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Policía usaría el “traslado por protección” para violentar manifestantes: CIDH

La CIDH recomendó al Estado restringir a la Policía el uso generalizado del traslado por protección, pues documentó denuncias por tratos crueles e inhumanos contra manifestantes. “Aplican lo que ellos consideran castigos, frente a los que consideran enemigos”, explicó un abogado.

07 de julio de 2021 - 06:02 p. m.
Disturbios en el "Monumento a los Reyes Católicos" en Bogotá, tras intervención del Esmad durante el paro nacional.
Disturbios en el "Monumento a los Reyes Católicos" en Bogotá, tras intervención del Esmad durante el paro nacional.
Foto: Cristian Garavito

Tras su visita a Colombia en medio del paro nacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) entregó una serie de recomendaciones al Estado. Evidenció un uso desproporcionado de la fuerza por parte de las autoridades policiales y anunció la instalación de un Mecanismo Especial de Seguimiento en Materia de Derechos Humanos, para constatar que el país permitirá el libre desarrollo de la protesta social. Entre los temas está el denominado traslado por protección, figura del Código de Policía al parecer malograda por los uniformados.

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De acuerdo con el artículo 155 de la norma, la Policía puede trasladar “por su protección” a ciudadanos cuando “la vida e integridad de una persona o de terceros esté en riesgo o peligro”. La regla puntualiza que no puede superar las 12 horas y se les debe informar a las familias o abogados de los trasladados. No obstante, a la CIDH le llamó la atención el alto número de casos registrados: 7.020 de acuerdo con la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales. Por su parte, Policía Nacional asegura que son 9.125.

“Adicionalmente, la Comisión recibió denuncias según las cuales no se conocerían los parámetros objetivos utilizados por la policía para realizar tales figuras policiales. En este sentido, se denunció que la detención se habría extendido, en algunos casos, más allá del plazo de 12 horas permitido y en lugares no habilitados. Además, se estaría utilizando, tanto para amedrentar a algunos manifestantes, como para eludir las exigencias de acreditar la flagrancia u orden judicial para la detención por la presunta comisión de actos delictivos”, explico el órgano interamericano.

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Durante la visita, entre el 8 y 10 de junio pasado, la CIDH recibió denuncias por parte de la sociedad civil, la Defensoría y la Procuraduría. Las quejas darían cuenta de situaciones de violencia, e incluso tratos crueles, inhumanos y degradantes, lo cual podría significar tortura por parte de la Fuerza Pública. Las personas entrevistadas informaron a la comisión que, en todo momento, fueron víctimas de golpes y maltrataos durante los traslados. Y, por si fuera poco, habrían recibido amenazas de ser desaparecidas por participar en el paro nacional.

La Campaña Defender la Libertad, que tiene entre sus cuentas 1.790 ataques físicos presuntamente cometidos por la Fuerza Pública, reveló en una solicitud de intervención urgente para la ONU, el pasado 5 de mayo, casos como el de Javier Esteban Cañón. El ciudadano denunció que el pasado 30 de abril, a las 10:30 p.m. habría sido agredido por motorizados de la Policía en el Parque Betania de Bosa (Bogotá). “Le iban pegando mientras lo llevaban al CAI, le sacaron todo lo que tenía, le rompieron el celular, le hicieron quitar los zapatos. Lo pusieron de pie y le caminaban encima de los pies, lo hicieron sentar y estirar las piernas y le caminaron encima”, agregó la campaña.

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La CIDH concluyó que los traslados por protección estarían siendo aplicados con fines punitivos o como un medio para disuadir la protesta. Se trataría de una restricción a la libertad que depende de la valoración del mismo Policía. En tiempo, modo y lugar. Por tanto, la comisión recomendó al Estado garantizar el derecho al debido proceso de las personas detenidas, asegura que los familiares o representantes legales estén enterados del traslado y liberar de forma inmediata a todos los capturados de forma arbitraria o injustificada.

En diálogo con El Espectador, el abogado Mauricio Urquijo, máster en derecho penal y política criminal, aseguró que los policías “aplican lo que ellos consideran castigos frente a los que consideran enemigos”. Agregó que “han realizado capturas que tienen como objetivo la realización de la ruta judicial de legalización de captura, imputación y medida de aseguramiento. Pero al ver que los jueces han declarado ilegales estos procedimientos, han optado por aplicar ellos de manera directa la privación de la libertad, como una especie de castigo. Han tratado de legalizar estos comportamientos arbitrarios con la supuesta autorización que da el Código de Policía”.

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Miguel Ángel del Río, abogado penalista y cofundador de la Primera Línea Jurídica, agregó que las capturas ilegales son la coyuntura del paro. Las capturas son procedimientos que, sí o sí, deben ser avalados por un juez de garantías, diferentes a los traslados por protección que no tienen ningún tipo de control judicial. La Policía asegura haber capturado a más de 1.500 personas, sin embargo, los mismos jueces tienden a dejar en libertad a los procesados, dada la extralimitación de los uniformados. De ahí que, a corte de 21 de junio, la Fiscalía haya logrado solo 254 imputaciones y, de ellas, 55 medidas de aseguramiento.

La Policía por su parte, a la fecha lleva 220 investigaciones internas por presuntas faltas disciplinarias, entre ellas 105 por abuso de autoridad y 16 por homicidios. “Los policías de Colombia no tenemos duda: ante el delito contundencia para restablecer el orden, brindar seguridad y capturar a quienes transgreden las normas; pero ante el error individual o la actuación ilegítima de cualquier funcionario tampoco tenemos duda: rechazo, investigación y todo el peso de la ley”, explicó a este diario el director de la Policía, el general Jorge Luis Vargas.

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