IDU ha reembolsado más de $23 mil millones por valorización

Han sido notificados 363 mil predios.

Redacción Bogotá
15 de octubre de 2014 - 02:36 p. m.

El Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) ha girado más de 23 mil millones a los propietarios de 73 mil predios, de los cerca de 363 mil predios que ya han sido notificados en las localidades objeto de devolución por valorización según Acuerdo 523 de 2013.

Los contribuyentes que ya recibieron su notificación pueden solicitar formalmente su devolución en los puntos de atención habilitados para el proceso, ya que a la fecha, la entidad solo ha recibido 100 mil radicaciones en debida forma para el giro respectivo de los recursos.

En la actualidad, algunas zonas de la localidad de Suba ya están siendo notificadas con devoluciones por valorización tal y como se realizó el proceso en Ciudad Bolívar, Rafael Uribe, Tunjuelito, Candelaria, Santa fe, Los Mártires, Bosa, Kennedy, Antonio Nariño, Puente Aranda, Teusaquillo, Fontibón, Engativá, Chapinero y Usaquén.

El IDU devolverá los dineros mediante transferencia electrónica al titular del predio o a la cuenta autorizada mediante poder notarial en un término de 50 días hábiles siempre que se hayan radicado los documentos en debida forma.

Para el caso de defunción del titular se devolverán los recursos a quien por juicio de sucesión se otorguen los derechos del fallecido. En caso de venta del inmueble, solo se devolverá la contribución a la persona que pagó la cuenta de cobro en su momento.

Si el predio cuenta con varios propietarios el radicado deberá contener fotocopia de todos los titulares y autorización o poder para la consignación en una cuenta autorizada.

Documentos para radicar la solicitud

Para personas naturales

  • Formato entrega de documentos firmado y sin tachones (Formato disponible en la web http://valorizacion.idu.gov.co/ botón devoluciones).
  • Fotocopia legible del documento de identidad del solicitante.
  • Fotocopia de la cuenta cobro pagada de la valorización- Acuerdo 180 Fase II.
  • Fotocopia de la certificación bancaria de la cuenta a donde se transferirá el reembolso.
  • Si el titular del predio no posee cuenta bancaria, deberá diligenciar el formato de autorización y/o poder, original y con firmas autenticadas. (Formato disponible en la web http://valorizacion.idu.gov.co/ botón devoluciones)
Para personas jurídicas

  • Formato entrega de documentos firmado y sin tachones (Formato disponible en la web http://valorizacion.idu.gov.co/ botón devoluciones).
  • Certificado de existencia y representación legal.
  • Fotocopia del RUT.
  • Fotocopia legible del documento de identidad del representante legal.
  • Fotocopia de la cuenta de cobro pagada de la valorización- Acuerdo 180 Fase II.
  • Fotocopia de la certificación bancaria de la cuenta a donde se transferirá el reembolso.
  • Para consignar en la cuenta de un tercero, deberán diligenciar el formato de autorización y/o poder, original y con firmas autenticadas. (Formato disponible en la web http://valorizacion.idu.gov.co/ botón devoluciones).
 

Por Redacción Bogotá

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