Judicial |30 Oct 2012 - 8:05 pm

Aborto en Colombia

Judicatura y Procuraduría se enfrentan por listado de mujeres que abortaron

El Ministerio Público aseguró que nunca solicitó datos reservados de las mujeres que habían solicitado un aborto o una interrupción voluntaria del embarazo.

Por: Elespectador.com
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Por medio de un comunicado de prensa de cinco puntos la Procuraduría General de la Nación desmintió a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura que por el mismo medio informó el rechazo de la solicitud presentada por el Ministerio Público para entregarles la lista de mujeres que se sometieron a un aborto o solicitaron una interrupción voluntaria del embarazo.

En este sentido, según reza uno de los puntos, la Procuraduría General rechazó la información publicada por el alto tribunal indicando que “en ningún momento” requirió el informe de los nombres de la lista de las mujeres cuyos casos han sido revisados por los jueces de la República.

“La Procuraduría General de la Nación no ha proferido ninguna circular relativa a la reserva que sobre los procesos de tutela impuso la Sala Octava de Revisión de manera particular y específica en las Sentencias T-388 de 2009, T-585 de 2010 y de manera general y absoluta en la Sentencia T-841 de 2011 (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto)”, indica uno de los apartes del comunicado.

Y es que para el órgano de control las solicitudes que se han planteado en el tema del aborto en Colombia y su despenalización en tres casos señala una protección de la reserva de los nombres de las mujeres que han querido practicarse o se han realizado un aborto tiene que diferenciarse claramente.

“En el auto 096 del 10 de mayo de 2012 la Sala Octava de Revisión resolvió rechazar la solicitud de aclaración presentada por el Consejo Superior de la Judicatura y señaló que esa reserva sí le era oponible a la Fiscalía y al Ministerio Público. Con motivo de esto, el pasado 3 de septiembre el Procurador reiteró su petición para que se resolvieran las solicitudes de nulidad pendientes”, señala uno de los apartes. .

En carta dirigida al presidente de la Sala Administrativa de la Judicatura, Nestor Raúl Correa el pasado 27 de marzo, el procurador General indica la necesidad de mantener una reserva procesal de los nombres de estas personas, sin embargo se hacen dos salvedades para que dichos datos le sean suministrados cuando sean solicitados por la Procuraduría General y la Defensoría del Pueblo.

“Esto último, específicamente, pues de conformidad con el artículo 284 de la Constitución Policía: ‘(s)alvo las excepciones previstas en la Constitución y la ley, el Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo podrán requerid de las autoridades las informaciones necesarias para el ejercicio de sus funciones, sin que puede oponérseles reserva alguna”.

Comunicado de la Procuraduría

En atención a la información publicada desde el día ayer por diferentes medios de comunicación con relación a un comunicado de prensa de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, la Procuraduría General de la Nación se sirve precisar a la opinión pública y a la sociedad en general:

1. Que en ningún momento este Órgano de Control ha requerido que se le informe de los nombres de las mujeres que solicitan que se les practique un aborto ni ha divulgado los nombres de los que ha tenido conocimiento al revisar y/o intervenir en algunos procesos de tutela relativos a esta temática.

2. Que la Procuraduría General de la Nación no ha proferido ninguna circular relativa a la reserva que sobre los procesos de tutela impuso la Sala Octava de Revisión de manera particular y específica en las Sentencias T-388 de 2009, T-585 de 2010 y de manera general y absoluta en la Sentencia T-841 de 2011 (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto).

3. Que respecto de la Sentencia T-841 del 3 de noviembre de 2011, el Procurador General de la Nación únicamente ha solicitado a la Sala Plena declarar su nulidad, como también lo hizo la EPS que resultó condenada y que, en el cumplimiento de la misma, se respeten las facultades constitucionales y legales de la Fiscalía General de la Nación y del Ministerio Público, así como lo dispuesto en el artículo 284 constitucional.

4. Que en el Auto 096 del 10 de mayo de 2012 la Sala Octava de Revisión resolvió rechazar la solicitud de aclaración presentada por el Consejo Superior de la Judicatura y señaló que esa reserva sí le era oponible a la Fiscalía y al Ministerio Público. Con motivo de esto, el pasado 3 de septiembre el Procurador reiteró su petición para que se resolvieran las solicitudes de nulidad pendientes.
5. Que a la fecha la Sala Plena de la Corte Constitucional no ha resuelto las solicitudes de nulidad promovidas con respecto de la Sentencia T-841 de 2011.

