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ONG de Estados Unidos interviene en favor de Petro

En el proyecto de fallo del caso Petro, sin embargo, se lee que éste es distinto al de Leopoldo López y que la Procuraduría sí puede sancionar a servidores elegidos por voto popular.

Diana Carolina Durán Núñez
21 de febrero de 2014 - 11:03 a. m.
Simpatizantes del alcalde Gustavo Petro se han reunido en Suba para apoyar el no a la revocatoria.
Simpatizantes del alcalde Gustavo Petro se han reunido en Suba para apoyar el no a la revocatoria.

El próximo 24 de febrero, a las 8:00 de la mañana, los magistrados del Consejo de Estado se sentarán nuevamente a discutir un tema que tiene múltiples “aristas, complicaciones técnicas y jurídicas y opiniones divergentes”: el caso Petro. Ese entrecomillado es del magistrado que hoy carga la responsabilidad de proyectar el fallo de ese alto tribunal, Guillermo Vargas Ayala, y está precisamente en el borrador que les entregó a sus colegas de Sala y que éstos, por tercera vez, se sentarán a discutir este lunes. Borrador en el cual se le da la razón al alcalde Gustavo Petro, quien presentó una tutela en busca de dejar sin efectos su destitución.

En esa Sala Plena, además, se podría tener en cuenta un documento que llegó a esa corporación este miércoles 19 de febrero: un amicus curiae (documento elaborado por terceros ajenos a un proceso), elaborado por la ONG Cejil y enviado desde su sede en Washington. En este documento, remitido directamente al magistrado Vargas Ayala, se lee: “Tenemos el agrado de enviarle el presente escrito con el propósito de manifestar nuestra preocupación por la resolución que ordena la destitución del alcalde Gustavo Petro, pues consideramos que la decisión emitida por la Procuraduría General es contraria a los derechos políticos consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos”.

A continuación, la Cejil hizo una extensa argumentación del “alcance de los derechos políticos contenidos en el artículo 23 de la Convención” y en la jurisprudencia del Sistema Interamericano, resaltando, palabras más palabras menos, la importancia de poder ejercer ese tipo de derechos y de cómo éstos son la puerta para que otros sean protegidos también. En su documento, la ONG reitera el que ha sido uno de los principales argumentos de Petro desde que fue destituido: que la Convención Americana exige que sólo una condena impuesta por un juez penal puede restringir los derechos políticos de alguien.

Pero esa tesis de que, según la Convención Americana, la Procuraduría no puede emitir tales sanciones, al menos en el proyecto de fallo que elaboró el magistrado Vargas, no tiene mucha acogida. Según el documento, en el que se reiteraron las facultades de la Procuraduría para sancionar a funcionarios públicos, inclusive los elegidos por voto popular, el magistrado planteó que la Convención Americana también “permite que las leyes nacionales fijen límites a los derechos consagrados en la Convención, siempre que lo hagan para atender fines de interés general, tal como ocurre con el proceso disciplinario en Colombia”.

Siempre que este tema se pone sobre la mesa, los defensores de Petro y él mismo aseguran que su caso es igual al de Leopoldo López, el rostro de la oposición en Venezuela en las protestas que continúan en el vecino país, inhabilitado para hacer política por una autoridad no judicial que llevó su caso al Sistema Interamericano. En su proyecto de fallo, el magistrado Vargas asegura que el caso López “no resulta aplicable en tanto que se ocupa de una sanción de inhabilidad impuesta por una autoridad que además de carecer de competencia obró sin respeto a la garantía del debido proceso, lo cual no ocurrió en el (proceso actual)”. Vargas le pidió a la Sala Plena del Consejo de Estado que se reiterara la competencia del Ministerio Público para sancionar funcionarios y así evitar “un régimen de irresponsabilidad disciplinaria”.

Argumentos muy similares esgrimió el procurador general, Alejandro Ordóñez, en un documento de nueve páginas que le envió este 19 de febrero a Emilio Álvarez, secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de DD.HH. Ese organismo estudia una solicitud de Petro de otorgarle medidas cautelares por supuesta persecución ideológica por parte del procurador, pero éste aseveró no sólo que tal persecución no existía, sino que una decisión en contra de las facultades del Ministerio Público podría costarle al Estado colombiano más de US$1.200 millones por las demandas que podrían interponer los 1.076 servidores elegidos por voto que han sido sancionados.

Mientras el debate jurídico del caso Petro continúa, ayer en la mañana el alcalde se presentó en la Fiscalía. Tenía que ampliar su interrogatorio ante el vicefiscal Jorge Perdomo, quien lidera las seis investigaciones que hay en ese organismo en contra del mandatario. Determinar si hubo alguna falta penal en el cambio del modelo de recolección de basuras, motivo que le costó la destitución a Petro por parte de la Procuraduría, es la principal misión de la Fiscalía en este polémico y enmarañado asunto.

dduran@elespectador.com

@dicaduran

Por Diana Carolina Durán Núñez

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