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El mito del meridiano 82

Hay otra forma de entender las “pérdidas de mar” que sufrió el país con el fallo de la Corte Internacional de Justicia.

Daniel Salgar Antolínez
14 de mayo de 2014 - 03:03 a. m.
El mito del meridiano 82

Durante los alegatos orales ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el caso del diferendo limítrofe entre Nicaragua y Colombia, el abogado Paul Reichler, del equipo jurídico nicaragüense, indicó que el agente de Managua ante la Corte, Carlos Argüello, se había quedado corto al comparar a Colombia con una reina del Caribe por sus excesivas pretensiones territoriales, ya que él consideraba que el país suramericano lucía más bien como los “piratas del Caribe”. En 2012 la CIJ emitió el fallo que generó una turbulencia política y jurídica, pero que hasta ahora no ha cambiado mucho las cosas en el terreno. Cabe preguntarse, sin embargo, si Colombia sigue siendo la reina o el pirata. (Ver galería Colombia y sus fronteras en el Caribe).

En 1969, a raíz de la autorización dada por Nicaragua para hacer exploraciones petroleras al oriente del meridiano 82, funcionarios del gobierno le recomendaron al presidente Carlos Lleras Restrepo que, ante esas pretensiones, tal vez se podría defender el meridiano como frontera marítima, pues éste era mencionado en el acta de canje de 1930 del tratado Esguerra-Bárcenas (firmado en 1928 con Nicaragua), en la que se decía que el archipiélago de San Andrés no se extendía al occidente del meridiano 82.

Esa posibilidad fue acogida por el presidente y quedó formalizada en una nota del 4 de junio de ese año, en la que el gobierno colombiano le recordó a Managua que el meridiano 82 era el límite entre ambos países, lo cual fue rechazado por el vecino centroamericano. Esa posibilidad, además, se convirtió desde entonces en una defensa continua y sostenida por los siguientes gobiernos, por lo menos hasta 2007. No obstante, durante todos esos años la inmensa mayoría de asesores de Colombia en la materia advirtieron que el meridiano no estaba formalmente establecido en el Esguerra-Bárcenas como límite marítimo.

En 1996 el Gobierno se asesoró de tres prominentes abogados internacionalistas. Neville Maryan-Green dijo que sería inteligente que, si las circunstancias políticas lo permitían, las autoridades colombianas comenzaran a preparar a la opinión pública del país sobre la posibilidad de que alguna de las áreas marítimas que se encontraban bajo su jurisdicción pudieran perderse. Prosper Weil, sir Arthur Watts y Santiago Torres Bernárdez, sin comunicarse entre sí y de escuelas diferentes, fueron enfáticos en que el meridiano no era límite. “Era contrario a toda evidencia y a las normas del derecho internacional. Eso lo repitieron luego todos los asesores durante el caso”, dicen fuentes a este diario.

Pero después de que Colombia había hecho presencia durante décadas hasta ese meridiano y había trazado sus mapas en el Caribe con ese límite, era estratégicamente recomendable defenderlo como una frontera. Estas recomendaciones, así como la fragilidad del planteamiento del meridiano 82, fueron bien conocidas y aplicadas por los gobiernos de turno. Defender esa “frontera” fue una política de Estado cuyo resultado, visto por algunos como una pérdida y por otros como un triunfo, fue la delimitación marítima que hizo la CIJ entre Nicaragua y Colombia mediante el fallo del 19 de noviembre de 2012.

Al gobierno del presidente Álvaro Uribe le tocó, el 13 de diciembre de 2007, el comienzo del fin del mito del meridiano 82. La CIJ, en el fallo sobre las excepciones preliminares del diferendo entre Nicaragua y Colombia, decidió que el meridiano no constituía una frontera marítima. Ese detalle pasó casi desapercibido en medio de la victoria colombiana porque, en esa misma sentencia, la Corte determinó que a Colombia le pertenecían las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, sobre las que Managua reclamaba soberanía.

