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El Miti-miti llega a la CIDH

La historia de un proceso judicial interminable, con destinos adversos para sus protagonistas, que ahora interesa a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Redacción Judicial
22 de septiembre de 2014 - 10:52 p. m.
El Miti-miti llega a la CIDH

Hace 17 años, una interceptación telefónica ilícita filtrada a la prensa, dio origen al escándalo del Miti-miti. Una llamada del entonces ministro de minas Rodrigo Villamizar a su colega de comunicaciones Saulo Arboleda, en la que el primero recomendó una emisora en Cali para que fuera adjudicada en una licitación pública y el segundo aceptó ayudarle, derivó en un insólito laberinto judicial que ahora evalúa con interés la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Desde noviembre de 2002, el organismo internacional tenía la petición del ex ministro Arboleda para que estudiara su reclamo por presunta violación de sus garantías judiciales. Once años después, la CIDH dispuso la reactivación del caso. Al menos para entender cómo el ex ministro Villamizar fue favorecido por la justicia y su responsabilidad quedó a salvo, mientras a Arboleda se le sigue negando la opción de controvertir la sentencia que lo tuvo preso 54 meses.

Un acertijo judicial que empezó a configurarse el segundo semestre de 1997. Entre 679 propuestas, el Ministerio de Comunicaciones debía adjudicar 100 frecuencias de radio en FM. Después de los trámites legales, la audiencia pública para hacerlo se fijó para el 11 de julio. Sin embargo, dos días antes, la Procuraduría conceptuó que no debía utilizar la balota como criterio de desempate y que la licitación debía declararse desierta para acceder a la contratación directa.

Así lo hizo Saulo Arboleda y el 24 de julio adjudicó directamente 81 emisoras, entre ellas la que pretendía el periodista deportivo Mario Alfonso Escobar en Cali, empatada y considerada elegible por el Comité Evaluador junto a nueve propuestas. Tres semanas después, la revista Semana reveló la conversación en la que el ministro Villamizar recomendaba justamente esa estación radial para un amigo suyo, y acto seguido estalló el escándalo mediático.

Los efectos fueron inmediatos: a las 24 horas, los ministros Villamizar y Arboleda renunciaron; la Procuraduría y la Fiscalía abrieron sendas investigaciones; y se canceló la entrega de la emisora del dilema. Nunca estuvo al aire. En el tramo final del accidentado gobierno de Ernesto Samper, el comentario entre ministros de que el asunto de las emisoras debía resolverse “Miti para amigos del Presidente y miti para otros”, se convirtió en el tema nacional de moda.

A dos meses de concluir el gobierno Samper, por su rango de ministros, el fiscal Alfonso Gómez Méndez ordenó la detención de Villamizar y Arboleda por el delito de interés ilícito en celebración de contratos. En octubre de 1998 los llevó a juicio. El primero como determinador, el segundo como determinado. Villamizar por recomendar la emisora de su amigo; Arboleda por escogerla. En enero de 1999, la Procuraduría los multó con 90 días de salario.

En medio del escarnio público, Saulo Arboleda entendió que junto a su colega Villamizar, su suerte en los caminos judiciales también estaba decidida. Entonces preguntó a los medios, incluso a los que lo fustigaban, “¿Oí una recomendación del ministro Villamizar y voy a juicio, y los otros que recomendaron y ganaron o no ganaron, qué?”. Y recordó que Gómez Méndez, en la expectativa de ser nombrado fiscal, también le había recomendado una emisora para algunos amigos suyos en Chaparral (Tolima).

La respuesta a su reclamo público provino del vicefiscal de la época Jaime Córdoba Triviño, cuando expuso que era delito cuando la recomendación provenía de un funcionario público. El ministro Villamizar recomendó y Arboleda escogió la emisora. Con esa premisa, el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia en mayo de 1999. Pero el día 14, cuando apenas tomaba forma la audiencia pública de juzgamiento en única instancia, sucedió algo inesperado que cambió el rumbo del expediente.

La Corte Suprema de Justicia declaró su “incompetencia por ausencia de fuero legal” respecto a la conducta de Rodrigo Villamizar, lo que en lenguaje universal significó que su proceso pasó a un juez penal con derecho a doble instancia. El juicio en el alto tribunal siguió únicamente para el ex ministro Saulo Arboleda. La razón: la conducta de Villamizar no correspondía a sus funciones como ministro de minas, es decir, debía ser investigado como particular.

Se rompió la unidad procesal del caso Miti-miti, se anuló parcialmente todo lo actuado respecto al ex ministro Villamizar, y su expediente quedó en el despacho de un juez penal del circuito. Entonces Villamizar solicitó su libertad condicional y le fue concedida. Salió legalmente del país al tiempo que, en concurrida audiencia pública, Arboleda era procesado en la Corte. El 25 de octubre de 2000, Arboleda fue sentenciado a 54 meses de prisión como determinado en el delito de interés ilícito en celebración de contratos.

