su contra desde enero del año pasado, momento en que se emitió su sentencia. A través de una tutela, el exfuncionario dijo que el juzgado cuarto de conocimiento de Bogotá vulneró sus derechos a la libertad personal y al debido proceso al ordenar su captura en el fallo cuando, en audiencia de lectura de fallo, había mencionado que su detención era innecesaria.

En el documento, Sáchica explicó que la Fiscalía nunca contempló una medida de aseguramiento en su contra. Además, que el juez de conocimiento rechazó las 19 solicitudes de privación de libertad que realizaron las víctimas. Incluso, el exmagistrado resaltó que compareció ante la justicia las veces que fue requerido y adelantó su proceso judicial en libertad sin ningún tropiezo. Por último, reiteró que el juez no fue coherente en su decisión respecto de lo que mencionó en el fallo escrito y lo que dijo en audiencia pública sobre lo improcedente de ponerlo tras las rejas.

Lea aquí: Las cuentas pendientes de la justicia en el caso DNE

La Corte Constitucional, al analizar el recurso del exmagistrado, encontró que el juez vulneró los derechos al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a la libertad de Sáchica Méndez porque la sentencia modificó la decisión de dejarlo en libertad en el anuncio del sentido del fallo. Para la Corte, el juzgado “desatendió que en el proceso penal el fallo es un acto complejo que posee unidad temática, conceptual y jurídica, el cual no puede ser desconocido o variado al momento de expedir la sentencia escrita”.

Para el alto tribunal es claro que la situación que generó el juzgado no solo sorprendió al exmagistrado, sino que, además, lo dejó en estado indefensión ya que no pudo ejercer su derecho de contradicción. La Corte, en este sentido advirtió que, “en el marco de un proceso adelantado bajo sistema procesal penal con tendencia acusatoria, el sentido del anuncio del fallo con la restricción de la libertad y la sentencia escrita conforman el acto complejo que pone fin al proceso”.

Lea también: La condena desconocida que podría destrabar el caso del desfalco a la DNE

Además, la Corte consideró que ese procedimiento posee “una unidad temática, jurídica y conceptual” en la que no se permiten disonancias o retractaciones entre las etapas del proceso judicial porque vulnera el derecho al debido proceso. “Una infracción de esta clase debe ser reparada por el juez de conocimiento con la posibilidad de rehacer esa parte del proceso”, explicó el alto tribunal en el fallo de tutela que le dio la razón al exmagistrado Sáchica.

El exfuncionario, tras un juicio de más de siete años, fue condenado por los delitos de peculado, prevaricato, interés indebido en la celebración de contratos y falsedad ideológica por la entrega irregular de 12 estaciones de servicio en 2010, cuando hacia parte de la subdirección de Bienes de la Dirección Nacional de Estupefacientes. Por esos hechos, a Sáchica, además de la condena, se le impuso una multa de más de $400 millones y una inhabilidad para ejercer cargos públicos durante uno poco más de 280 meses.

Lea aquí: El exmagistrado en líos por caso DNE

El exfuncionario, que se llevó una de las condenas más altas en este proceso judicial, terminó enredado por elegir las sociedades Casamotor y Petroquality como depositarias de 12 estaciones de gasolina y gas embargadas a Gerardo Alvarado, un empresario que fue capturado el 23 de marzo de 2010, junto con sus dos hermanos y otras seis personas, por ser supuestamente testaferros de las Farc. Un año más tarde la Fiscalía archivó su proceso.

No obstante, el entramado de corrupción continuó en la DNE. En enero de 2012, antes de que la Fiscalía decidiera arrebatarle los bienes a Gerardo Alvarado, el exmagistrado suscribió un acta en la que designaba a Casamotor, en representación de Adolfo Castillo Lozada, como depositaria de las sociedades Movilgás Ltda. y Estaciones de Servicio Alvarado Rido y Cia. Para ese entonces, según la Fiscalía, ya se avizoraba “el interés particular de Castillo Lozada para obtener las utilidades generadas por estas sociedades”.

Lea: Condenan a 23 años de prisión al exmagistrado Luis Sáchica por desfalco a DNE

Incluso, lo que después se le reprochó a Sáchica es que previo a esa designación de entidades, el exmagistrado posesionó a Castillo como depositario provisional ignorando otras propuestas que estaban sobre la mesa. Sin embargo, en su momento, la Fiscalía dijo que el plan falló en un principio, ya que Casamotor sólo obtenía el 8% de las utilidades, lo que no les dejaba las ganancias esperadas. De esta forma, Castillo le dijo a la DNE que ser depositario no era negocio, por lo que el exmagistrado tuvo que realizar un nuevo proceso de selección, en el que resultó ganador Petroquality.

En el marco de la investigación, la Fiscalía aseguró que el proceso estuvo viciado al punto que, a pesar de que el comité de selección de la DNE designó a Petroquality como depositario el 29 de junio de 2010, los cronogramas de la invitación pública se conocieron hasta el 23 de julio de ese año. La explicación que entregaron es que en el momento de la elección, la sociedad no tenía registrado en la Cámara de Comercio un representante legal, y solo un mes después designaron a Óscar Buitrago en esa figura.

A juicio del ente acusador, dato que terminó corroborando la condena en contra de Sáchica, es que la extensión de los plazos del cronograma tenía como fin dar visos de legalidad a las irregularidades que se presentaron en el momento en que el comité eligió a Buitrago como depositario, ya que se obvió por completo que Petroquality no tenía inscrito un representante legal, y por ende, estaba inhabilitada para contratar. Con ese antecedente, se constató que Sáchica violó los principios de transparencia, igualdad de condiciones y objetividad porque no fueron evaluadas las propuestas de otros oferentes.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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Jorge(vhbji)20 de abril de 2023 - 03:41 a. m.
Estos nueve sinvergüenzas de la CC, con poderes omnímodos, son en buena medida responsables del grave descuadernamiento de esta platanera.
Alvaro(08707)19 de abril de 2023 - 11:24 p. m.
Por. estas decisiones judiciales los ciudadanos creemos cada vez menos en la justicia.
Antonio(sa3gs)19 de abril de 2023 - 04:07 p. m.
Que justicia tan buena para los ladrones de cuello blanco o sus amigos ?
Atenas(06773)19 de abril de 2023 - 03:32 p. m.
Otro acto de esta comparsa q’ es la poderosa rama judicial, q’ entre ellos, de una u otra forma, se guardan la espalda y todo sustentado en un aparataje legal y lenguaje rabulesco a efectos de q’ por discutibles razones de forma dejen en completa impunidad graves delitos q’ servirán de ejemplo pa q’ la delincuencia de nuevo ratifique q’ en Colombia sí paga delinquir.
Sergio(3490)19 de abril de 2023 - 03:29 p. m.
¿Tres delitos o más y la condena del juez no sirvió para encarcelarlo?
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