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El polémico beneficio a Guido Nule

Un juez envió al empresario a pagar la condena en su apartamento en Barranquilla. La Procuraduría insiste en que debe continuar en la cárcel y apeló la decisión al considerar que no tiene una enfermedad grave o incompatible con la vida en prisión.

NORBEY QUEVEDO HERNÁNDEZ
21 de septiembre de 2015 - 02:00 a. m.

El empresario Guido Alberto Nule Marino es uno de los protagonistas del escándalo del carrusel de la contratación en Bogotá. Sus actuaciones, junto a las de sus primos Miguel y Manuel, les generaron una condena a ocho años y medio de prisión. Sin embargo, desde hace mes y medio Guido Nule paga su pena en un exclusivo apartamento en Barranquilla. Un juez de esa ciudad le concedió el beneficio al considerar que tiene una lesión en la rodilla derecha, pero la Procuraduría se opuso a la medida y acaba solicitar que se revoque la decisión, porque su dolencia no es grave o incompatible con la vida en prisión.

El beneficio de casa por cárcel le fue concedido a Guido Nule, el pasado 7 de agosto por el juez de ejecución de penas de Barranquilla, Fernando Antonio Daza Racero. En un pronunciamiento de doce páginas, el funcionario judicial consideró, en esencia, que si bien el estado de salud de Nule no ha sido catalogado como grave por el Instituto de Medicina Legal, ni es incompatible con la reclusión penitenciaria, la cárcel El Bosque donde estaba recluido no está en capacidad de ofrecerle el tratamiento integral adecuado.

Los dictámenes médicos indican que Guido Nule padece una osteoartrosis crónica degenerativa y gonartrosis postraumática bilateral en la rodilla derecha y requiere tratamiento y terapias diarias. En suma, un desgaste de la articulación de la rodilla. Según uno de los médicos que hicieron la evaluación, se debe garantizar el tratamiento “para evitar no sólo que la enfermedad perdure, sino que se agrave, pudiendo incluso causar la pérdida funcional de su rodilla derecha, sino el reemplazo de la misma a través de prótesis”.

En la decisión el juez también resalta que tiene un aval del fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia, que el condenado ha cumplido una parte de la pena en prisión, que ha colaborado con la justicia, que es testigo en otros procesos, que ha observado buena conducta y que no tiene antecedentes penales diferentes a la condena que se le impuso el pasado 27 de enero por los delitos de concierto para delinquir, fraude procesal, falsedad en documento privado y cohecho.

Pero otra cosa bien diferente piensa el procurador Alfredo García Wilfer, quien ha solicitado al juez Fernando Daza que envíe de nuevo a prisión a Guido Nule. Fundamenta su petición el Ministerio Público en varios informes periciales que muestran que el estado de salud de Nule no reviste la gravedad como para haberle concedido el beneficio y que puede permanecer en prisión.

Por ejemplo, basa su recurso de apelación la Procuraduría en un informe pericial de clínica forense del 19 de marzo de 2013 que señala que el paciente “no presenta estado grave por enfermedad compatible con la vida en reclusión formal… requiere de tratamiento fisioterapéutico… que puede realizarse de manera ambulatoria”. Otro oficio del Instituto de Medicina Legal fechado el 8 de noviembre de 2013 ratifica el mismo concepto y otro más reciente, del pasado 16 de diciembre de 2014, reitera la situación de salud del interno.

La posición de la Procuraduría es que “el sentenciado Nule Marino no presenta enfermedad grave, incompatible con la vida en reclusión formal”. De manera complementaria lo que señala en su recurso de apelación es que de acuerdo con los informes forenses lo que se debe es realizar controles médicos especializados y rehabilitación en centros especializados.

Destaca el organismo que justamente como la afección de Nule Marino certificada por el Instituto de Medicina Legal no presenta enfermedad grave o incompatible con la vida en reclusión formal, el beneficio de la detención domiciliaria va en contravía con lo que se denomina un estado vulnerable de salud. La Procuraduría indica, además, que para la toma de la decisión no podía argumentarse la imposibilidad de traslado a las citas médicas.

La Procuraduría evidencia que para la toma de la decisión sobre la solicitud de detención domiciliaria tampoco se actualizó el concepto forense para reiterar o descartar que se trata de un caso de enfermedad grave o incompatible con la reclusión carcelaria. “Solamente puede concluirse a partir de la valoración y conclusión del Instituto de Medicina Legal y que como quedó visto en los apartes de la decisión nunca se llegó a tal conclusión”, indica la entidad.

En otras palabras, concluye el Ministerio Público que con el beneficio concedido en estas condiciones a Guido Nule se le envía un mensaje errático a la sociedad en cuanto al cumplimiento de las condenas y la administración de justicia. Destaca que en muchos casos de mayor gravedad se ha negado el beneficio y que no pueden ser excusa para otorgarlo las fallas administrativas del centro penitenciario que pueden ser subsanadas.

El debate está servido y le corresponderá al mismo juez que le concedió la detención domiciliaria definir la suerte de Guido Nule. El empresario tiene pendientes con la justicia otros procesos que le podrían significar nuevas condenas, no sólo por el publicitado carrusel de la contratación de Bogotá.

 

Por NORBEY QUEVEDO HERNÁNDEZ

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