El juicio al ex ministro de comunicaciones fue seguido con interés en los medios de comunicación, por eso trascendió hasta la discrepancia final entre el magistrado Nilson Pinilla y su magistrado auxiliar Joaquín Rueda, respecto a cuál debía ser la ponencia a presentar a la Sala Penal. Rueda se negó a proyectar sentencia de condena como se lo solicitó el magistrado Pinilla y prefirió renunciar a su carrera judicial de casi 40 años. Su renuncia se filtró a la prensa y obró de antesala a un fallo anunciado.

Cerrado el primer capítulo del caso Miti-miti, los implicados quedaron situados en caminos distintos. En libertad y desde el exterior, obrando a través de su abogado, el ex ministro Villamizar siguió atento el desarrollo de su proceso. El 4 de diciembre del año 2001, el juzgado 53 penal del circuito lo condenó a 52 meses de prisión y multa de 14 salarios mínimos legales, en calidad de determinador privado en el delito de interés ilícito en celebración de contratos.

Desde el exterior, Villamizar apeló y, en diciembre de 2002, el Tribunal Superior de Bogotá rebajó su sentencia. Luego interpuso recurso de casación ante la Corte Suprema esgrimiendo su nuevo as jurídico para echar abajo la causa penal: fue juzgado con una investigación del fiscal Gómez Méndez cuando se le procesó por su condición de ministro, pero después se aceptó que obró como particular y solo podía indagarlo un fiscal ordinario. En noviembre de 2003, la Corte Suprema confirmó su condena.

Entre tanto, Saulo Arboleda, detenido en su apartamento y luego en una estación de policía, condenado en única instancia por la Corte Suprema, apeló al único camino para su expediente: la tutela. La presentó enumerando varias vías de hecho en su caso: una investigación basada en una interceptación telefónica ilícita, ausencia de procedimiento por la modificación de la conducta atribuida a Villamizar, y que la emisora no se entregó, por lo tanto, nunca hubo perjuicio económico para el Estado.

En dos instancias, la tutela fue negada pero la Corte Constitucional la escogió para revisión. Con tres salvamentos de voto y un magistrado impedido –el ex vicefiscal Jaime Córdoba-, el criterio de cinco magistrados sentenció la suerte del ex ministro Arboleda. El 6 de marzo de 2002, la Corte Constitucional rechazó su tutela. Agotada toda opción de controversia judicial en la jurisdicción colombiana, el 30 de octubre el ex ministro Arboleda demandó al Estado colombiano ante la CIDH.

Lo hizo argumentando violación a sus derechos fundamentales a las garantías judiciales, la intimidad, la igualdad y la protección judicial, consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El 6 de noviembre de 2002, el entonces secretario ejecutivo de la CIDH, Santiago Canton, informó oficialmente a Saulo Arboleda que su petición quedaba bajo estudio y registrada bajo el número P-4449-02, y que se pondrían en contacto oportunamente.

Transcurrieron once años para que lo hicieran. En septiembre de 2013, cuando el caso Miti-miti ya parecía cosa juzgada, Arboleda fue sorprendido con una comunicación de la CIDH solicitándole dos ejemplares de su libro “Los secretos del Miti-miti”, publicado por el ex ministro en noviembre de 2002 con todos los pormenores del asunto. Once años en los que el tema se había seguido moviendo desde los enredos judiciales de los dos protagonistas.

Sobre todo porque en febrero de 2006, nueve años después de la publicación periodística que desató el escándalo, la Corte Constitucional anuló todo lo actuado por la justicia en el caso del ex ministro Rodrigo Villamizar, incluida la sentencia condenatoria en su contra proferida por un juez en 2001 y confirmada en doble instancia. Su argumento fue la violación al debido proceso porque siendo particular, como lo admitió la Corte Suprema, nunca debió investigarlo el fiscal Gómez Méndez.

Con esta decisión, la prescripción del caso Villamizar quedó anunciada y su expediente pasó al despacho de un fiscal ordinario, conminado a reiniciar la pesquisa del Miti-miti desde antes de la actuación del Fiscal. Cuatro meses después, el Consejo de Estado anuló la sanción de la Procuraduría a los ex ministros. Lo hizo porque el entonces procurador Jaime Bernal Cuéllar utilizó como prueba la conversación telefónica interceptada ilícitamente y ordenó investigarlo, con manipulación “burda y grosera” de las evidencias.

En ese momento, con las sanciones disciplinarias sin validez jurídica y el supuesto determinador del Miti-miti favorecido por la anulación de su proceso, Arboleda se la volvió a jugar por la tutela. Esta vez basado en que si la investigación del fiscal Gómez Méndez era nula, como había concluido la Corte Constitucional, debía serlo para ambos ministros. De lo contrario era admitir que para rescatar a Villamizar era inválida pero para condenar a Arboleda era correcta.

En su segunda tutela, Arboleda insistió en su mayor reparo: si Villamizar no obró como ministro para recomendar la emisora de su amigo y lo hizo como particular, o no hubo delito como lo resaltó el ex vicefiscal Córdoba cuando dijo que éste solo se configuraba cuando era conducta de un funcionario público, o debieron ser procesados otros particulares que recomendaron, como prestantes periodistas, empresarios, jerarcas de la Iglesia o incluso el propio ex fiscal Gómez Méndez.

