Judicial |11 Dic 2012 - 6:53 pm

Justicia penal militar

Anulan acuerdo firmado entre Gobierno y Fiscalía por Justicia Penal Militar

El documento establecía el procedimiento para investigar presuntos delitos en operaciones militares.

Por: Elespectador.com
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    http://www.elespectador.com/noticias/judicial/articulo-391932-anulan-acuerdo-firmado-entre-gobierno-y-fiscalia-justicia-penal
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Foto: Cortesía Ejército Nacional

El Consejo de Estado declaró la nulidad parcial del acto administrativo suscrito entre el Ministerio de Defensa y la Fiscalía General para investigar presuntos delitos en operaciones militares denominado “Apoyo a la Justicia Penal Militar”.

El alto tribunal consideró que dentro de una operación militar se pueden presentar ocasionalmente situaciones que no guardan relación con el servicio, pero no por ello debe ser la Fiscalía la que asuma su conocimiento o determine a qué jurisdicción le debe corresponder su investigación.

En el acto firmado el 14 de junio de 2006 por los entonces Ministro de Defensa, Camilo Ospina Bernal, y el Fiscal, Mario Iguarán Arana, se establecía el procedimiento que se debía seguir para investigar las muertes que se presenten con ocasión de las operaciones que realizan las fuerzas militares. (Ver Sin efecto quedaría convenio de FF.MM. y Fiscalía para operaciones militares)

Dicha disposición dejaba en manos del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía la facultad para decidir si la investigación de un hecho era competencia de la justicia penal militar o de la justicia ordinaria.

“Luego de que el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) realice sus labores de inspección, búsqueda, recolección y aseguramiento de las evidencias físicas en el lugar de los hechos, así como las entrevistas de los posibles testigos, estos funcionarios deberán remitir sus informes, ya no a las Unidades de Reacción Inmediata de la Fiscalía, sino al Juez de Instrucción Penal Militar para que éste defina la competencia para conocer el proceso”, precisa uno de los aportes.

En este caso, la Procuraduría General había manifestado que el procedimiento establecido en las normas demandadas era violatorio del debido proceso de quienes podrían verse investigados y juzgados en un procedimiento y por un juez, distintos al que establecen la Constitución y la Ley.

Para el Ministerio Público era necesario definir expresamente el procedimiento a seguir tanto por la Fiscalía General de la Nación como por el Ministerio de Defensa Nacional, con ocasión de la comisión de delitos de homicidio simple y de homicidio en persona protegida en desarrollo de las operaciones propias de las fuerzas militares en las que se amerita la inspección técnico científica de los lugares donde ocurren los hechos.

Ante esto se consideró como determinante el establecimiento de las competencias de los funcionarios para efectos de optimizar la investigación judicial sobre la legalidad de tales acciones y especialmente para esclarecer la aplicación y vigencia del fuero penal miliar en cada caso particular.

Igualmente se indicó que el hecho de señalar para definir quién tiene la competencia para adelantar una investigación sobrepasa los alcances naturales y jurídicos de los actos administrativos y las competencias constitucionales y legales de los funcionarios que lo profirieron.

La sentencia declaró la nulidad de los numerales 4, 5 y 6 del Acto Administrativo “Apoyo a la Justicia Penal Militar”.

Los numerales anulados

“…4. Que luego de la búsqueda, fijación, recolección, embalaje y aseguramiento de las evidencias físicas y elementos materiales de prueba hallados en el lugar, así como las entrevistas de los posibles testigos, los servidores del CTI remitan los respectivos informes a las Unidades de Reacción Inmediata de la Fiscalía.

5. Que el Fiscal de la Unidad de Reacción Inmediata asumirá las diligencias a prevención, atendiendo lo previsto en la Carta Política, en concordancia con el artículo 250 ibídem; del artículo 45 del Código de Procedimiento Penal y la sentencia C-358 de 1997 de la Honorable Corte Constitucional.

6. De ser evidente la existencia de los factores subjetivos y funcionales que justifican el reconocimiento del fuero instituido en el artículo 211 de la Constitución en concordancia con el artículo 250 de la Carta Fundamental, el fiscal de la justicia ordinaria decidirá con prontitud el traslado de la investigación a la Justicia Penal Militar en cuyo caso se mantendrá el apoyo técnico científico del CTI; si no se evidencian los factores enunciados, continuará conociendo la Fiscalía General de la Nación, informando de esta situación a la Justicia Penal Militar.”

Por: Elespectador.com
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Opiniones

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OSCAR FERNANDO AMADO GARRIDO

Mie, 12/12/2012 - 11:36
Si, como el Consejo de Estado cree que estamos en Estados Unidos, donde la Policía llega al sitio del crimen en 2 minutos, entonces jura que aquí es igual, que la fiscalía tiene cobertura nacional e inmediata, y sobre todo, es imparcial juzgando las personas. De razón que aquí la justicia no funciona, si los magistrados se van a hacer un curso cualquier a Europa, y la cabecita se les quedó allí, pero juzgan acá. Pero eso sí, son los primeros que vienen a reclamar por las leyes tan absurdas que salen. ¿Y los fallos qué? Como éste, hay muchas más perlas que muestran que nuestros jueces no viven aquí.
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vdvictoria

Mie, 12/12/2012 - 06:29
ejemplos que demuestran el verdadero objetivo de esta reforma : 1. la "Comisión Técnica de Coordinación" elimina la injerencia del CTI (Cuerpo civil) en la evaluación de la comisión de un crimen: En caso de cometerse un posible delito por parte de los militares, estos mismos cuerpos de instrucción de la justicia penal militar serán los encargados de recoger las pruebas en la escena del crimen(!) 2. El termino "ejecuciones extrajudiciales" no es jurídicamente preciso y permitiría impunidad al no haber claridad al respecto. Ademas, si hablamos de extra-judiciales quiere decir que SI HAY ejecuciones "Judiciales"? 3. El Código Penal Militar (Ley 1407 de 2010) ya establece que los delitos excluidos en esta reforma no son de su competencia, entonces para que crear la misma?. ...
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vdvictoria

Mie, 12/12/2012 - 06:29
4. NO se incluyeron en el listado de delitos que en ningún caso serán conocidos por la justicia militar el homicidio en persona protegida y el homicidio agravado. 5. Las operaciones militares, tácticas de inteligencia (tortura) y demás, son enseñanzas que vienen de tiempo atrás de la Doctrina de la seguridad Nal. de los EEUU. Este país es bien conocido por no respetar tratado internacional alguno ni mínimas normas de los DD.HH. A diferencia de EEUU, a Colombia si la cobija la aplicación de la CPI cuando se den casos de impunidad sistemática, y esta reforma ha abierto la puerta para que este tribunal entre a impartir la Justicia que el establecimiento y su aparato de guerra no quieren atender, (sino es que antes esta reforma se cae por vicios de inconstitucionalidad…)
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OSCAR FERNANDO AMADO GARRIDO

Mie, 12/12/2012 - 11:37
ja, ja,ja ! ¿La Corte Penal Internacional? Cómo se nota que no sabés cómo opera esos burócratas, ja, ja, ja!
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PERIODISMO AMARILLISTA

Mar, 12/11/2012 - 20:36
El Señor Guillermo Gaviria debe somerterse a investigación en sus propiedades, producto del crimen, y someterse a expropiación para indemnizar a las víctimas.
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CHOCLITA

Mar, 12/11/2012 - 22:34
So Gran Imbecil..y porque no le pedis lo mismo al secretariado de las FARC sentado ahora en la mesa de negociaciones, que eran los que extorsionaban a los empresarios del campo, qemaban sus fincas , los secuestraban, asesinaban a sus empleados, etc., si no pagaban las vacunas...CONCLUSION: por la seguridad que no les otorgba el Estado tuvieron que pagar vacunas a las autodefensas para que los defendieran de los asesinos de la guerrilla....
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CHOCLITA

Mar, 12/11/2012 - 22:33
So Gran Imbecil..y porque no le pedis lo mismo al secretariado de las FARC sentado ahora en la mesa de negociaciones, que eran los que extorsionaban a los empresarios del campo, qemaban sus fincas , los secuestraban, asesinaban a sus empleados, etc., si no pagaban las vacunas...CONCLUSION: por la seguridad que no les otorgba el Estado tuvieron que pagar vacunas a las autodefensas para que los defendieran de los asesinos de la guerrilla....
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Soy-PIEDAD-CORDOBA

Mar, 12/11/2012 - 20:29
URIBE LA CAGO COMO PRESIDENTE HUBIESE INDULTADO A LA AUTO DEFENSAS QUE HUBIERAN SERVIDO DE INTELIGEN EN APOYO A LAS FFMM SEGURO COLOMBIA ESTARIA LIMPIO DE NARCOS Y FARC RECLUTADORES DE NIÑOS-- Y ASESINOS DE CAMPESINOS!!!
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PERIODISMO AMARILLISTA

