Judicial| 28 Marzo 2008 - 9:17pm
Ofrecimiento del Gobierno a las Farc, sólo una pequeña esperanza
Ingrid Betancourt aparece completamente en silencio y sin expresión alguna, en el video incautado a presuntos milicianos de las Farc.
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En la noche del jueves, el alto Comisionado, Luis Carlos Restrepo, anunció que si las Farc liberan a los secuestrados se habría llegado al Acuerdo Humanitario. Con ello, el Gobierno ordenaría la excarcelación de los guerrilleros y la suspensión de penas para varios de ellos.
En su declaración, Restrepo hizo claridad en el sentido de que los subversivos que son procesados por delitos atroces también recibirían los beneficios. "No hay límite en cuanto al tipo de delito cometido ni hay limite en cuanto a la pena o condena que estas personas deben pagar en las cárceles. De hecho, para nosotros (Gobierno) es bastante claro que este artículo establece un mecanismo adicional de suspensión provisional de la pena, distinto al que ya existe".
El primero en dar la voz de alerta fue el fiscal Mario Iguarán, quien aseguró que la iniciativa presidencial puede aplicarse siempre y cuando tenga en cuenta los principios de justicia, verdad y reparación.
El no investigar y juzgar a quienes están acusados por delitos de lesa humanidad abre las puertas para que en el futuro, la Corte Penal Internacional pueda investigar a Colombia.
El argumento legal lo entregó la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que en un comunicado recordó este viernes los principios bajo los cuales se define quiénes pueden recibir beneficios para su excarcelación.
La Oficina señala que el decreto "puede facilitar la búsqueda de opciones y alternativas para lograr la liberación de esas personas sanas y salvas y en satisfactorias condiciones de seguridad, y en particular abrir la vía para la liberación de los rehenes".
Sin embargo, considera la alta Comisionada de las ONU para los DD.HH. que es imperativo definir cuidadosamente cuáles condenados podrían recibir beneficios. "El derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y el Estatuto de Roma cautelan que no debe haber impunidad para los autores de delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra".
No sólo la legislación internacional prohíbe conectar los delitos políticos con los delitos de lesa humanidad, también lo hace la Constitución colombiana, ante todo por la obligatoriedad de reconocer los derechos de las víctimas de los crímenes de guerra.
Y por ello, la Oficina exhortó al Gobierno a no otorgar beneficios previstos en dicho Decreto a integrantes de grupos armados ilegales, guerrilleros o paramilitares, procesados o condenados por conductas que, a la luz del derecho internacional, constituyen crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra.
No con ello, la representación de las Naciones Unidas negó la posibilidad de la liberación. Por el contrario, pidió de nuevo a los grupos armados ilegales liberar, de manera inmediata e incondicional, a todas las personas tomadas como rehenes.
Lo que ocurre, en palabras del politólogo Fernando Giraldo, es que la Corte Penal Internacional no tiene límites y en cualquier momento podría abocar el caso hasta dejar sin beneficio alguno a los subversivos eventualmente liberados.
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30 Marzo 2008 - 7:19pm
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29 Marzo 2008 - 12:00pm
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29 Marzo 2008 - 11:32am
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29 Marzo 2008 - 11:38am
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29 Marzo 2008 - 11:39am
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