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Ex trabajadores de Telecom piden a la Corte revisar pago de pensiones anticipadas

Dicen que se trata de una decisión de la junta directiva que benefició a centenares de empleados.

El Espectador
23 de julio de 2010 - 09:48 a. m.

Ex trabajadores de la desaparecida Telecom le solicitaron a la Corte Constitucional que revise su decisión de suspender todas las acciones legales tendientes al pago de pensiones de los ex funcionarios de la firma y que lleven a Sala Plena los casos de todos los ex empleados que reclaman el derecho en la modalidad anticipada, toda vez que se trata de una determinación de la misma Junta Directiva de la entidad.

Señaló que este órgano, que también integraba la ministra de Comunicaciones de la época, Martha Elena Pinto de Hart, reglamentó la materialización del derecho para aquellos trabajadores que estaban a menos de siete años de cumplir el tiempo necesario para acceder a su pensión, mediante el acta 1782 del 28 de febrero de 2003.

Pese a la liquidación de la firma, ordenada por el Gobierno Nacional, las obligaciones por ésta adquiridas fueron heredadas por Patrimonio Autónomo de Remanentes, que a través de un fideicomiso ha venido dando cumplimiento a los compromisos, haciendo uso de distintas herramientas de generación de ingresos y que ha venido presentando informes periódicos de su estado de cuentas, incluso en 2010.

"El contrato de fiducia mercantil fue prorrogado por el Fideicomitente, hasta el 31 de diciembre de 2010, razón por la cual las metas, proyectos y programas tanto en materia de ingresos como de obligaciones deben reproyectarse hasta esa fecha, por los límites contractuales, tarea que se ve reflejada en este informe de gestión", dice el informe presentado en febrero.

Pese a que centenares de ex funcionarios hoy gozan de la efectiva materialización de este derecho a la luz de las condiciones aludidas en el acta de la Junta Directiva de 2003, otros se vieron forzados a recurrir a numerosas demandas laborales, toda vez que, dicen, no han obtenido las pretensiones de hacerse a su pensión aún cuando son merecedores a ello.

Sin embargo, una de las salas de Revisión de la Corte Constitucional consideró que el agente liquidador de Telecom o el que haya heredado las obligaciones no podía seguir asumiendo compromisos laborales y beneficios para los ex trabajadores que, insiste, ya no es posible hacer efectivos en virtud de la liquidación de la empresa estatal.

"La protección laboral reforzada de que gozan las personas beneficiarias del retén social y la garantía de estabilidad laboral de que son titulares, no es absoluta, se halla limitada en el tiempo, y sólo puede extenderse hasta la culminación del proceso de liquidación de la entidad", sostuvo la Corte en la determinación.

Los ex empleados que dicen haber estado cobijados por el derecho a la pensión anticipada alegan que se trata de un caso especial, que debe ser analizado en Sala Plena de la Corte Constitucional, y de ahí que hayan enviado una solicitud expresa al magistrado Luis Ernesto Vargas Silva para que ponga a consideración el tema.

Por El Espectador

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