Los afectados con la medida son, un oficial y dos suboficiales (r) del Ejército identificados como Roberto Camacho Riaño, Jorge Alberto Navarro Devia y Evert Ospina Martínez, acusados de homicidio agravado. Los dos últimos también fueron hallados responsables de falso testimonio.
Según lo establecido, el 1 de febrero de 1988 integrantes de una patrulla del Batallón San Mateo llegaron a la vereda Vitayó, jurisdicción de Jambaló, y sacaron por la fuerza de su casa a Escué Zapata, cuyos familiares escucharon poco después disparos.
El cuerpo del indígena, de 19 años, fue encontrado por sus allegados con señales de maltrato. Para la época de los hechos, Navarro Devia ostentaba el grado de teniente, y Camacho Riaño y Ospina Martínez eran suboficiales.
En su momento los miembros de la patrulla argumentaron que cuando conducían a Escué Zapata se produjo un enfrentamiento con un grupo armado ilegal en el que pereció el joven indígena.
La Comisión de Derechos Humanos, CIDH, en octubre de 2002 indicó que el caso debía asumirlo la Unidad Nacional de Derechos Humanos y DIH. Un fiscal e investigadores de esa dependencia reconstruyeron el proceso y a finales de 2005 tenían recopilados datos certeros, informes sustentados y argumentaciones producto de 39 declaraciones y 20 inspecciones judiciales.

