Judicial |12 Feb 2013 - 7:15 am

Farc

Condenan a alias 'Karina' a 23 años de cárcel

La guerrillera desmovilizada aceptó su responsabilidad en los delitos de de desaparición forzada en concurso heterogéneo con desplazamiento forzado y homicidio en persona protegida.

Por: Elespectador.com
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Foto: Archivo particular

Después de aceptar su responsabilidad en los hechos, un juez condenó a 23 años y 11 meses de prisión y al pago de 2.600 salarios mínimos legales a la guerrilla desmovilizada Elda Neyis Mosquera García, alias 'Karina' por los delitos de delitos de desaparición forzada en concurso heterogéneo con desplazamiento forzado y homicidio en persona protegida.

Según la Fiscalía, alias ‘Karina’ y Nelson Antonio Patiño Cuartas, alias ‘El Zorro’ fueron los autores intelectuales y materiales del desplazamiento y posterior asesinato del campesino Ernesto de Jesús Tabares Márquez, de 75 años de edad.

En la investigación adelantada por la Fiscalía 11 Especializada de la Unidad Nacional contra delitos de Desaparición y el Desplazamiento Forzados los hechos se presentaron el 2 de julio de 2003 cuando el labriego debió abandonar su parcela de la vereda Raudales, en el municipio de Samaná (Caldas), en compañía de su familia por amenazas de milicianos de las Farc, que pretendían reclutar a su hijo de 22 años.

Un mes después la víctima regresó a recoger sus pertenencias pero miembros del grupo guerrillero lo interceptaron y le dispararon por la espalda en presencia de sus familiares. Posteriormente, su cadáver fue lanzado al río Samaná y sus bienes repartidos entre varios integrantes de las Farc.

Por estos hechos también está siendo investigado Neftalí Franco Galvis, alias ‘Neifer’, considerado como el comandante de las milicias del frente guerrillero que delinquía en la zona.

Los investigadores buscan establecer si estaría vinculado además en la desaparición y homicidio de otras cinco personas, pertenecientes al núcleo familiar del campesino asesinado. 

 

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Alcaracoco

Mar, 02/12/2013 - 22:06
Eso le Pasa por Desmovilizarse ... Saldrá Bien Abuelita ... Bien Renga ... Bien Chocha ... Bien Arrugadita de la Cárcel ... En el Monte al Menos Vivía en Libertad ... Comía lo que Quería ... Dormía Donde le Daba la Gana ... Tenía Compañeros y Amigos (A los Cuales Traicionó) ... ja ja ja ja ja ... Tome Pa' que Lleve, Vieja Soplona!!!
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fernando artavia lizarazo

Mar, 02/12/2013 - 18:54
La condena contra KARINA, es una estocada al proceso de paz con las FARC y una voz de alerta, de tal manera que si los de las FARC quieren salir airososos e indemnes como pienso que piensan, no pueden bajo ningún punto buscar acuedos que impliquen someterse a la justicia tal como lo hicieron los de las autodefensas y ahora la inseguridad jurídica es el común denominador y para frenar las posibles renuncias al proceso de justicia y paz reformaron la ley 975 a través de la 1592 recurriendo al subterfugio de la sustitución de la medida, la cual jamás aplicará porque todos estan si bien no condenados por justicia y paz, si por la ordinaria, entonces de que sirve, pues, mientras no se cumpla la de la ordinaria iran a salir con el cuenta de que no aplica.
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fernando artavia lizarazo

Mar, 02/12/2013 - 18:24
A KARINA, tal y como viene haciéndosele a los de las autodefensas, están vulnerandoseles sus derechos fundamentales y garantías judiciales, toda vez que, en primer lugar los operadores jurídicos competentes para investigarla, juzgarla y sancionarla por ser postulada a la ley de justicia y paz, son los de tal jurisdicción especial y de transición y en segundo, aceptando en gracia de discusión que se autoprorrogue la competencia de la ordinaria todos los hechos que perpetró deben ser adelantados al amparo de la conexidad procesal y sustancial bajo una misma cuerda procesal por ser además de conexos, perpetrados durante y con ocasión del conflicto armado, pero acá todo el mundo se pone la ley de ruana cuando se le antoja en el entendido que prevalece el derecho sustancial sobre el formal.
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fernando artavia lizarazo

Mar, 02/12/2013 - 18:20
Siguen poniéndose de ruana las decisiones de la Sala Penal de la Corte Suprema, esta que, en agosto 1 de 2012, en una decisión de colisión de competencia, reietada en otras de ese mismo día y del 17 de octubre de 2012, se dijó que los procesos adelantados por los hechos perpetrados por el postulado durante y con ocasión DE SU PERTENECIA del grupo del cual se ha desmovilizado deben ser adelantados por los operadores de justicia y paz bajo el entendido que esas condenas no tienen valor, menos si son logradas a través de de solicitudes de sentencia anticipada con lo cual se vulneran derechos tanto de las víctimas como del victimario. La Corte debería hacer cumplir sus decisiones así no constituyan doctrina legal probable más si están en consonancia con la ley. Debe anularse.
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Rottweiler.

Mar, 02/12/2013 - 12:36
Pero si era intocable no que el enano culibajito mentiroso la había nombrado embajadora de la paz en premio por haber jugado futbol con las cabezas de los policías asesinados y felicitarla por ser una buena muchacha pero para los malparidos uribestias eso es una venganza criminal.
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HOLARUNCHOS

Mar, 02/12/2013 - 11:35
23 AÑOS ES MUCHO PARA ESA NEGRA...QUE ADEMAS DE ENTREGARSE........ TUVO LA VALENTIA DE PEDRILE PERDON LA PAIS...........COSA QUE NO HAN HECHO EL HIJO DE PUTA DE GUSANO PETRO..........ANTONIO NAVARRRO......TEODORA DE BOLIVAR......... E....... IVAN MACARENO CEPEDA
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HOLARUNCHOS

Mar, 02/12/2013 - 11:32
23 AÑOS POR AL MUERTE DE UN CAMPESINO...........CUANTOS LE IRAN A METER A TIMOCHANCRO, IVAN MARQUEZ....... POR TODOS LOS MUERTOS DEL NOGAL........
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somorc

Mar, 02/12/2013 - 07:41
Làstima que no existiera en Colombia la pena de muerte ... han sido innumerables los daños causados a la poblaciòn por cuenta de èstos asesinos.
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transtel

Mar, 02/12/2013 - 07:37
la moza del hp de uribe.... malnacido
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JOSE RODRIGUEZ LOPEZ

Mar, 02/12/2013 - 07:36
Pobrecita, le tocara' votar por Alvaro Uribe Velez desde el Buen Pastor! ... Jajajajaaa!!!!

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