En Bogotá el predial ya se puede pagar por cuotas: sepa cómo y hasta cuándo

El próximo 31 de marzo vence el plazo para adherirse a esta modalidad de pago. Hasta ese día podrá notificarle al Distrito, vía web, su decisión de acogerse a este beneficio.

Redacción Bogotá
24 de marzo de 2017 - 12:32 p. m.
Tomada de Pixabay/Referencia
Tomada de Pixabay/Referencia

Bogotá estrena este 2017 una nueva modalidad de pago del impuesto predial, destinada a facilitar el desembolso de los recursos y a aliviar el bolsillo de los contribuyentes capitalinos. Se trata del denominado pago por cuotas, ideado para que el tributo pueda cancelarse en cuatro cuotas iguales. Sin embargo, quienes deseen acogerse a esta modalidad tendrán que notificarlo antes del próximo 31 de marzo.

Se trata de una de las novedades que ofrece el Distrito para hacer más simple y equitativo el pago del impuesto. Se pretende también cumplir con la meta de recaudo: $8,2 billones, de los cuales $3,7 billones los aportaría la industria y el comercio, $2,8 el predial y $0,6 billones los vehículos. (Lea: Abecé para pagar el impuesto predial en Bogotá) 

¿Cómo hacer el pago del predial por cuotas? 

El primer paso para pagar el impuesto predial por cuotas es hacérselo saber a la Administración a través de la página web de la Secretaría de Hacienda Distrital (http://www.haciendabogota.gov.co). El procedimiento es el siguiente:

-Ingresar a la página web, sección ‘Pagos y Servicios’ y busca la opción liquidar predial 2017 y años anteriores.

-Una vez allí, seleccionar la opción de pago por cuotas.

-Debe aceptar los términos y digitar el CHIP del predio, su número de cédula y seleccionar 2017.

-Después, elegir ‘Pagar predial por cuotas’; leer detenidamente las condiciones; diligenciar los datos solicitados, y finalmente dar clic en ‘Aceptar’

Requisitos

Para optar por esta modalidad, el contribuyente debe cumplir con las siguientes condiciones, además del aviso virtual oportuno antes del 31 de marzo:

-Su predio debe ser de uso residencial.

-Usted debe ser el propietario del predio, y persona natural.

¿En qué fechas se pagan las cuotas del predial?

Al acogerse al pago por cuotas, el contribuyente anula la factura inicial y pierde otros descuentos teniendo en cuenta que la idea es elegir un solo beneficio. No obstante, con el pago por cuotas se cancelar el impuesto en cuatro cuotas iguales y sin intereses, así:

Cuota 1: hasta el 12 de mayo.

Cuota 2: hasta el 14 de julio.

Cuota 3: hasta el 15 de septiembre.

Cuota 4: hasta el 17 de noviembre.

Hasta el momento se han acogido al beneficio del pago por cuotas un total superior a 3.500 contribuyentes.

Por Redacción Bogotá

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