Air France fue multada por la Superindustria

Impuso una multa a través de un proceso de carácter judicial por el equivalente a 100 salario mínimos legales.

El Espectador
06 de noviembre de 2013 - 09:07 a. m.
Foto facilitada por la aerolínea francesa Air France que muestra el primer vuelo de su Airbus A380
Foto facilitada por la aerolínea francesa Air France que muestra el primer vuelo de su Airbus A380

Por incurrir en publicidad engañosa al promocionar y vender el servicio Clase Premium Voyageur bajo unas condiciones de comodidad que no correspondían con la realidad, la superintendencia de Industria y Comercio condenó judicialmente a la aerolínea Air France.

En un informe de prensa la superintendencia ordenó a la sociedad demandada la devolución del 90% del valor cancelado por el consumidor demandante, quien confió en el ofrecimiento de la aerolínea y pagó  9.904 dólares por tres tiquetes de ida y vuelta en los trayectos Bogotá – París; París – Bogotá.

La Delegatura determinó que el costo de los tiquetes (cada uno por valor de US$ 3.304) y la falta de precisión en relación con los detalles de la publicidad, hicieron que el consumidor esperara unas condiciones de “comodidad y espacio” durante las aproximadas 11 horas de vuelo que no obtuvo.

Dice la entidad de control que la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales, impuso en dicha sentencia judicial, una multa correspondiente de 58 millones de pesos equivalentes a 100 salarios mínimos legales vigentes, por promocionar un servicio nuevo sin brindar información suficiente, oportuna y completa al consumidor que adquirió los tiquetes.

La Superintendencia adoptó la decisión en el marco del mencionado proceso judicial, la cual es ajena e independiente de las medidas que en ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control (policía administrativa) puede llegar a tomar la Aeronáutica Civil como autoridad que debe velar por el respeto de los derechos de los consumidores dentro del sector aeronáutico, aclara la entidad de control en un comunicado de prensa.

La decisión de carácter jurisdiccional adoptada, es de inmediato cumplimiento y contra ella no procede recurso alguno, teniendo en cuenta que el proceso judicial es de mínima cuantía y única instancia, precisió la superintendencia de Industria y Comercio.

Por El Espectador

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