Publicidad

Justicia europea excluye a banco sirio de lista de entidades bajo sanciones

La UE había estimado que el SIIB contribuyó a respaldar financieramente al régimen sirio.

AFP
11 de junio de 2014 - 04:27 p. m.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anuló este miércoles la inscripción del Banco Islámico Internacional de Siria (SIIB) de la lista de entidades sujetas a sanciones europeas.

"El hecho que el banco haya efectuado transacciones financieras para personas que disponen también de cuentas en otros dos bancos (objeto de sanciones de parte de la UE) no podría ser considerado como suficiente para justificar su inscripción", afirmó el Tribunal en su fallo.

La UE se había adelantado a fines de mayo a esta decisión al retirar a esta entidad de la lista.

El SIIB es un banco sirio cuyo capital está controlado por accionistas cataríes y sirios.

La UE había justificado sus sanciones (haberes congelados) contra SIIB argumentando que este banco oficiaba como "empresa pantalla" a cuenta del Banco Comercial de Siria (CBS), lo que permitía a éste evitar las sanciones que la UE impuso.

La UE denunció entonces que entre 2011 y 2012 el SIIB facilitó financiamiento por casi 150 millones de dólares al CBS, de manera clandestina.

Además, según la UE, habría facilitado varios giros consecuentes para el banco Syrian Lebanese Commercial Bank (SLCB), también sujeto a sanciones.

La UE había estimado entonces que el SIIB contribuyó a respaldar financieramente al régimen sirio.

En su fallo, el Tribunal estimó que la UE no logró probar que las transacciones efectuadas por el SIIB para clientes que disponen también de una cuenta en el CBS o el SLCB representan un riesgo particularmente elevado de que el dinero provenga del régimen sirio o de personas físicas o morales objeto de sanciones europeas.

El Tribunal subraya que los bancos CBS y SLCB no fueron designados debido a elementos relativos a sus clientes, sino debido a la pertenencia al Estado sirio para el primero y a su carácter de filial del CBS para el segundo.

El Tribunal señala igualmente que la UE no presentó ningún elemento que permita considerar que los clientes del SIIB están implicados en la represión violenta ejercida contra la población civil en Siria.

Por AFP

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar