Judicial |8 Nov 2012 - 6:38 am
Caso Saludcoop
Inhabilitan por 20 años para contratar con el Estado a Carlos Palacino
La decisión fue emitida en primera instancia por la Procuraduría General de la Nación.
Por: Elespectador.com
Foto: Óscar Pérez
La Procuraduría General sancionó disciplinariamente en fallo de primera instancia al expresidente de Saludcoop, Carlos Gustavo Palacino por utilizar para el beneficio de la entidad recursos parafiscales del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) por un valor superior a los 168 mil millones de pesos.
El Ministerio Público inhabilitó con 20 años para ejercer empleos públicos, función pública, prestar servicios a cargo del Estado, o contratar con este a Palacino, al considerar que incurrió en una falta gravísima a titulo de culpa.
En el desarrollo de la investigación, la Procuraduría General determinó que el expresidente de Saludcoop invirtió en infraestructura de entidad recursos del Sistema de Salud que estaban dentro del plan de pago que cada uno de los cotizantes realizaba para incluir un familiar “que no hacia parte de su primer grupo de beneficiarios” a la EPS.
En este sentido se indica que dichos recursos no debían ser destinados para dichas obras puesto que estaban establecidos para mejorar y fortalecer el servicio de salud prestados por la entidad que presidia.
“Obró con falta de cuidado y diligencia, pues aunque algunas inversiones estaban encaminadas a fortalecer la red hospitalaria debió procurar que los recursos parafiscales del SGSSS fueran destinados exclusivamente a la prestación de servicios en salud”, precisa uno de los apartes de la decisión.
El Ministerio Público alertó que estuvo revisto de una mayor gravedad al determinar que entre 2007 y 2008 la deuda de la red prestadora de servicios “aumentó considerablemente” por lo que se debió privilegiarse el pago de estos servicios antes que la inversión, “que en ocasiones se destinó a fines lejanos a la salud de los afiliados”.
En la decisión emitida por la Procuraduría Delegada para la Economía y Hacienda Pública, el disciplinado incurrió en la falta disciplinaria descrita en el numeral 20 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002 que establece “autorizar u ordenar la utilización indebida, o utilizar indebidamente rentas que tienen destinación específica en la Constitución o en la ley”.
Es la segunda sanción disciplinaria en contra de Palacino este año. La primera fue establecida el pasado 17 de octubre, cuando fue inhabilitado por 18 años para contratar con el Estado por haber hecho recobros irregulares al Fondo de Seguridad y Garantías (Fosyga).
Por: Elespectador.com
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