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Secretaría de Educación desmiente irregularidades en refrigerios escolares

La entidad que regula la educación en el país aseguró que la información expuesta por la Contraloría Distrital es inexacta.

El Espectador
04 de octubre de 2011 - 08:04 p. m.

Este martes salió a la luz pública una denuncia hecha por la Contraloría Distrital que da cuenta de las serias irregularidades detectadas en los refrigerios escolares correspondientes a la institución educativa Camilo Torres.

Al respecto, Mario Solano Calderón, contralor de Bogotá, informó que luego de un operativo llevado a cabo por dicha entidad se hallaron restos de vidrios en varias chocolatinas que hacían parte de los alimentos que se le entregarían a los estudiantes de la entidad educativa. Además, Solano denunció que la manipulación y almacenamiento de los mismos no se estaba haciendo de manera adecuada.

Sin embargo, la Secretaría de Educación emitió un comunicado en el que desmiente las tesis expuestas por el organismo de control distrital, en cabeza del contralor Mario Solano Calderón.

El informe consta de siete puntos con los que la Secretaría refuta la versión antes mencionada.

Este es el texto del comunicado:

Ante las denuncias que realizó hoy el Contralor de Bogotá, Mario Solano Calderón, frente al suministro de refrigerios escolares en la capital del país, la Secretaría de Educación del Distrito aclara lo siguiente:

1. La visita realizada por la Contraloría de Bogotá se llevó a cabo el 23 de septiembre de 2011.

2. De acuerdo con la información presentada por la Interventoría ejercida por la Universidad Nacional de Colombia – Facultad de Medicina – Departamento y Nutrición, el colegio Distrital Camilo Torres ha presentado un comportamiento SOBRESALIENTE con un porcentaje entre el 90 y 96%, con relación a las condiciones de almacenamiento y distribución de refrigerios escolares.

Los refrigerios durante el almacenamiento temporal en los colegio distritales no requieren de equipos de frío para su conservación y con el fin de evitar contaminación, física, microbiológica o química en sus componentes, la Resolución 3429 del 7 de diciembre de 2010, establece en el Capítulo II. Modalidad Refrigerio Escolar – Artículo Decimoséptimo – Distribución y consumo: El consumo debe realizarse máximo dos (2) horas después de su recepción en la jornada de la mañana y 1 hora en el horario de la jornadas de la tarde y nocturna.

3. Para la fecha de la visita desarrollada por el ente de control (23 de septiembre), el menú que correspondía al suministro de refrigerios con recursos de esta Secretaría, correspondía a: Yogurth, roscón con bocadillo y queso pettit suisse. Se observa con extrañeza que el menú que menciona la Contraloría, no corresponde al del día, y que la torta de leche, no es un componente que esté incluido dentro del ciclo de menús que estipula la Secretaría de Educación del Distrito. De acuerdo con la información suministrada por la Interventoría, para el día de la visita de la Contraloría no se presentaron novedades en los colegios, ni en las plantas de ensamble (las actas reposan en las carpetas de seguimiento Contrato 1610 de 2011), con relación faltantes de componentes en los refrigerios.

4. Con relación al producto chocolatina y el hallazgo de restos de vidrio, este producto, como se mencionó anteriormente no se entregó para la fecha de la visita del ente de control. Sin embargo, la Dirección de Bienestar Estudiantil, solicitó a la Interventoría la trazabilidad de esta novedad y el seguimiento al proveedor, para la toma de acciones correctivas, si se hubiere llegado a presentar una anomalía en el suministro. Lo concerniente a los registros sanitarios o fitosanitario como lo indica el comunicado de la Contraloría, se informa que la Secretaría de Educación del Distrito, desde los pliegos de condiciones establece como criterio mínimo técnico, la presentación de los registros sanitarios vigentes de los productos componentes del refrigerio.

5. El contratista Mauros Food mencionado en el artículo, desde el 3 de agosto de 2011, por la caducidad del contrato con el IDU, la Secretaría de Educación decidió terminar unilateralmente los contratos 890 y 902 de 2009 para el suministro de refrigerios.

6. La Interventoría ejercida por la Universidad Nacional de Colombia, desarrolla las actividades de vigilancia en los aspectos técnicos, administrativos, financieros y jurídicos de cada uno de los contratos de suministro de refrigerios, cumpliendo con las condiciones contractuales establecidas en el Convenio interadministrativo 1610 del 28 de junio 2011. Entre otras actividades para vigilar las condiciones higiénico sanitarias de los menús a suministrar se realizan 4 (cuatro) visitas semanales a plantas de ensamble y 1 (Una) visita mensual a los colegios. Para la Interventoría que menciona el Espectador de la universidad Cundinamarca, no tiene ninguna vinculación contractual con la Secretaría de Educación Distrital.

7. Se concluye que los refrigerios a los cuales la Contraloría de Bogotá hace referencia, de acuerdo con las fotografías publicadas en la página de dicho ente de control, no pertenecen ni hacen parte de los suministrados por la Secretaría de Educación del Distrito.

Por El Espectador

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