Alquimia jurídica para salvar la paz

Antes del 10 de diciembre la Corte Constitucional podrá sacar del atolladero el acuerdo de paz y fortalecer el mecanismo especial para agilizarlo.

Norbey Quevedo Hernández
19 de noviembre de 2016 - 08:22 p. m.

El rumor comienza a tomar forma. Como estaba cantado desde la victoria del No en el plebiscito del 2 de octubre, la Corte Constitucional puede aportar el salvavidas que requiere el Gobierno para avanzar en el camino de la refrendación del proceso de paz sin obstáculos insalvables, y simultáneamente despejar el camino para que el mecanismo, con el fin de agilizar el cumplimiento del acuerdo de paz, tenga respaldo jurídico suficiente. Esta semana empezará el debate y se espera un fallo antes del 10 de diciembre.

Aunque antes de la votación del 2 de octubre la artillería jurídica estaba diseminada en ataques al acuerdo especial, el decreto de convocatoria al plebiscito y el acto legislativo que adoptó un procedimiento especial para tramitar las leyes o reformas necesarias para el acuerdo de paz, después del nuevo pacto suscrito el pasado 5 de noviembre, la prioridad está centrada en el último escenario. Es decir, la pelea de fondo es por el procedimiento legislativo especial para la paz aprobado el 7 de julio de 2016.

En otras palabras, lo que está en juego es la vigencia del mecanismo del fast track, que durante seis meses prorrogables por seis meses más, está previsto que permita un trámite abreviado de los proyectos de ley y reformas que se requieren en el Congreso. Ese procedimiento especial ha concentrado la mayoría de las demandas con el argumento de que desconoce normas exigentes para modificar la Carta. En especial, existe una demanda que ha concentrado el interés de la Corte Constitucional.

Se trata de la interpuesta por el constitucionalista Jesús Pérez González-Rubio, quien argumentó que reducir el número de debates para aprobar un acto legislativo es sustituir la Carta Política, pues precisamente la idea de que haya más discusión impide que una simple ley modifique la Constitución. Sin embargo, según ha trascendido, esta semana será repartida una ponencia en la Corte que apunta a la vía contraria, es decir, que el fast track no elimina la supremacía de la Constitución Nacional.

El argumento es que se trata de un mecanismo especial y excepcional para un proceso que también es excepcional. En otros términos, que debe existir cierta flexibilidad en el ámbito constitucional para lograr un proceso de paz exitoso. Además, que tampoco se afecta el sistema de pesos y contrapesos ni la separación de los poderes públicos, porque todo lo que se haga en el Congreso finalmente tendrá que ser revisado en la Corte Constitucional, cuya autonomía e independencia no están en duda.

No obstante, hay otro aspecto que puede terminar siendo crucial en las actuales circunstancias. El exministro de Justicia Yesid Reyes, quien ha venido desempeñando un papel crucial para la paz desde que dejó el Gobierno, solicitó a la Corte que también se integre al análisis del acto legislativo en discusión el artículo quinto, que supeditaba su vigencia a partir de la refrendación popular. En otras palabras, que no tiene sentido supeditar la norma a algo que ya fue superado con las últimas decisiones.

Si se acoge esta postura, que puede tener respaldo en las mayorías de la Corte Constitucional, significaría que ese artículo quinto sería declarado inexequible toda vez que desconoce la entrada en vigencia de las normas. En conclusión, que la Corte podría dejar vivo el fast track, que es lo más urgente porque los tiempos apremian y sería necesario que antes de la campaña electoral de 2017 ya haya luz en las reformas y leyes necesarias, pero con una refrendación a través del Congreso.

Una fuente consultada observó que sería un caso de audaz alquimia jurídica, porque al caer el artículo quinto, el acto legislativo entraría en vigencia de inmediato, sin supeditarse a una refrendación popular, pero respetando el constituyente derivado, es decir, el Congreso. De paso, si se declaran exequibles los demás artículos quedarían en firme las facultades extraordinarias al presidente y el fast track legislativo, que son los mecanismos que se requieren para salir del limbo.

Premio Nobel y sesiones extras

Para el próximo 10 de diciembre está prevista la ceremonia en la que el presidente Juan Manuel Santos recibirá el Premio Nobel de Paz. Eso explica también la urgencia de que en ese momento la comunidad internacional tenga claro que el proceso de paz entre el Gobierno y las Farc, que dio lugar al galardón, está en camino seguro. De paso, está claro que sería un mensaje importante para la Organización de Naciones Unidas (ONU), cuya misión es que en el proceso de paz también están supeditados a que definitivamente se superen los dilemas que quedaron planteados después del plebiscito del 2 de octubre. El punto de partida es el nuevo acuerdo de paz.

Se da casi por descontado que habrá sesiones extraordinarias en el Congreso, aunque seguramente con los apremios propios del Legislativo, en especial en el tema de la coyuntura política. Sin embargo, es claro que lo más importante ahora es que en el plano jurídico quede despejada la ruta para salvar todo el esquema.

Por Norbey Quevedo Hernández

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