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Derechos adquiridos en cerros orientales de Bogotá, tema resuelto

Los propietarios que quieran retomar obras en la franja de adecuación tendrán que demostrar que desconocían la reserva y que no perjudicarán el medioambiente.

Jaime Flórez Suárez
10 de agosto de 2016 - 03:00 a. m.
Cerros Orientales. El Espectador
Cerros Orientales. El Espectador

El alcance de los derechos adquiridos, uno de los debates álgidos que rodean los cerros orientales, quedó resuelto. El magistrado César Palomino, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, aclaró que los proyectos urbanísticos que se iniciaron luego de que se registrara la reserva, en 2005, y cuyo trámite había sido suspendido, podrían reactivarse. Sin embargo, lo podrán hacer con condiciones: los propietarios tendrán que demostrar que no sabían de la existencia de la reserva y que sus obras no generarán daños ambientales en el suelo o el agua de los cerros.

La decisión del magistrado dejó conformes a todas las partes, desde constructores hasta los ambientalistas, porque al fin hay un pronunciamiento firme frente a este debate, del que depende el futuro de los proyectos de urbanización que quedaron estancados con el fallo del Consejo de Estado de 2013 y que había puesto freno a la expansión de la ciudad sobre la reserva oriental.

Y es que tuvieron que pasar casi dos años y 15 audiencias del Comité de Verificación del fallo que protege los cerros para que, el lunes pasado, finalmente se conocieran las directrices sobre cómo deben proceder las autoridades frente a los que reclaman derechos adquiridos para construir en la franja de adecuación.

Ésta, sobre la que se enfocó el debate, es una zona de 973 hectáreas que les fueron extraídas de las 15.000 hectáreas de los cerros. Con su creación se pretendía definir una línea para contener la expansión de la ciudad sobre sus montañas. Con el fallo del Consejo de Estado, aunque se prohibían nuevas obras, no se definía con precisión el tema de los derechos adquiridos. Era claro que lo ya construido se mantenía. Sin embargo, había dudas alrededor de los proyectos que tenían licencia y terrenos, pero no habían arrancado las obras.

Establecer quiénes pueden construir en esta zona fue un tema que tuvo divididos por dos años a los 11 miembros del Comité de Verificación, que lo integran entidades nacionales, distritales y representantes de la sociedad civil.

Aunque falta que el magistrado Palomino expida un auto para oficializar y detallar sus decisiones, lo que se viene es que los ciudadanos o las constructoras con terrenos en la franja de adecuación, que tengan licencias de construcción o urbanismo en trámite o ejecutadas después de 2005, tendrán que demostrar, primero, ante un curador que no sabían de la existencia de la reserva y luego ante la CAR y la Secretaría de Ambiente, que sus obras no afectan ambientalmente los cerros. Asimismo, todos los procedimientos de licenciamiento urbanístico serán supervisados por la Personería, para que se respeten el fallo del Consejo de Estado y las disposiciones del magistrado.

Este último, en su pronunciamiento, dejó claro que el fallo del Consejo de Estado prevalece sobre cualquier decisión que se tome acerca de la reserva. Con esto se descarta la petición conjunta que hicieron la Secretaría Distrital de Planeación, el Ministerio de Vivienda de validar la Resolución 1582 de 2005 y del Ministerio de Ambiente, que permitía la construcción en la franja de adecuación de los cerros.

La petición estaba incluida en una propuesta que hicieron el Distrito y la Nación que planteaba una amplia interpretación de los derechos adquiridos. Ésta no tuvo gran acogida entre los otros miembros del Comité, ya que abría un abanico en el que cualquier trámite, por incipiente que estuviera, podía representar la posibilidad de construir.

Frente a la decisión, Andrés Ortiz, secretario de Planeación, se mostró satisfecho, pues se pone fin a una larga polémica. “Se respetan a cabalidad la sentencia, los derechos adquiridos de quienes lo demuestren y, otra cosa fundamental para la ciudad: el magistrado señaló que el alinderamiento de los cerros, único e indiscutible, es el establecido en la Resolución 463 de 2005, del Ministerio del Medio Ambiente. Allí se definió la franja de adecuación, lo que es clave de cara al nuevo Plan de Ordenamiento Territorial”.

Por su parte, Martha Moreno Mesa, gerente de Camacol Bogotá, consideró que con la decisión el Comité de Verificación cumple su función de velar por el cumplimiento del fallo de los cerros orientales. “Respaldar el respeto de los derechos adquiridos, tal como lo contempla la sentencia, pone fin al limbo jurídico que venía afectando la protección adecuada y el desarrollo sostenible de la franja de adecuación y de la ciudad”.

Se sabe que el Distrito tiene la intención de gestionar ante la CAR que el suelo de la franja de adecuación deje de ser rural y pase a ser urbano. Un trámite que tendría que hacerse a través del Plan de Ordenamiento Territorial. Sin embargo, con la aclaración de que el fallo del Consejo de Estado prima sobre otras decisiones administrativas, esa posibilidad quedaría en veremos.

Aunque las determinaciones del magistrado César Palomino resuelven un punto clave en la discusión sobre el futuro de los cerros, el debate está aún lejos de acabarse. Todavía queda pendiente, por ejemplo, el proceso de legalización de los 60 barrios que hay en la franja de adecuación y la fijación de las tasas de compensación que deben pagar los propietarios por tener predios dentro de la reserva.

 

Por Jaime Flórez Suárez

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