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Judicial | 18 Noviembre 2009 - 11:14pm

La encrucijada de Justicia y Paz

Por: Redacción Judicial | Elespectador.com
En el limbo se encuentra la posibilidad de que haya condenas en virtud de esta legislación especial en Colombia.

Pese a que la Fiscalía ha imputado hasta el momento más de 9.000 delitos en virtud de la Ley de Justicia y Paz, el número de requisitos exigidos para que un acusado pueda recibir sentencia se ha incrementando tanto que en la práctica va a ser muy difícil obtener una condena o pasará mucho tiempo para que se produzca la primera.

En el entendido de que esa normatividad (Ley 975 de 2005), con la que son investigados los crímenes cometidos por los grupos armados al margen de la ley, fue concebida como una justicia especial y al mismo tiempo experimental (sin llegar a ser una amnistía) con limitación de recursos económicos y temporales, con el paso de los años han comenzado a aparecer vacíos que han sido llenados con nueva jurisprudencia que más que complementar la existente, ha aumentado las condiciones para que los casos lleguen a sentencias.

Aunque la Corte Suprema dio vía libre a las imputaciones parciales, a sabiendas de las dificultades para establecer la totalidad de los hechos cometidos por los acusados, en providencia del pasado 21 de septiembre el mismo tribunal señaló que a la hora de legalizar los cargos, antes de la audiencia en que conocerá la condena, “el escrito de acusación (...) ha de contener, por ello, todas las conductas que se atribuyen al procesado, sea porque él así las aceptó o en razón de lo que la investigación reflejó”.

En esa decisión la Corte anuló la legalización de cargos que hizo la sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, el 1° de junio de 2009,  en contra de Gian Carlo Gutiérrez Suárez, un ex desmovilizado, quien luego de haber estudiado en Panamá y ser policía durante 12 años, terminó al servicio del bloque Calima de las autodefensas cometiendo asesinatos y otra clase de delitos en los departamentos de Cauca y Huila.

Considerando los argumentos de la Procuraduría y de las víctimas en el sentido de que aunque había unos hechos criminales confesados no se imputaron delitos como secuestros en relación con homicidios cometidos por Gutiérrez Suárez, o que no había dicho toda la verdad, la Corte invitó a la Fiscalía a que en la medida de sus posibilidades en la acusación y en el trámite posterior no sólo se incluya a la persona acusada y los hechos que a ella se atribuyen, sino los del bloque al que perteneció en su integralidad.  Entre la versión de los desmovilizados y la legalización de los cargos en su contra la ley sólo contempla 60 días para que la Fiscalía corrobore si es verdad lo dicho por el acusado.

Sin embargo, consciente de la complejidad de esa tarea, el alto tribunal reconoció que en casos como el de los ex jefes paramilitares Salvatore Mancuso o Jorge Iván Laverde, alias El Iguano, los grupos por ellos comandados cometieron tal multiplicidad de crímenes, “que su investigación y juzgamiento de hacerse individual, demandaría años e incluso, acorde con la capacidad logística de nuestra justicia, podría conducir a la impunidad”.

Pero citando jurisprudencia internacional no se detuvo en esa concesión, y señalando que como el objetivo no sólo es lograr la reparación individual, sino el derecho del colectivo a conocer la verdad sobre lo ocurrido en el país, las acusaciones futuras en el trámite de Justicia y Paz se deben hacer, en la medida de lo posible, a nivel de frente o bloque. No obstante es sabido de las dificultades logísticas para el traslado o reunión de una cantidad significativa de miembros de grupos armados o de las víctimas de sus crímenes, quienes, como ocurre también con la Fiscalía, no cuentan con los recursos necesarios para hacer esto posible de manera permanente.

Con el fin de evitar futuros traumatismos o la anulación de imputaciones de cargos, a finales de septiembre pasado el jefe de la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía, Luis González León, le envió una carta al magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, Eduardo Castellanos Roso, preguntándole sí además de los requisitos expuestos por la Corte, en la providencia de Gian Carlo Gutiérrez Suárez había algunos otros adicionales para llevar las acusaciones a buen puerto.

En respuesta el magistrado le respondió que durante la diligencia de legalización de cargos se deben presentar 30 requisitos con los antecedentes del bloque o frente que incluya la totalidad de sus miembros, incluso de aquellos que no se hayan desmovilizado, estatutos, fuentes de financiación, cuántos fueron muertos o por qué no coincide el número de armas entregadas con el número de desmovilizados.

Además, la cantidad de calzado y equipos de campaña de los integrantes del bloque e informar las operaciones conjuntas entre bloques y otras organizaciones ilegales u organismos de seguridad del Estado, entre otras perlas. A esto se suma los antecedentes del postulado, requisitos para ser elegido en Justicia y Paz, la imputación de los delitos, lo que se necesita para el incidente de reparación, así como otras consideraciones “para tener en cuenta”. ¿Habrá tiempo para cumplir estos requisitos con la totalidad de los desmovilizados que se presentaron a Justicia y Paz, esclarecer la verdad de lo ocurrido y obtener una sentencia pronto?

En casos como el ex jefe paramilitar del Magdalena Medio, Ramón Isaza, la Fiscalía ha documentado cerca de 200 hechos, que por ahora quedarán en limbo debido a las dificultades para cumplir con toda la reglamentación exigida. La semana entrante en España el fiscal general (e), Guillermo Mendoza, irá a explicar cómo ha funcionado la aplicación de la Ley de Justicia y Paz, sin olvidar que cada vez es más complicado lograr una condena.

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