El presidente Raúl Castro duplicó este jueves de 50 a 99 años el máximo "derecho de superficie", condiciones con las cuales Cuba concede a nacionales o extranjeros terrenos estatales para construcciones u otras actividades.
Un decreto bajo su firma, publicado en la Gaceta Oficial, señala que "el derecho de superficie puede concederse por un término de hasta noventa y nueve años", derogando el plazo máximo de 50 años establecido en el Código Civil vigente desde 1987.
Cuba, que se abrió a la inversión extranjera en 1994, ha promovido las empresas mixtas o, en algunos casos 100% extranjeras, pero nunca el terreno donde se asientan deja de ser estatal, sino que se suscribe un contrato de "derecho de superficie".
El documento, firmado el 19 de julio, fue publicado este jueves en la Gaceta Oficial, en su versión digital, lo que marca su puesta en vigor.
La publicación coincide con anuncios oficiales de construcción de 16 enclaves residenciales con campos de golf, para los cuales se hacen los arreglos jurídicos pertinentes, según el ministerio de Turismo.
Según la ley, el disfrute del terreno puede ser gratuito u oneroso, se le puede conceder a personas naturales o jurídicas, Estados extranjeros, organismos internacionales, es transferible, y puede extinguirse por desaparición de la persona jurídica, infracción de las condiciones contractuales u otras causas.