En diciembre de 2008, la Corte Suprema de Justicia rechazó la segunda tutela de Saulo Arboleda. Además de su negativa a considerarla contra una providencia judicial, lo hizo también porque, en su criterio, no debían tenerse en cuenta los fallos de la Procuraduría en la controversia penal y porque no se podía predecir lo qué iba a suceder con Villamizar en la justicia ordinaria. Más rápido de lo esperado se supo. En agosto de 2009, una fiscal admitió que su expediente había prescrito.

Eso sí, la fiscal dejó a salvo su responsabilidad explicando que recibió el caso en 2006 y que, a pesar de sus continuos requerimientos judiciales y varios exhortos a los consulados de Estados Unidos y España, Rodrigo Villamizar nunca compareció a la justicia. En la práctica, doce años después de destapado del Miti-miti, el supuesto determinador Villamizar quedaba absuelto de toda acción penal por prescripción y el determinado Arboleda, cargando con el lastre social de su condena.

Sin resignarse ante este contradictorio veredicto, en marzo de 2010 Arboleda presentó acción de revisión ante la Corte Suprema de Justicia. Este alto tribunal ya le había inadmitido un recurso similar en 2007 porque no planteó situaciones nuevas que obligaran a reestudiar el caso. Esta vez, el ex ministro Arboleda sustentó que la evidencia nueva era la preclusión de su colega Villamizar, de quien judicialmente siempre se dijo que había influido para que Arboleda le asignara la emisora a su amigo de Cali.

A comienzos de 2011, con el argumento de que estaba mal estructurada, la Corte Suprema inadmitió la nueva solicitud de revisión, presentada por Arboleda. Además concluyó que la absolución por prescripción de Rodrigo Villamizar no implicaba su inocencia y, por supuesto, tampoco la de su ex colega. Entonces Saulo Arboleda regresó a la acción de tutela. Pero esta vez el Consejo Superior de la Judicatura se la negó en 2012 advirtiéndole que su camino jurídico adecuado era la acción de revisión.

Sometido a una especie de ping pong jurídico entre peticiones de revisión inadmitidas y tutelas concluyendo que lo consecuente era la revisión, Saulo Arboleda entendió que su pelea jurídica estaba agotada. Dedicado a su familia y a sus negocios personales, lejos de los círculos políticos, empresariales y mediáticos en los cuales fue muy requerido cuando tuvo a su cargo decisiones de poder, ya estaba dispuesto a olvidarse de su expediente para siempre cuando reapareció la CIDH.

Primero para pedirle copias de su libro “Los secretos del Miti-miti” y el 20 de septiembre de 2013, con firma de su entonces secretaria ejecutiva adjunta Elizabeth Abi-Mershed, para notificarlo de que su caso había sido admitido, que se le daba un plazo de tres meses al gobierno colombiano para presentar sus observaciones, y que la CIDH quedaba a disposición del Estado y del peticionario, en caso de que ambos quisieran llegar a una solución amistosa fundada en el respeto a los derechos humanos.

El 20 de diciembre de 2013, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado contestó a la CIDH. El organismo argumentó que la solicitud de Arboleda fue extemporánea; que el ex ministro quiere utilizar el Sistema Interamericano de Protección de Derechos humanos como cuarta instancia después de una condena y varias tutelas; que la absolución de Rodrigo Villamizar es posterior a los fallos contra Arboleda; y que en Colombia Arboleda todavía cuenta con la revisión como mecanismo de defensa.

La demanda contra el Estado colombiano sigue su trámite en la CIDH. En lo que va corrido de 2014, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado ha pedido prórrogas para presentar sus conclusiones finales, tras observaciones presentadas por el ex ministro Arboleda. A petición del organismo internacional, esta semana el ex ministro de comunicaciones viajó a Estados Unidos para hablar de su caso. Antes de hacerlo, el ex funcionario informó a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado.

Según él, tiene tan clara su defensa que la resume en pocas frases. “Me condenaron porque violé la ley de contratación pero después el Consejo de Estado admitió que fue una licitación “legal, objetiva y transparente”. Me condenaron porque no usé LA balota para desempatar pero lo hice por acatar una orden del Procurador dos días antes de adjudicar las emisoras. Me condenaron por atender la recomendación de un ministro que después resultó que no lo era y que siempre obró como particular”.

Luego concluye: “No entiendo por qué si la recomendación del particular Villamizar no era delito terminé condenado y por qué otras recomendaciones privadas no son iguales. Tampoco por qué la Corte Constitucional anula la investigación a los dos ex ministros, y la decisión es válida para Villamizar pero no para mí. Dos veces pedí revisión en la Corte Suprema y la inadmitieron. Apelo a la tutela y dicen que debo presentar revisión. Confío en que la CIDH desentrañe el laberinto judicial al que estoy sometido hace 17 años”.

Por Redacción Judicial

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