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“La venta de Isagén no se ha finiquitado”: demandantes de la subasta

El Gobierno metió un “mico” en el reglamento para que la canadiense Brookfield se ganara el negocio, sugiere la Acción Popular.

Redacción Negocios
19 de enero de 2016 - 08:45 p. m.
“La venta de Isagén no se ha finiquitado”: demandantes de la subasta

La Acción Popular, radicada por un grupo de senadores, solicita a los magistrados del Tribunal Superior de Cundinamarca, suspender la enajenación de Isagén. La intención de los políticos es que esa decisión se tome antes del 27 de enero, fecha que quedó establecida para que Brookfield desembolse $6,4 billones que ofreció por la generadora de energía.

Ahora bien, los argumentos que tienen los senadores Antonio Navarro, Jorge Robledo, Viviane Morales, Sofía Gaviria y Ernesto Macías, para intentar deshacer el negocio, son extraídos del mismo reglamento que diseñó el Ministerio de Hacienda para hacer la subasta y vender el 56,7% de su participación en la generadora de energía.

De entrada, en el documento de 37 páginas los congresistas sostienen que las normas “por medio de las cuales se aprobó el programa de enajenación de Isagén, no autorizan que el mecanismo de subasta se pueda surtir con un oferente único”, y que si bien esa posibilidad aparece en el reglamento de enajenación, no está en el cuerpo de dicho reglamento, es decir “parece una regla introducida como un salvavidas arbitrario e ilegal en caso de que solo exista un oferente, o sabiendo que así sucedería”.

Otro de los cuestionamientos que letra a letra le hacen los congresistas al reglamento con el que el Gobierno vendió Isagén, expone que la cartera, para justificar la subasta con único oferente, invocó normas del régimen de contratación estatal, como el Decreto 1082 de 2015, “que no es aplicable al proceso de enajenación de Isagén, por expreso mandato del artículo 2 de la Ley 226 de 1995, norma especial que sí regula la enajenación de acciones públicas”.

Al contrario, dicen los congresistas, lo que hizo el Gobierno fue ampararse en ese único literal, que a juicio de los demandantes, es el que parece un “mico” de última hora. Textualmente resaltan dicho numeral del reglamento: “Única Oferta Económica Aceptable: En el evento en que se reciba una sola oferta económica aceptable, se procederá a declarar como inversionista adjudicatario al respectivo Inversionista preclasificado”.

En lo que insisten los demandantes es que “la anterior disposición, es la única norma del proceso de enajenación en la cual se ampara el Ministerio de Hacienda para asegurar que si es posible realizar una “subasta” con oferente único”. Sin embargo, señalan, que de una lectura cuidadosa de ese apartado se puede advertir que “el hecho de que exista una única oferta económica aceptable, no se puede inferir que esto autorice un único oferente, pues pueden presentarse varios oferentes, de los cuales solo resulte una única oferta económica aceptable”.

Palabras más, palabras menos, única oferta económica aceptable no es sinónimo de oferente único, y por el contrario dicen que la disposición que invoca el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, hace expresamente alusión a la posibilidad de que dentro de las diferentes ofertas económicas (pluralidad de oferentes), “solo una haya contado con el cumplimiento de los requisitos, situación que no afectaría la libre competencia”, y tampoco que el oferente pague el precio mínimo de la acción, como ocurrió en el caso de Isagén, puntualiza.

Por esta razón, “como la venta de Isagén no se ha finiquitado”, solicitaron al Tribunal, una medida de cautelar de urgencia para que se suspenda la venta de Isagén y Brookfield no alcance a pagar el dinero antes del próximo 27 de enero. Según los demandantes, “de no decretarse de manera inmediata la suspensión de ese procedimiento, se ocasionaría un perjuicio irremediable”, ya que existen otras tutelas que se presentaron antes de la subasta y que hasta la fecha no han sido resueltas.

Por Redacción Negocios

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