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Claro y Movistar, a devolver la infraestructura

La Corte Constitucional falló a favor del Estado y sentenció a los dos operadores de telecomunicaciones a efectuar la reversión de activos.

Negocios
21 de febrero de 2014 - 09:44 p. m.

En una disputa que llevaba varios meses entre el Estado y las dos compañías más grandes del negocio de telefonía celular, la Corte Constitucional dictó sentencia y dejó claro que las dos multinacionales tienen la obligación de devolver la infraestructura usada para el despliegue de redes en el país usadas antes de 1998 con el fin de proteger el interés general de los colombianos.

El alto tribunal dijo que “la infraestructura instalada bien puede estar siendo empleada para la prestación de otros servicios adicionales a los concesionados inicialmente, caso en el cual, y en aras de la continuidad de la prestación del servicio se podrá mediante las correspondientes compensaciones por parte de los concesionarios, continuar con el servicio, siempre teniendo como norte la defensa y conservación del peculio estatal”.

Eso, en otras palabras, quiere decir que las dos compañías podrán esperar a que el gobierno, por medio del Ministerio de las TIC, valorice esa infraestructura y defina un monto a pagar a favor del erario nacional. Una espera que podría tardar unos dos años.

Comunicado

Más tarde los operadores de telefonía móvil Claro Colombia y Telefónica Movistar sacaron un comuniado aclarando algunos aspectos sobre el tema:

La Corte Constitucional abre la puerta para que los operadores puedan realizar la reversión de los activos vía una compensación económica.

El alto tribunal no desconoce que las leyes que establecieron que la reversión aplicaba solo sobre el espectro sean acordes al régimen constitucional.

Para efectos de la definición de los bienes de telecomunicaciones a revertir, además de las frecuencias, la Corte señala que se debe tener en cuenta la definición técnica y legal de red de telecomunicaciones.

La Corte deja a las partes el entendimiento de las condiciones contractuales para la aplicación de la reversión y este proceso debe contar con el acompañamiento de los órganos de control.

Los operadores entendemos que el espíritu de la Corte es preservar la continuidad en la prestación del servicio y mantenemos el mismo compromiso con nuestros clientes.

 

 

 

Por Negocios

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