Desde entonces se supo, aunque tal vez no se divulgó lo suficiente, que la CIJ iba a decidir los nuevos límites en el mar y la soberanía sobre otros siete cayos del archipiélago. El fallo final le correspondió al gobierno de Juan Manuel Santos. La Corte trazó una frontera marítima muy distinta al meridiano 82 y le dio a Colombia soberanía sobre el resto de formaciones en disputa.

En Colombia hubo muchas reacciones en las esferas políticas y jurídicas y entre la opinión pública. Hay un sector de académicos, abogados e internacionalistas que aún defienden el meridiano como frontera marítima, incluida en el Esguerra-Bárcenas por petición del gobierno y el Congreso nicaragüenses, y dicen que la CIJ actuó más allá de sus competencias, violó tratados limítrofes y abrió así una caja de Pandora de potenciales pleitos entre estados vecinos del Caribe.

El meridiano 82 no era el único límite que carecía de una estabilidad jurídica consolidada antes del fallo. El tratado Fernández-Facio fue firmado con Costa Rica el 17 de marzo de 1977 e incorporado a la legislación colombiana en 1978, pero jamás fue ratificado por San José, porque lo consideraba lesivo para sus propios intereses en el Caribe. Cuando fue firmado, el tratado generó rechazo entre los costarricences, que veían afectados sus derechos marítimos, los cuales irían más allá de lo pactado con Colombia. El gobierno colombiano inició una gestión política hacia Costa Rica para lograr la ratificación, pero sólo se consiguió mantener las buenas relaciones. Mientras tanto, sin embargo, se trazaron en el mapa los límites con Costa Rica como si estuvieran legalmente establecidos.

El tratado Ramírez-López con Honduras se firmó en 1986 y ese país se negó a ratificarlo durante 13 años. En realidad, a quienes correspondía hacer una delimitación en esa área era a Honduras y Nicaragua, por sus costas adyacentes. Y estuvieron a punto de hacerlo. Trazar esa línea, cualquiera que fuera, implicaba que todas las áreas al sur de ella eran de Nicaragua y al norte (incluyendo Serranilla y Bajo Nuevo) eran de Honduras. Sin embargo, ambos países estuvieron a punto de entrar en guerra y los hondureños resolvieron negociar con Colombia y firmar el tratado.

Una parte de la sociedad hondureña y varias figuras políticas de ese país rechazaron el tratado, porque sentían que violaba sus derechos marítimos y acababa con sus pretensiones sobre Serranilla, que incluso había sido incluida en el artículo 10 de la Constitución hondureña de 1982. Sin embargo, en 1999, Honduras lo ratificó.

El rechazo de Nicaragua fue inmediato. Interpretaron como un ultraje la firma de un tratado en el que el meridiano 82 aparecía como la frontera de Colombia con Nicaragua y en el que se reconocía el paralelo 15 como la frontera marítima entre Honduras y Nicaragua. Según informes de la Cancillería nicaragüense, “a través del tratado López-Ramírez, Honduras y Colombia, en abierta contravención del ordenamiento jurídico internacional, se reparten entre sí una extensa porción del territorio de Nicaragua en el mar Caribe, pretendiendo reducir a la mínima expresión su plataforma continental, mar territorial y zona económica exclusiva y lesionando sus territorios insulares”.

Antes del canje de los instrumentos de ratificación del Ramírez-López, Managua demandó a Honduras ante la CIJ y pidió la delimitación de una frontera única entre las aguas territoriales, la meseta continental y las zonas económicas de exclusión que Nicaragua y Honduras tienen en el mar Caribe. Por eso, dicen las fuentes, ese tratado “se volvió contencioso antes de que entrara en vigor. No obstante, desde 1986, cuando se firmó, los mapas de Colombia se dibujaron hasta allá”. El 8 de diciembre de 2007, la CIJ emitió una sentencia en el diferendo entre Nicaragua y Honduras, con la cual estableció una nueva frontera entre ambos países, distinta a la que había quedado configurada a través del Ramírez-López.

