Corte Suprema pide “mayor vigor” a la Fiscalía en procesos a desmovilizados

La sala penal de la Corte Suprema de Justicia hizo un llamado a la Fiscalía para que se impulsen los procesos contra los desmovilizados y se asuma así un mayor compromiso con la reparación de las víctimas.

El Espectador
23 de mayo de 2008 - 06:14 p. m.

Al fallar un proceso donde una víctima del Bloque Calima de las autodefensas solicitaba reparación por vía judicial, el Alto Tribunal llamó la atención del ente acusador y le pidió agilizar los procesos de los desmovilizados.

"La Sala estima oportuno hacer un llamado de atención a la Fiscalía para que con mayor vigor impulsen los procesos de los desmovilizados postulados e impida prácticas dilatorias de todo orden que se han presentado", dijo el presidente de la Sala Penal del Alto Tribunal, Yesid Ramírez Bastidas.

Ramírez dio como ejemplo que en las versiones libres se debe requerir al postulado que se limite a confesar los crímenes perpetrados, sin lugar a referencias históricas sobre el origen del paramilitarismo porque con ello tratan de dar una justificación absolutamente inadmisible a los delitos cometidos.

"También se debe sopesarse el compromiso de los desmovilizados con la verdad y la reparación de las víctimas porque si se rehusa a confesar o se declara incapaz de recordar los crímenes cuando médicamente está demostrado que goza de plenas capacidades mentales, se le debería negar el beneficio de pena alternativo", puntualiza el fallo.

Aunque los magistrados de la Sala Penal no aceptaron la entrega de la indemnización por vía judicial, sí hicieron ver que no existe un compromiso con las víctimas.

El caso que estudió este viernes la Corte Suprema se refiere a una demanda de reparación que por el asesinato de su hijo Carlos Nodier Guerrero Valencia interpuso su madre Gloria Elsy Valencia. El homicidio del joven ocurrió en mayo de 2002, cuando hombres del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia, Auc, llegaron hasta la vereda donde vivía esta familia y acusaron a Carlos Nodier de guerrillero, imputación que después corrigieron.

El incidente de reparación fue negado en primera instancia por el Tribunal Superior de la Sala de Justicia y Paz con el argumento de que no se habían surtido todos los pasos necesarios en el proceso judicial.

Para la defensa, no era necesario que la víctima tuviera que esperar a que se hiciera una admisión solidaria por parte de todo el bloque y "espera que la víctima debiera esperar la actuación parsimoniosa de la Fiscalía que a pesar de todo archivó el proceso".

En este planteamiento resultó la defensa acompañada por la Procuraduría que conceptuó que no se debe esperar a que los victimarios estén condenados para reparar a las víctimas, como lo ha hecho la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, en casos como Ituango o Mapiripán, donde se condenó al Estado colombiano por omisión, sin que estuvieran aún condenados los responsables de las Auc.

El argumento de la Fiscalía era la preocupación de que "los magistrados de las salas de justicia ordenaran indemnizaciones en todo el país como lo que el fondo de reparación podría quedar descapitalizado".

Por El Espectador

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