Mar, 12/11/2012 - 20:32
GUILLERMO GAVIRIA, NARCOPARA-EMPRESARIO, AHORA SE DEFIENDE DICIENDO QUE SUS APORTES AL PARAMILITARISMO ERA EL PRODUCTO DE EXTORSIONES Y NO UN PATROCINIO VOLUNTARIO. QUE GENIO Y SÁTRAPA DEL CRIMEL ORGANIZADO.
Opinión por:

Soy-PIEDAD-CORDOBA

Mar, 12/11/2012 - 20:28
URIBE LA CAGO COMO PRESIDENTE HUBIESE INDULTADO A LA AUTO DEFENSAS QUE HUBIERAN SERVIDO DE INTELIGEN EN APOYO A LAS FFMM SEGURO COLOMBIA ESTARIA LIMPIO DE NARCOS Y FARC RECLUTADORES DE NIÑOS-- Y ASESINOS DE CAMPESINOS!!!
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DOBLECERO

Mar, 12/11/2012 - 21:10
Uyy baby te gustan los narcotraficantes de las AUC, amas a esos traquetos.
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PERIODISMO AMARILLISTA

Mar, 12/11/2012 - 20:27
DE ACUERDO CON EL AFAN POR AMPLIAR SIN LÍMITE EL FUERO PENAL MILITAR, LA LEY DE INTELIGENCIA Y LAS POLÍTICAS DE CASARECOMPENSAS, ES EVIDENTE QUE PARA ESTAR PROTEGIDO COMO SICARIO, ES MEJOR SER DE LAS FUERZAS MILITARES COLOMBIANAS. A LA OPOSICIÓN LE QUEDA EL EXILIO Y A PEDIR QUE LA ECONOMÍA DE LOS NARCOPARAMILITARES COMO LOS GANADEROS, SEA RECHAZADO EL CONSUMO DE ESOS PRODUCTOS DE DELINCUENTES PROTEGIDOS POR EL NARCOPARA-ESTADO COLOMBIANO.
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Soy-PIEDAD-CORDOBA

Mar, 12/11/2012 - 20:03
AHORA SI CON TODA HEROES DE LA PATRIA!!!! duro contra las mafias se les daño el negocio al carrusel de LOS ALVEAR Y SUS TESTIGOS FALSOS???
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DOBLECERO

Mar, 12/11/2012 - 20:03
Y adivinen quien fue el enano que firmó este acuerdo con la fiscalía y dejó sin fuero a los militares ya hora de manera oportunista y populista pelea por lo que el dañó??
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Soy-PIEDAD-CORDOBA

Mar, 12/11/2012 - 20:01
licencia pa dar de baja sin miedo a terroristas¿??O SEA QUE AHORA SI SE PUEDEN CAPTURAR TERRORISTAS Y NARCOS?? SIN QUE DEMANDEN LA NACION CON TEsTIGOS FALSOS???
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Soy-PIEDAD-CORDOBA

Mar, 12/11/2012 - 20:00
O SEA QUE AHORA SI SE PUEDEN CAPTURAR TERRORISTAS Y NARCOS?? SIN QUE DEMANDEN LA NACION CON TEsTIGOS FALSOS???
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ali cates

Mar, 12/11/2012 - 19:32
Claro, en tiempos en que el hampa organizada era dirigida por el famélico malandrín desde el Palacio de Nariño, la Fiscalía era una de sus instituciones secuaces. Imagínense el Ministro era Camilo Ospina, ahijado de Víctor Carranza, y Fiscal, la loca Iguarán que, ya es sabido, se nombró con la vaca que hicieron los paracos.
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ihateleftist

Mar, 12/11/2012 - 19:47
MEJOR VAYA A VER LA TRANSMISION DE LA APROBACION DE FUERO MILITAR
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jackal794

Mar, 12/11/2012 - 19:08
JUSTICIA ....? JAJAJAJAJAJAJAJA ESO EN ESTE PAÌS NO EXISTE ...? EL GRAFITERO , ALFONSOCANO , LUIS ANDRES COLMENARES . ? JAJAJAJAJA Y DONDE ESTA EL CHIQUITITO CHISMOSO QUE TODO SE LO CUENTA A LA PUTA DEL BARRIO Y ENVIAN AL VIEJITO DE VOCERO Y SE LAS DAN DE CAPOS Y SON ES SAPOS HIJOS DE PUTA !? DONDE ESTA HP S. M9DL6K7V4C COD YR , sin chismosos , ni sapos hijueputas !
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ihateleftist

Mar, 12/11/2012 - 19:43
JACK ASS QUE TE PICHE EL PERRO HOY APRUEBAN EL FUERO MILITAR JAJAJJAAJAJ ESPEREN EL PLOMO VENTIADO MALPARIDOS

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