Hechas las anteriores precisiones, la Procuraduría General de la Nación reitera su compromiso con el cumplimiento de la Constitución, la ley y las decisiones judiciales y aclara que es su función constitucional y legal interponer los recursos y hacer las solicitudes a las autoridades que considere pertinentes.

Comunicado de la Judicatura

La Sala Administrativa cumple jurisprudencia sobre el aborto


La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura se permite informar que ha cumplido la jurisprudencia constitucional sobre el aborto, de manera que se ha abstenido de solicitarle a los jueces que informen a la Procuraduría los nombres de las mujeres que se han practicado un aborto, tal como se lo había solicitado el Ministerio Público.

En efecto, el Señor Procurador General de la Nación, en el Oficio 00050 del 27 de marzo de 2012, le solicitó a la Sala Administrativa que difundiera entre todos los jueces de la República la Circular PSAC12-6 del 21 de febrero de 2012, en la que textualmente se dice lo siguiente: "exhortarle para que igualmente precise a los jueces y magistrados de la República que la reserva ordenada por la Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional no tiene ni puede tener otro propósito que reservar la identidad e intimidad de las niñas, adolescentes y mujeres que solicitan o se practican un aborto o I.V.E. porque se entran dentro de las causales establecidas en la sentencia C-355 de 2006 y en todo caso resulta inoponible a la Fiscalía General de la Nación, sobre todo para el caso de los abortos que se practican cuando el embarazo es fruto de una conducta delictiva, así como al Ministerio Público".

La Sala Administrativa, al recibir esta petición, decidió preguntarle previamente a la Corte Constitucional cuál es el correcto entendimiento de su jurisprudencia respecto a esta solicitud del Ministerio Público, mediante Oficio PSA12-1421 del 23 de abril de 2012.

La Corte Constitucional, en el Auto 096 de 2012, reiteró que "la reserva de la identidad de la peticionaria opera en todo caso en que se interponga una tutela para exigir el derecho fundamental a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), con independencia del resultado del proceso. Así las cosas, esta reserva no está limitada a los casos en que el juez finalmente concluya que la accionante se encuentra inmersa en las causales establecidas en la sentencia C-355 de 2006, como parece entender el Procurador General de la Nación".

La Sala Administrativa decidió entonces abstenerse de solicitarle a los jueces la información que solicitaba el Ministerio Público y, en su lugar, le remitió a esta agencia el Auto de la Corte, mediante el Oficio PSSA12-2865 del 26 de julio de 2012.
La Sala Administrativa reitera su firme compromiso con los principios, derechos y valores constitucionales, con los derechos humanos y con los lineamientos de la jurisprudencia constitucional.


Néstor Raúl Correa Henao
Presidente

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advertencia

Mie, 10/31/2012 - 09:56
La doble moral de los seres humanos nos permite señalar al procurador de malintencionado pero a su vez permitir que los fiscales, médicos y mujeres que abortan no sean juzgados si están cometiendo el delito de asesinato. El demonio (nombre del mal) juega con todos y pone sus súbditos a defender su tarea, destruir al ser humano.
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los ricos

Mie, 10/31/2012 - 09:44
..asi comenzaron los depravados nazis...por una procuraduría...fanatica de sus ...prejuicios..
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donald trump

Mie, 10/31/2012 - 08:03
publiquemos la declaracion de renta del procurador, de sus hijos y familia, publiquemos toda su vida privada, publiquemos los juicios que ha emprendido y las absoluciones a corruptos y asesinos. señor de doble moral, no se por que no emprendemos una cruzada para destituirlo, nosotros le pagamos su enorme salario con nuestros impuestos, revoquemos el mandato de este y toda la requa de corruptos que lo acompañan
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fernando artavia lizarazo

Mie, 10/31/2012 - 06:56
Están como URIBE, cuando se le entrevistaba, que le preguntaban por algo claro y específico y diluía la respuesta contestando con algo que estaba por fuera del contexto de la pregunta y claro todo se hace en el afán de conjurar la reeleción de ORDOÑEZ.
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EstudianteMokusista

Mar, 10/30/2012 - 22:31
Ese Procurador lo que estaba buscando es quien de sus subalternas habia abortado para despedirla. Ni mas ni menos
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lekos

Mar, 10/30/2012 - 21:50
Y este es el procurador que se quiere reelegir, que obliga a las mujeres que decidieron abortar, a volver publico un evento intimo de sus vidas?
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a65554321

Mar, 10/30/2012 - 21:14
Así es, a ese procurador se le hace agua la boca de solo pensar en las lapidaciones.

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