Conozca cómo y dónde votar el plebiscito en el exterior

Serán 1.372 mesas ubicadas en 203 puestos de votación. Ciudadanos colombianos de 138 ciudades, en 64 países, podrán acercarse a las urnas y marcar “Sí” o “No” en el tarjetón.

Redacción Internacional
07 de septiembre de 2016 - 10:24 p. m.
Conozca cómo y dónde votar el plebiscito en el exterior

La Cancillería y la Registraduría Nacional dieron a conocer el proceso para votar el plebiscito, con el que los colombianos decidirán el próximo 2 de octubre si aprueban o no los acuerdos alcanzados en La Habana entre Gobierno y Farc. La principal novedad de la jornada de votación es que se llevarán a cabo en un solo día (2 de octubre), a excepción de otras votaciones fuera del país que duran hasta una semana. Serán 1.372 mesas ubicadas en 203 puestos de votación. Ciudadanos colombianos de 138 ciudades, en 64 países, podrán acercarse a las urnas a votar “Sí” o “No” en el plebiscito.

¿Quiénes pueden votar?

No se realizará nueva inscripción de cédulas para la votación del plebiscito. Por lo tanto, en el proceso podrán participar aquellos colombianos residentes en el exterior que estén inscritos y pertenezcan al censo electoral del país en el que se encuentren. Es decir, podrán votar, en el consulado donde tienen inscrita su cédula, los que hicieron parte del censo electoral de 2014.

Quienes hayan realizado el trámite de su cédula de ciudadanía por primera vez en el consulado del país en el que viven, y ya posean su documento de identificación, automáticamente están inscritos en ese puesto de votación.

Otro punto importante es el documento con el que deben votar. También pueden ejercer su derecho aquellos ciudadanos que solicitaron su cédula por primera vez antes del 2 de junio de 2016 y que ya cuenten con el documento original. Esto, debido a que ni la contraseña ni el pasaporte pueden ser presentados para votar el plebiscito.

¿En qué países se podrá votar el plebiscito?

Se espera que 599.026 ciudadanos colombianos en el exterior voten el plebiscito. 313.598 mujeres y 285.428 hombres, podrán votar el próximo 2 de octubre. Los 64 países que tendrán puestos de votación son:

Alemania, Argentina, Curazao, Antigua y Barbuda, Aruba, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Canadá, Corea del Sur, Costa Rica, Cuba, Chile, China, Chipre, Dinamarca, Ecuador, Egipto, El Salvador, Emiratos Árabes, España, Estados Unidos, Filipinas, Finlandia, Francia, Ghana, Grecia, Guatemala, Holanda, Honduras, India, Indonesia, Inglaterra, Irlanda, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Kenia, Líbano, Malasia, Marruecos, México, Nicaragua, Nueva Zelanda, Noruega , Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Puerto Rico, República Dominicana, Rusia, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia, Turquía, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.

Estados Unidos es el país con mayor número de puestos de votación, con 50, a cargo de 11 consulados.

Comités de campaña

Los colombianos en el exterior podrán conformar comités de campaña por el “Sí” o por el “No”, que estarán integrados por mínimo tres y máximo nueve personas. Dichos comités deberán ser inscritos ante el consulado respectivo, diligenciando un formulario que podrán encontrar en la página web del Consejo Nacional Electoral, disponible en este enlace. El plazo para registrar los comités de campaña es el 13 de septiembre y podrán postular jurados de votación hasta el 7 de septiembre.

¿Qué hay de los jurados de votación?

Todo ciudadano colombiano mayor de 18 años y menor de 60 años que viva en el exterior podrá ser seleccionado, mediante sorteo, como jurado de votación. Sus funciones serán atender el proceso de votación, realizar el conteo de votos en su mesa, registrar los resultados en los documentos electorales y expedir el certificado electoral para los sufragantes.

Quienes voluntariamente quieran ser jurados de votación, tendrán que acercarse al consulado más cercano y postularse. Tras el sorteo, el cónsul hará la designación 10 días antes de la votación, y la notificación del nombramiento se fijará en un lugar público.

Se designarán cuatro jurados por cada una de las mesas, dos principales y dos suplentes. Serán 5.488 jurados que deberán atender los 203 puntos y mesas de votación.

Testigos electorales

Las campañas podrán postular testigos electorales, que serán los encargados de vigilar el proceso de votación y conteo. Será un testigo electoral por mesa por cada una de las opciones.

El plazo para que los comités de campaña presenten la lista con los nombres de quienes deseen postular como testigos, es hasta el 1 de octubre de 2016. Dicho proceso se hará ante el Registrador del Estado Civil.

Ambas campañas podrán postular auditores de sistemas que vigilen los procedimientos tecnológicos que se lleven a cabo durante el proceso de votación y escrutinios.

Fechas clave

9 - 15 de septiembre: Designación de Jurados de Votación.

12 de septiembre: Selección de Delegados del Consejo Nacional Electoral.

13 de septiembre: Vence inscripción de los comités de Campaña por el “Sí” o por el “No”.

21 de septiembre: Publicación del Censo Electoral en el diario oficial del país.

22 de septiembre: Fecha límite de publicación de listas de jurados de votación.

1 de octubre: Vence plazo para postulación y acreditación de los testigos electorales.

2 de octubre: Día de votación del plebiscito tanto en Colombia como en el exterior.

Por Redacción Internacional

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