Pelea brava

El fallo de la Corte Constitucional que avala los eventos taurinos revivió la polémica en la ciudad. Alcaldía dice que respeta la decisión, pero que eso no afecta su idea de restringir este tipo de actividades, por una razón muy sencilla: Bogotá no tiene contratos vigentes con la Corporación Taurina.

Redacción Bogotá
31 de octubre de 2012 - 07:28 p. m.
De hoy en adelante, los permisos solo serán necesarios en aquellos casos en donde los organizadores deseen realizar corridas de toros en plazas improvisadas. / El Espectador
De hoy en adelante, los permisos solo serán necesarios en aquellos casos en donde los organizadores deseen realizar corridas de toros en plazas improvisadas. / El Espectador

Sean una minoría o no, los taurinos ganaron una batalla con el último fallo de la Corte Constitucional relacionado con las corridas de toros. Por seis votos contra tres, el alto tribunal ratificó que ningún alcalde tiene facultades para suspender la “fiesta brava” en las plazas permanentes, que son aquellas en donde existe tradición histórica y cultural. Ahora los empresarios que organicen este tipo de corridas no necesitarán autorización municipal, sino cumplir con los requisitos de seguridad y salubridad que exige la ley.

De hoy en adelante, los permisos solo serán necesarios en aquellos casos en donde los organizadores deseen realizar corridas de toros en plazas improvisadas. En este sentido la Corte declara exequible la Ley 916 de 2003 (que precisa las normas y requisitos para los eventos taurinos) y coincide con el concepto de la Procuraduría General. Según esta entidad, “celebrar espectáculos taurinos es una actividad que se enmarca dentro de las manifestaciones culturales que conviven en el país, que debe ser reconocida y protegida por el Estado, al igual que otras manifestaciones culturales diversas”.

Con el argumento de que la tauromaquia es patrimonio cultural, la Procuraduría le recomendó a la Corte Constitucional que protegiera la celebración de la fiesta brava en todo el país. Además, en el concepto añadió los artículos 14 y 15 de la Ley 916 de 2004 deberían ser declarados constitucionales, pues allí se consagra el Reglamento Taurino Nacional. Con este concepto aprobado, el reglamento indica que solo basta una comunicación previa antes de llevar a cabo una corrida de toros en una Plaza Permanente.

El fallo dice que la decisión no es retroactiva, lo que indica que en el caso de Bogotá la Plaza de Toros no volvería a la Corporación Taurina sino que seguiría siendo administrada por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD) hasta que se firme un contrato con el grupo taurino. Sin embargo, los taurinos, el Distrito y los antitaurinos tienen interpretaciones diferentes.

Para Felipe Negret, gerente de la Corporación Taurina de Bogotá, el fallo es acorde con lo establecido en la Ley 916 y por ende el Distrito debe acatar la decisión: “La fiesta brava tiene vigencia hoy más que nunca y ningún alcalde puede prohibir las manifestaciones culturales”. En entrevista con CaracolRadio, Negret afirmó que a raíz de la decisión de la Corte se debe dar por terminado el contrato con el IDRD.

A la voz de Negret se sumó la de Enrique Vargas Lleras, presidente de la Junta Directiva de la Corporación Taurina de Bogotá. En un debate en la emisora Bluradio afirmó que “el alcalde tendrá que sacar concurso o licitación para el manejo de la Plaza de Toros. Esta vez no se podrá sustraer de la Ley ni mucho menos de los fallos que son de obligatorio cumplimiento”.

Otra es la versión del Distrito. Según la versión del director del IDRD, Elemir Pinto, la plaza de Toros La Santamaría seguirá siendo un escenario de cultura pero no necesariamente taurina. “En Bogotá los bienes públicos no pueden destinarse al maltrato de animales y la Ley no nos obliga a celebrar ese tipo de contratos”. El funcionario agregó que el fallo “no hace referencia al caso específico de la plaza de toros La Santamaría, no es retroactivo y, además, se hace alusión allí sobre un contrato, pero en Bogotá no hay contrato firmado con organización alguna que promueva las corridas de toros”.

Diciendo que el problema es de fácil comprensión, el alcalde Gustavo Petro respondió a través de su cuenta de Twitter: “Es fácil de entender, la alcaldía suspendió un contrato de mandato y la justicia administrativa la apoyó. Estos 3 días, 3.000 niños y niñas en la Plaza de la Santamaria jugando ajedrez. El fin de semana Opera con la Filarmónica. Una plaza de vida”.

Los movimientos ambientalistas en contra de la tauromaquia también criticaron el fallo de la Corte. Aunque alegaron que la decisión del máximo tribunal simplemente fortalece la jurisprudencia sobre el tema, el Distrito no está en obligación de cederle la Plaza a un grupo que dice ser minoritario. “El fallo soporta la sentencia C- 666 de 2010. Para nosotros no es nada nuevo. Pero no vamos a dejar que vuelvan los toros a Bogotá. Petro no está prohibiendo las corridas porque el contrato simplemente no es con la Corporación Taurina”, dice Batman Roberto Camargo, presidente de la fundación PATA (Protectora Ambiental contra la Tortura Animal).

En la versión de Camargo existe cierta preocupación por el futuro de la fiesta brava en todo el país. “El problema, más allá de Bogotá, tiene que ver la Nación. El presidente Santos quiere declarar la tauromaquia como patrimonio cultural colombiano. En caso de que eso suceda la movilización sería muy grande de nuestra parte”.

 

Por Redacción Bogotá

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar