Judicial |21 Mar 2012 - 9:25 pm
Injuria
Corte ordena a la Procuraduría investigar a César Mauricio Velásquez
El exjefe de prensa de Presidencia habría injuriado al expresidente de la Corte Suprema, César Julio Valencia Copete.
Por: Elespectador.com
Foto: Cortesía SP
Con una votación de 3 a 1, la Corte Constitucional le ordenó a la Procuraduría General tramitar y dar respuesta en las próximas 48 horas a una queja por injuria interpuesta por el expresidente de la Corte Suprema de Justicia, César Julio Valencia Copete en contra del exjefe de prensa de Presidencia y actual embajador de Colombia ante el Vaticano, César Mauricio Velásquez.
En la queja interpuesta por el exmagistrado se señalaba que Velásquez emitió un comunicado en el que señalaba que César Julio Valencia Copete era “investigado” por haber dicho que el entonces presidente Álvaro Uribe Vélez lo había llamado con el fin de preguntarle sobre los procesos que se adelantaban en el alto tribunal contra algunos congresistas, principalmente el senador Mario Uribe, por la llamada parapolítica.
En la queja se manifestaba que el expresidente de la Corte Suprema de Justicia había “afirmado mentirosamente” la existencia de dicha llamada. Por lo que Valencia Copete le pidió en ese momento a la Procuraduría General que investigara a Velásquez por abuso de autoridad al utilizar una institución y bienes del Estado a favor del Presidente y para deshonrarlo.
Sin embargo dicha queja fue rechazada por el Ministerio Público al considerar que la encargada de darle trámite era la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes por el fuero del que gozaba Velásquez.
“Se trata entonces, en esencia de una decisión sin motivación. Además en la medida en que el accionante queda en una incertidumbre jurídica, esperando que una institución de carácter político, sin competencia para investigar al funcionario, resolviera si tramitaba la queja en cuestión o no, se trataba a todas luces de una clara afectación al derecho de acceso a la justicia”, dice la sentencia de la Corte Constitucional.
En este sentido se señala claramente que el Procurador violó el derecho al debido proceso y al acceso a la justicia cuando adopta una determinación en el cual carece de competencia y a una conclusión que no puede ser sustentada en el acervo probatorio.
Por: Elespectador.com
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