Sancionan a exsecretaria de la Mujer de Bogotá por supuestas irregularidades en contratación

Martha Lucía Sánchez, quien se convirtió en la primera secretaria distrital de la Mujer, fue destituida e inhabilitada por la Personería para ejercer cargos públicos por 10 años.

Redacción Bogotá
31 de marzo de 2017 - 08:19 p. m.
Martha Lucía Sánchez, durante su posesión como secretaria de la Mujer en la Administración pasada. /Alcaldía de Bogotá.
Martha Lucía Sánchez, durante su posesión como secretaria de la Mujer en la Administración pasada. /Alcaldía de Bogotá.

Por supuestas irregularidades en la suscripción de un convenio de asociación, la Personería Distrital destituyó e inhabilitó para ejercer cargos públicos por 10 años a Martha Lucía Sánchez, quien fuera la secretaria de la Mujer de Bogotá durante la Administración pasada.

En su decisión, de primera instancia, el órgano de control argumentó que la exfuncionaria suscribió en 2013 un convenio sin abrir una licitación o realizar un concurso público, tal como lo exige la ley. El contrato fue suscrito con la Corporación Orientar, por cerca de $914 millones con un plazo de ocho meses. El objeto era atender una Casa Refugio destinada a mujeres víctimas de violencia.

“De acuerdo con las normas de contratación, la funcionaria quebrantó los principios de transparencia, responsabilidad y selección objetiva, al no realizar una convocatoria pública para escoger el mejor oferente, pues estaba contratando un servicio, no asociándose para apoyar labor de un particular. Además, no buscó a una firma de reconocida trayectoria y solvencia”, explicó en la determinación la Personería Distrital.

Según pudo establecer el organismo, en el convenio el contratista se obligó a conseguir una casa en arriendo en el barrio Samper Mendoza para atender a madres víctimas de la violencia intrafamiliar y sus hijos, bajo las órdenes precisas de la Secretaría, “es decir, la entidad tercerizó la prestación del servicio”.

El órgano de control recordó que los convenios de asociación están contemplados para que el Estado apoye actividades de una firma particular, “pero no para cumplir órdenes expresas de una entidad, como contraprestación por el pago de un contrato. Por esas razones la Personería sancionó a la exfuncionaria, quien apeló la decisión”.

Por Redacción Bogotá

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