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Nuevas reglas para los espectáculos públicos en Bogotá

El Distrito fijó las reglas que facilitarían los préstamos de escenarios públicos para grandes eventos.

Redacción Bogotá
14 de enero de 2014 - 09:43 p. m.
Nuevas reglas para los espectáculos públicos en Bogotá

El alcalde  Gustavo Petro firmó el Decreto 599 de 2013,  que reglamenta las actividades de aglomeración de público en la ciudad a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA.

Este decreto concreta, entre otras acciones, lo escrito en  la Ley 1493 de 2011 (Ley del Espectáculo Público), racionalizando los trámites y requisitos para facilitar la realización de los espectáculos públicos de las artes escénicas en Bogotá.

En la nueva norma aparece la creación de una ventanilla única de registro y atención a los productores de espectáculos públicos de las artes escénicas como mecanismo para registrar la documentación que le permitan obtener los permisos necesarios. También se definen de las características y clasificación de las aglomeraciones de público, así como los requisitos para la autorización de espectáculos, a través de la ventanilla del SUGA.

El decreto también define   los requisitos y el procedimiento para la habilitación de escenarios de artes escénicas por dos años. Los escenarios que son Bienes de Interés Cultural tendrán un tratamiento especial en consideración a la no afectación de los valores y las características que dieron origen a la declaratoria del inmueble. Adicionalmente, el Distrito crea a través de este decreto  el Comité del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital – SUGA y sus funciones.

Queda establecido, además, que la Secretaría Distrital de Ambiente delimitará las áreas de los espectáculos públicos teniendo en cuenta la  protección de la estructura ecológica principal. El decreto establece que cuando "por razones de fuerza mayor o caso fortuito la actividad no se lleve a cabo en la fecha  y hora señaladas, el organizador, productor o empresario, podrá reprogramar la realización de la fecha y ahora, la cual no podrá superar los noventa días".

Además, a través del decreto se creó la Comisión Distrital de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, la cual estará integrada por el alcalde mayor de Bogotá, la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Cultura, la Policía Metropolitana, la Liga de fútbol de Bogotá y el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias (FOPAE). En el decreto queda establecido que esta comisión debe "promocionar acciones y campañas que conduzcan a prevenir, fomentar y sensibilizar a la población sobre la importancia de la convivencia y la tolerancia".

El próximo 5 y 6 de febrero la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y las entidades distritales competentes llevarán a cabo un foro con los empresarios y productores de grandes eventos de las artes escénicas, con el fin de socializar el Decreto 599 de 2013 y presentar las posibilidades que se ofrecen para el desarrollo cultural y artístico de la ciudad.

Por Redacción Bogotá

 

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