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La Haya blinda a Alemania de reparar crímenes nazis

El fallo contra una demanda de Italia frena un aluvión de querellas.

Isabel Ferrer, La Haya / El País de España
06 de febrero de 2012 - 03:03 p. m.

El Tribunal Internacional de Justicia de Naciones Unidas (TIJ) falló contra Italia en un caso complejo que mezcla la inmunidad estatal con las reparaciones exigidas por las víctimas causadas por los nazis durante la II Guerra Mundial. En una demanda presentada por Alemania contra Italia en 2008, el TIJ ha decidido que los jueces italianos violaron la soberanía germana al permitir que uno de sus ciudadanos, Luigi Ferrini, pidiera una indemnización por los trabajos forzados a los que los obligaron los nazis.

La decisión dejará sin efecto otras demandas similares ya cursadas en Italia y sienta un precedente en cuanto a las causas de reparación por crímenes de guerra abiertas a escala nacional contra Alemania. Según los jueces de la ONU, "la inmunidad de los Estados frente a cortes extranjeras viene refrendada por el derecho internacional. Italia quebrantó su obligación de respetarlo al dejar que se tratara un asunto de derecho humanitario referido a los crímenes cometidos por Alemania entre 1943 y 1945". El Tribunal de La Haya ordena asimismo a Roma que se asegure de que no vuelva a ocurrir.

A pesar de que Italia y Alemania fueron aliadas durante la guerra, muchos italianos acabaron siendo prisioneros de las tropas nazis. La mayoría hicieron trabajos forzados lejos de su casa. Luigi Ferrini fue uno de ellos. Deportado hacia el final de la contienda, tuvo que trabajar en la industria armamentista germana. Nunca recibió una compensación por lo ocurrido. En 2004, el Supremo italiano falló en su favor y abrió la puerta a otras peticiones de reparación de guerra similares. En estos momentos, hay por lo menos 500 compatriotas suyos que han presentado en su tierra casi un centenar de demandas.

El fallo también afecta a la demanda de reparación presentada en Italia por un grupo de familiares de víctimas griegas de una masacre, perpetrada en 1944 en la ciudad de Distomo. En este enclave griego perecieron 214 civiles en el peor crimen de la ocupación nazi. El fallo del Tribunal de Naciones Unidas ha negado también a Italia la facultad de tramitar demandas de este tipo cursadas por otros países. Para indemnizar a las víctimas propias y también a las griegas, los jueces italianos habían confiscado la Villa Vigoni, un centro cultural germano-italiano abierto cerca del lago de Como. La sentencia del TIJ deja sin efecto también esta medida.

En su defensa del caso, Italia argumentó que los abusos cometidos por las tropas alemanas equivalían a un crimen internacional. Estarían, por tanto, por encima de la soberanía estatal. Alemania, que recurrió al Tribunal de la ONU para evitar un aluvión de querellas similares, alegó que ello pondría en peligro los acuerdos con Israel y otros países que derivaron en compensaciones de guerra millonarias desde 1950. "El fallo muestra las tensiones existentes entre el derecho internacional y las cuestiones humanitarias, cuando la inmunidad de un Estado se pone en entredicho. En otras palabras, un Estado, en este caso Italia, no puede decir desde sus tribunales nacionales que es más soberano que Alemania, o cualquier otro", señala Jan-Anne Vos, experto en derecho internacional del Instituto Asser, en La Haya.

Si bien la parte jurídica de la decisión es inamovible, el TIJ hizo una consideración significativa. Durante la lectura, el presidente, Hisashi Owada, subrayó la sorpresa de que Alemania excluyera de sus compensaciones de guerra a las víctimas de trabajos forzados. "En Italia, la mayoría de los detenidos fueron llevados a trabajos forzados, pero no se les ha reconocido el estatuto de prisionero de guerra. Aunque ello no cambia el principio de inmunidad estatal, que no admite excepciones, las demandas de pagos que no se hayan satisfecho pueden ser negociadas en el futuro entre ambas partes", dijo.

Por Isabel Ferrer, La Haya / El País de España

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