Bogotá |21 Dic 2012 - 10:34 am
Impuestos en Bogotá
Secretaría de Hacienda presentó el calendario tributario para 2013
El próximo año se pagará primero el impuesto predial y después el de vehículos.
Por: Elespectador.com
Este viernes el secretario de Hacienda, Ricardo Bonilla, presentó el calendario tributario para el próximo año en Bogotá. El principal cambio será que primero se pagará el impuesto predial y luego el de vehículos.
En los años pasados se programaba primero el impuesto de vehículos y posteriormente el predial. Sin embargo, para 2013 se decidió programarlos diferente con el fin de facilitar la prestación del servicio a los contribuyentes y avanzar más ágilmente en el recaudo de este impuesto, que tiene un mayor número de contribuyentes (cerca de 2 millones doscientos mil) que el de vehículos (cerca de un millón de contribuyentes).
Impuesto predial unificado
Para todos los predios
- Hasta el 19 de abril de 2013 con 10% de descuento.
- Hasta el 21 de junio de 2013 sin descuento y sin sanción.
Impuesto sobre vehículos automotores
Sólo vehículos matriculados en Bogotá
- Hasta el 3 de mayo de 2013 con el 10% de descuento.
- Hasta el 5 de julio de 2013 sin descuento y sin sanción
Impuesto de Industria y Comercio
Régimen común
- Nov-diciembre (2012)
- Enero-febrero: 19 de marzo de 2013
- Marzo-abril: 19 de mayo de 2013
- Mayo-junio: 19 de julio de 2013
- Julio-agosto: 19 de septiembre de 2013
- Septiembre-octubre: 19 de noviembre de 2013
- Noviembre-diciembre: 17 de enero de 2014
Régimen simplificado
- Año gravable 2012: 19 de febrero de 2013
Con el fin de adecuar las condiciones para prestar el servicio a los contribuyentes durante el primer semestre de 2013, la Secretaría de Hacienda no atenderá la primera semana de enero en la red de Cades y Supercades ni en la línea 195, sino que lo hará a partir del 8 de enero del próximo año. Por tanto, se invita a los contribuyentes para que realicen sus trámites de impuestos distritales a partir de esa fecha.
Sin embargo, el secretario de Hacienda aclaró que en los casos que los contribuyentes requieran hacer trámites indispensables (venta de predios, traspasos, etc.) se mantendrá la prestación del servicio en la sede de la Dirección de Impuestos de Bogotá (Av. Calle 17 No. 65 b 95), entre el 2 y el 5 de enero.
También se podrá consultar la página web www.haciendabogota.gov.co, a través de la opción Impuestos en línea, en donde se podrá liquidar el impuesto predial, generar el formulario para el pago en las entidades bancarias autorizadas y cumplir con la obligación tributaria.
Por: Elespectador.com
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