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La Fiscalía imputó formalmente al mayor de la Policía Nacional, Carlos Javier Arenas, por el homicidio de Brayan Fernando Niño Araque, de 24 años, uno de los crímenes atribuidos al exceso de fuerza de la institución durante el Paro Nacional de 2021. Niño era un padre de familia y manifestante de Madrid (Cundinamarca), quien el 1 de mayo de ese año, recibió un disparo en la cabeza de un arma lanzagases proveniente de la ventana de una tanqueta adscrita al entonces Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad).
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La Fiscalía tiene clara su teoría del caso. Arenas fue el comandante y supervisor del escuadrón del Esmad que atendió las protestas de aquel día en la glorieta El Sosiego de Madrid. Luego de una movilización de motos, Arenas llegó a las manifestaciones en una tanqueta en calidad de copiloto, por lo cual se habría sentado en la parte superior derecha. Desde allí, como muestran los videos en poder de la Fiscalía, se aprecian al menos tres disparos de un arma lanzagases. Uno de esos disparos dio en la cabeza de Brayan Niño, cuyas heridas se abstiene este diario de mencionar por la crudeza del ataque.
El ente investigador tendría cómo probar que el mayor Arenas estaba en la tanqueta y que también estaba a cargo de un fusil lanzagases de 40 mm con determinado serial. “Sabía las consecuencias de disparar a corta distancia. Usted estaba en condiciones de prever como probable la producción de la muerte o por lo menos heridas graves a alguno de los manifestantes, al utilizar un arma de menor letalidad. De manera indiferente lo acciona e impacta de manera directa a Brayan Fernando Niño Araque, causándole la muerte”, explicó el fiscal del caso.
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Arenas asistió a la diligencia en compañía del abogado Hollman Ibáñez, quien solicitó un aplazamiento de la audiencia en razón a que, bajo su consideración, la justicia debía haber adelantado una audiencia de acusación y no de imputación. Todo porque Arenas fue llamado a indagatoria por la Justicia Penal Miliar e, incluso, alcanzó a estar capturado por orden del sistema castrense de mayo a septiembre de 2021. Sin embargo, la jueza de Garantías negó la solicitud y procedió a avalar la imputación. Además, asistió Flor del Carmen Niño, madre de la víctima, quien espero por dos años para el primer avance procesal del caso. La familia es representada por la organización defensora de Derechos Humanos DH Colombia.
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#Atención se lleva a cabo audiencia de formulación de imputación por la ejecución extrajudicial de Brayan Fernando Niño, asesinado el 1 de mayo de 2021 por el mayor Carlos Javier Arenas Niño del ESMAD 🧵 pic.twitter.com/qK4rWCqRVC
— dhColombia (@dhColombia) July 18, 2023
Conductas como la del mayor Arenas son, precisamente, las que criticó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la visita que hizo a Colombia en medio de los desmanes del paro nacional de 2021. En un informe de recomendaciones que le entregó al Estado, la CIDH sugirió separar a la Policía y su Esmad del Ministerio de Defensa “con el fin de garantizar una estructura que consolide y preserve la seguridad con un enfoque ciudadano y de derechos humanos, y evite toda posibilidad de perspectivas militares”.
Asimismo, el órgano del sistema interamericano le recomendó al Estado implementar mecanismos para prohibir el uso de la fuerza letal como recurso para controlar el orden público y que policiales o militares que estén en la manifestación no deben portar armas de fuego. Por eso, la muerte de Brayan Fernando Niño Araque encaja perfectamente como ejemplo de lo que evidenció la CIDH y la razón de sus recomendaciones.
Lo último que se sabía del caso de Niño Araque fue la decisión de la Corte Constitucional, de mayo de 2022, en la cual dejó la competencia del expediente en manos de la Fiscalía. Según el alto tribunal, tal cual lo concluyó en otros conflictos por competencia en casos del paro, hay dudas sobre si la reacción del mayor Arenas ante las protestas fue necesaria y si la “intensidad de su reacción obedeció a los fines que orientan su intervención”. En otras palabras, para la Corte no es claro que el comportamiento del mayor Arenas estuvo a acorde a sus funciones.
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Por otro lado, el alto tribunal también planteó sus dudas sobre si el uniformado Carlos Javier Arenas cumplió con las reglas estipuladas para el uso de gases lacrimógenos durante una manifestación. El alto tribunal consignó en su providencia que “persisten dudas acerca del cumplimiento de las condiciones de uso de los fusiles lanza gas”. Asimismo, para la Corte Constitucional es posible inferir que el mayor Arenas incumplió las recomendaciones de seguridad y los protocolos de lanzamiento de estos artefactos.
Además de cuestionar el uso de los gases por parte de Arenas y de que el mayor no habría cumplido con los protocolos para hacerlo, el alto tribunal también dejó consignadas una serie de dudas sobre la necesidad de usar gases lacrimógenos durante las manifestaciones en las que cayó muerto Brayan Niño. Para la Corte, no queda claro que la víctima hubiera realizados hechos de vandalismo o daños en el sector, lo que hace que el uso de los gases haya sido innecesario. El mayor Arenas no aceptó cargos y abrió la posibilidad de que la Fiscalía lo lleve a un juicio penal por homicidio, por un expediente similar al del estudiante Dilan Cruz en 2019.