Investigación |23 Jun 2012 - 9:00 pm
La denuncia de un fiscal experto
Reparos a ley de inasistencia alimentaria
La historia de cómo una ley que se aprobó esta semana para fortalecer el castigo a padres irresponsables puede terminar en el aire.
Por: Norbey Quevedo H.
La violencia intrafamiliar y la inasistencia alimentaria está tipificada en los artículos 229 y 233 del Código Penal. / 123rf
A mediados de esta semana, cuando los parlamentarios aprobaban la bochornosa reforma a la justicia, un grupo de sus colegas convertía en ley una loable iniciativa. Los congresistas determinaron que los delitos de violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria dejaron de ser querellables. Esto en la práctica significa que cualquier persona, además de la víctima, que conozca de estos punibles los puede denunciar y el proceso no debe terminar por conciliación o desestimiento, sino por decisión de la justicia.
En el tema de la violencia intrafamiliar, que hastía con casos y cifras que superaron los 100.000 el año pasado y que tiene penas privativas de la libertad para los agresores de entre 4 y 8 años, más los aumentos previstos en la norma, con la nueva ley dejó satisfechos a todos. Sin embargo, frente a lo aprobado dentro de la misma norma en materia de inasistencia alimentaria surgieron serios cuestionamientos. Un experto en el tema, el fiscal seccional de Bogotá Gabriel Niño Niño, el funcionario de mayor conocimiento en la materia producto de 18 años de trabajo en el interior del ente acusador, la mayoría en esta problemática, puso el dedo en la llaga.
Con cifras en mano, recopiladas en la Fiscalía, Niño documentó que sólo en Bogotá se reportaron el año pasado 25.365 casos de inasistencia alimentaria. Y entre enero y mayo de este año la cifra ya llegó a 10.645 procesos. En suma, las estadísticas muestran que los casos de la capital representan entre el 35 y el 40% del total a nivel nacional y lo que es peor para la administración de justicia, en la mayoría de los despachos de fiscales más de la mitad de su labor corresponde a este tipo de procesos.
De allí su máxima preocupación, ya que si los despachos de los fiscales se pueden descongestionar resolviendo este tipo de casos con medidas previas de apoyo y acompañamiento social más que punitivas, los fiscales locales e investigadores judiciales se pueden dedicar y ser más eficientes en la indagación y acusación de otros delitos que afectan sensiblemente al ciudadano, como las lesiones personales, la estafa, el homicidio o el hurto.
Por esto argumenta el fiscal Niño que con la aprobación de la nueva ley con delitos no querellables, como la inasistencia alimentaria, las posibilidades de que se termine con una condena si antes eran reducidas ahora serán ínfimas: la razón es que ahora estos procesos deben seguir investigándose de oficio, olvidando de tajo el componente social.
Esta ley fue promovida por 15 congresistas de la Bancada de Mujeres del Congreso y señala el informe de ponencia elaborado el 9 de noviembre de 2011 que: “Las autoridades investigarán de oficio en todos los casos en que se tenga conocimiento de la comisión de conductas relacionadas con la violencia intrafamiliar y la inasistencia alimentaria.
Según la experiencia del fiscal Niño, en promedio el proceso de investigación de un caso dura entre uno y dos años, y en un período tan largo es muy difícil obtener la prueba de que existió un delito, en razón a que impera la lógica y la mayoría de los denunciados son personas de escasos recursos económicos. “Muchas veces es un esfuerzo largo e innecesario de cada fiscal que termina en el archivo, porque es evidente que no se configura delito”.
La realidad en las fiscalías locales hoy es dramática. Los despachos están atiborrados de estos procesos. Las denuncias contra el latonero William Alejandro Laverde; el mecánico Darío García; el ayudante de un carro que vende gas Misael Ordóñez; el operario de una fábrica de calzado Oswaldo Páramo, o el licenciado en educación física José Padilla, por citar una pequeña muestra de progenitores en problemas, han tenido el mismo tratamiento y resultado similar.
Fueron denunciados ante la Fiscalía. Cerca de dos meses después se citaron a audiencia de conciliación. No todos cumplieron. Los volvieron a hacer comparecer. Luego firmaron un acuerdo conciliatorio en donde se comprometieron a dar un dinero mensual, en promedio, de $100 mil para el sustento de los menores. Con ello el caso se archivó.
Pero sucedió lo que ya es casi una costumbre. Pasaron varios meses y las madres de los menores regresaron a la Fiscalía para denunciar el incumplimiento del acuerdo firmado por los progenitores referidos. Con una sorpresa, como hubo conciliación fueron archivados. Un asunto que obligó a las afectadas a interponer una nueva denuncia en la Fiscalía. Por eso los casos entran en un círculo vicioso sin solución. Basta revisar los despachos de los fiscales adscritos a las Unidades Locales, cada funcionario tiene entre 500 y 700 casos y de ellos más de la mitad corresponden a inasistencia alimentaria.
No obstante, la propuesta estructurada por el fiscal Niño parte de la premisa de que la gran mayoría de estos casos tiene como génesis la pobreza y en un 98% la madre es quien asume el cuidado del menor. Por eso su quijotesca iniciativa parte de la base que luego de conocida la denuncia, se debe conformar un equipo interdisciplinario integrado por un médico pediatra, un psicólogo y un trabajador social adscrito a las Salas de Atención al Usuario de la Fiscalía, para determinar la situación integral del menor afectado.
Posteriormente, se debe efectuar una visita o entrevista al padre denunciado. Luego verificar su condición social, económica y laboral. Y a partir de allí definir si tiene capacidad económica, en la cual se seguiría con el proceso penal. De lo contrario, como sucede generalmente, el caso se debe archivar y de inmediato convocar al ICBF para que brinde asistencia al menor afectado.
Según el fiscal Niño, implementar su idea tiene un bajo costo, se puede hacer en 45 días, descongestionaría los despachos de los fiscales, pero sobre todo se garantizarían los derechos de los menores, un asunto que al parecer no se tuvo muy en cuenta a la hora de aprobar la ley que determinó que los delitos de violencia familiar e inasistencia alimentaria son querellables.
Una sencilla iniciativa que no cuajó
El 25 de enero de 2012 el presidente Juan Manuel Santos lanzó el programa “Reto por la Eficiencia”. Mediante la iniciativa, el primer mandatario buscó el concurso de los servidores públicos con el fin de que éstos aportaran ideas con el propósito de mejorar, simplificar o eliminar procedimientos internos que dificultaran la eficiencia laboral en el servicio público.
En el marco de la política antitrámites se establecieron tres categorías y se anunciaron estímulos a los ganadores. “Queremos encontrar soluciones sencillas para hacer un gobierno más eficiente”, señaló Santos. Con base en la convocatoria, el fiscal Gabriel Niño presentó su iniciativa de reingeniería a los casos de inasistencia alimentaria. Cuenta Niño que independientemente de que la iniciativa ganara o no, todas fueron expuestas públicamente para el conocimiento de los ciudadanos en la web. Sin embargo, dice que la suya ni siquiera fue considerada para exponer. La convocatoria cerró el 4 de junio.
Por: Norbey Quevedo H.
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