Además de estos tres tratados valdría la pena examinar si el fallo afectó o no otros, como el Liévano-Boyd con Panamá; el Sanín-Robertson, por el cual se acordó un “área de régimen común” con Jamaica en los cayos de Serranilla y Bajo Nuevo, y el Vázquez-Saccio, con EE.UU, por el cual se llegaron a acuerdos de pesca en los cayos de Quitasueño, Roncador y Serrana.

Pero basta mirar las “fronteras” con Nicaragua, Costa Rica y Honduras, que fueron durante décadas tomadas como una jurisdicción marítima consolidada de Colombia, para hacerse una idea de por qué el fallo de la CIJ generó un sentimiento de “pérdida” entre los colombianos. Las fuentes lo reiteran: “para definir cuál es ‘la pérdida’ habría que conocer la extensión original del área que se tenía antes del fallo. Al no existir límites consolidados jurídicamente con Nicaragua al occidente, con Honduras al norte y con Costa Rica en el suroeste, resulta imposible establecer el área marítima a partir de la cual se pudiera medir lo que se perdió. Las cuentas son ficticias y las podemos hacer entre nosotros, pero no ante la Corte”.

¿De dónde salió esa cifra de 75.000 km² que supuestamente perdió Colombia y que muchos medios, incluido El Espectador, repiten constantemente? Lo que “perdió” Colombia no fue una porción de mar sino la ilusión, sostenida desde 1969, de que el meridiano era un límite legalmente establecido. Lo que sí está claro es que con el fallo final el archipiélago de San Andrés quedó con un área marítima de 140.000 km² y que Colombia tiene hoy el 64% del Caribe occidental. “Seguimos siendo la reina del Caribe”, decía en una entrevista con este diario Julio Londoño, el principal negociador de Colombia con todos los vecinos caribeños y el defensor del país en el caso contra Nicaragua.

El fallo de la CIJ no ha sido aplicado y la Corte Constitucional colombiana determinó que no es posible modificar los límites del territorio colombiano sin la existencia de un tratado debidamente aprobado por el Congreso y ratificado por el presidente. En opinión de Nicolás Carrillo Santarelli, experto en derecho internacional de la Universidad Autónoma de Madrid, “esta sentencia no zanja en absoluto el debate sobre la controversia de la frontera marítima entre Nicaragua y Colombia, y ello se debe a que la Corte Constitucional examinó la constitucionalidad de ciertas disposiciones del Pacto de Bogotá, sin referirse expresamente al caso contencioso con Nicaragua, que estaba fuera del objeto de estudio de la sentencia”. Para Carrillo, así como para otros expertos, la CIJ no “modificó” la frontera marítima, porque ésta no existía previamente, “sino que aclaró y delimitó los espacios marítimos sobre los cuales tiene jurisdicción cada uno de los estados, y en la sentencia dejó claro que la frontera no había sido establecida con anterioridad a la decisión de la Corte”.

Hasta hora, sin embargo, todo comienza y termina en el meridiano 82. El gobierno colombiano sigue “ejerciendo soberanía” hasta allá. La gobernadora del departamento de San Andrés, Aury Guerrero, lo dijo la semana pasada en este diario: “Para nosotros, el meridiano 82 sigue siendo el límite”. Asimismo, las fronteras del Caribe siguen como estaban antes de la sentencia. La canciller, María Ángela Holguín, anota que “los tratados de Colombia con sus vecinos del Caribe debidamente suscritos y ratificados están plenamente vigentes. Las fronteras allí establecidas no pueden desconocerse ni modificarse unilateralmente y, por tratarse de límites, se caracterizan por su permanencia, como lo ha sostenido la CIJ en su jurisprudencia”.

 

 

dsalgar@elespectador.com

@DanielSalgar1

Por Daniel Salgar Antolínez

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