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Parejas homosexuales podrán demandar por alimentos

Las parejas homosexuales podrán también demandar a su conyugue con inasistencia alimentaria, determinó el jueves la Corte Constitucional.

El Espectador
21 de agosto de 2008 - 09:29 a. m.

Para acceder al derecho de pedir subsidio de alimentos, las parejas homosexuales deben demostrar al menos dos años de convivencia.

La Corte determinó que las demandas por inasistencia alimentaria serán admitidas cuando una de las parejas tenga capacidad económica para proporcionar sustento a la otra y no lo haga.

La persona que interpuso la demanda alegaba que el excluir a las parejas homosexuales denotaba discriminación por orientación sexual, además que perjudica la dignidad humana.

La ley demandada es la 1181 del 2007, que regula las sanciones por inasistencia alimentaria y que cobijaba sólo a compañeros sentimentales de géneros opuestos.

En meses pasados la Corte Constitucional declaró que las parejas homosexuales tendrán los mismos derechos de seguridad social que tienen las parejas heterosexuales.

Por El Espectador

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