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"Basura Cero", en manos del Consejo de Estado

El alto tribunal, en sala plena, decidió asumir la demanda de nulidad contra los decretos que cambiaron esquema de recolección de basura.

Redacción Bogotá
09 de abril de 2014 - 03:25 a. m.
A finales de 2012 el alcalde Gustavo Petro cambió el esquema de recolección de basuras en Bogotá. / Archivo
A finales de 2012 el alcalde Gustavo Petro cambió el esquema de recolección de basuras en Bogotá. / Archivo
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Gustavo Petro sí fue tema de discusión en la sala plena que celebraron ayer los magistrados en el Consejo de Estado. Sin embargo, no por lo que algunos esperaban: la solicitud de medidas cautelares que hizo el exmandatario en la demanda de nulidad contra el fallo de la Procuraduría General de la Nación, con las que aspira a regresar al cargo.

La discusión de ayer se centró alrededor de otro proceso de nulidad: el de los decretos que expidió el exalcalde a finales de 2012, con los que cambió el esquema de recolección de basuras en Bogotá y que dieron origen al programa “Bogotá Basura Cero”. Este cambio fue la génesis del proceso disciplinario que terminó en su destitución e inhabilidad.

Los magistrados anunciaron anoche que, teniendo en cuenta la importancia jurídica y la trascendencia social y económica de este tema, serán ellos y no el Tribunal Administrativo de Cundinamarca quienes someterán a discusión en segunda instancia la legalidad o no de dichos decretos.

Por esta razón, anoche el Consejo de Estado solicitó al Tribunal Administrativo la remisión de todos los procesos de nulidad que en este momento se encuentren en curso en dicha corporación, contra los decretos que dictó el exalcalde Petro durante el cambio de modelo en el servicio de recolección de basuras.

Según el comunicado que expidió el alto tribunal, “se hace necesario que este tipo de asuntos sean resueltos por el Consejo de Estado, para que las autoridades administrativas de todo el país tengan pautas claras en relación con el régimen legal de prestación de servicios públicos domiciliarios, como el de aseo y recolección de basuras”.

De igual forma, explicaron que la decisión se hace necesaria para fijar una jurisprudencia clara frente a “los diversos temas que forman parte del régimen constitucional y legal de la prestación de servicios públicos domiciliarios, entre los cuales se incluyen el alcance de las atribuciones que en esta materia tienen las autoridades municipales o distritales, al igual que las facultades, derechos y deberes de los prestadores de estos servicios públicos, y hacer precisiones sobre el marco de libre competencia en que pueden y deben prestarse los mismos”.

Uno de los procesos que deberá remitir el Tribunal al Consejo de Estado es la apelación presentada contra el fallo del Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá, el cual negó la nulidad del Decreto 564 del 10 de diciembre de 2012, dictado por el entonces alcalde mayor, cuando se cambió el modelo de recolección.

Frente a la legalidad de los decretos ya existía un pronunciamiento en primera instancia. Se trató de un fallo del Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Bogotá, quien luego de recibir la demanda de nulidad del decreto 564, con el que la administración distrital modificó el sistema de recolección de basuras en la ciudad, que determinó que dicho acto administrativo no vulneraba las leyes de la República. La demanda la había interpuesto el hoy detenido concejal Orlando Parada, quien milita en el Partido de la U.

En su fallo, la jueza Aura Patricia Lara Ojeda argumentó que la prestación del servicio público de recolección de basuras corresponde a los municipios o distritos, ya sea directamente o a través de una entidad encargada, por lo que el Distrito Capital, según las leyes, sí puede prestar directamente este servicio. De igual forma, el despacho afirmó en la sentencia que el Decreto 564 permite realizar acciones afirmativas a favor de los recicladores, por lo que cumplía con la sentencia de la Corte Constitucional de incluir a esta población dentro del modelo de basuras de la ciudad.

El juzgado concluyó, además, que “no se observa ninguna conducta transgresora señalada en las demandas y lo que se le da es un gran peso al principio de la libre competencia y lo afirma como una realidad que se viene realizando en el Distrito”.

El fallo fue apelado y pasó a segunda instancia al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, donde cursaba trámite. Sin embargo, con la decisión de ayer del Consejo de Estado, serán los magistrados del alto tribunal quienes tendrán la última palabra frente a la legalidad del programa “Bogotá Basura Cero”, decretado por el exalcalde Gustavo Petro y por el cual perdió su cargo. Por su parte la decisión frente a la solicitud de medidas cautelares quedó aplazada.

Por Redacción Bogotá

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