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El gran error de Nicaragua

El nuevo recurso, presentado a la Corte Internacional de Justicia, podría darle la razón al presidente Santos sobre la necesidad de un tratado para aplicar el fallo que le quitó 75.000 kilómetros cuadrados de mar a Colombia.

Ricardo Abello Galvis *
17 de septiembre de 2013 - 10:00 p. m.
El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, ha manifestado en los últimos días la necesidad de  dialogar con Colombia para aplicar el fallo de la CIJ, emitido el 19 de noviembre de 2012.
El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, ha manifestado en los últimos días la necesidad de dialogar con Colombia para aplicar el fallo de la CIJ, emitido el 19 de noviembre de 2012.
Foto: EFE - César Pérez

Nicaragua volvió al ataque jurídico el lunes 16 de septiembre de 2013 al presentar una nueva demanda contra Colombia ante el tribunal de La Haya en la que, de acuerdo con el comunicado emitido por el gobierno nicaragüense, “solicita a la Corte Internacional de Justicia que falle y declare el ‘rumbo exacto’ de la frontera marítima entre Nicaragua y Colombia en las zonas de la plataforma continental que pertenecen a las partes más allá de los límites determinados por la Corte en su sentencia del 19 de noviembre de 2012”. Lo que Managua está solicitando es lo que considera su derecho y que la Corte no le reconoció en la medida que “no ha establecido que posee un margen continental que se extiende tanto como para superponerse con el derecho de Colombia a 200 millas náuticas de plataforma continental” (párrafo 129 de la sentencia del 19/11/2012), así es que “la Corte concluye que la solicitud de Nicaragua... no puede ser aceptada” (párrafo 131 de la sentencia del 19/11/2012).

De acuerdo con lo anterior hay varios puntos que vale la pena resaltar:

1. ¿Debemos comparecer ante la Corte Internacional de Justicia?

¡Sí debemos comparecer! La respuesta a esta pregunta es clara en la medida que la única forma de defender los derechos de un Estado es siendo parte de él. Los procesos se siguen adelantando independientemente de que el Estado comparezca o no. En este sentido sería muy grave no comparecer, ya que Nicaragua sería el único que estaría presentando y argumentando sus posiciones ante el tribunal.

2. ¿Es competente la Corte Internacional de Justicia para conocer de este caso?

Este punto es el primero que se debe entrar a debatir en la medida que el Pacto de Bogotá no es claro en lo relativo al momento en el que deja de ser competente la Corte para conocer de un caso. En efecto, el artículo LVI señala que “la denuncia no tendrá efecto alguno sobre los procedimientos pendientes iniciados antes de transmitido el aviso respectivo”.

A pesar de ser confuso, se puede entender que la Corte deja de ser competente desde el momento mismo en el que se transmitió el aviso de denuncia. Sin embargo, la primera parte de este artículo establece que el plazo de denuncia es de un año. De acuerdo con lo anterior, si la Corte acepta la hipótesis colombiana, la primera, carecería de competencia para conocer del caso; de lo contrario, si acepta la segunda, sí podría conocer la demanda presentada por Nicaragua en la medida que el plazo de un año aún no se ha vencido.

3. ¿Son razonables los argumentos nicaragüenses?

Creo que este es el punto más interesante de este proceso, ya que Nicaragua está solicitando una plataforma continental extendida, de acuerdo con lo estipulado en la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, tratado que no ha sido ratificado por Colombia, pero que tiene un alto porcentaje de artículos considerados normas consuetudinarias y que, en consecuencia, le son aplicables a Colombia.

Con relación a lo señalado por esta convención, Colombia goza de unos derechos en el mar Caribe que son claros y por esta razón es absurda la teoría de Nicaragua de solicitar una plataforma continental extendida en un mar en el que varios estados tienen intereses. Es decir, mal podría la Corte entrar a delimitar esos espacios sin la presencia de todos los interesados.

Además, se le olvida a Nicaragua en sus pretensiones verbales (no se conoce aún el escrito) que con Colombia tiene una costa enfrentada, y por esta razón sus pretensiones carecen de fundamento válido.

4. ¿Se trata de un error estratégico de Nicaragua?

De acuerdo con el análisis del punto anterior, creo que sí se trata de un error estratégico. En primer lugar, porque una vez presentada la demanda ya no podrá invocar estos argumentos en su sirirí político, en el que sale a “atacar” verbalmente a sus vecinos cada vez que tiene un problema en su política interna; en segundo lugar, porque le está dando la razón al presidente Santos en que es necesario celebrar un tratado para poder aplicar el fallo del pasado 19 de noviembre de 2012, como consecuencia de lo difícil que es mantener relaciones diplomáticas con un vecino como Nicaragua.

* Profesor de derecho internacional de la Universidad del Rosario. Expresidente de la Academia Colombiana de Derecho Internacional.

Por Ricardo Abello Galvis *

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